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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y UNIVERSIDADES

Núm. 4128
Resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 9 de marzo de 2015 por la cual se conceden ayudas económicas para desarrollar los programas de formación profesional básica en organizaciones no gubernamentales y asociaciones profesionales y empresariales, sin ánimo de lucro, durante el curso 2014-2015

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Texto

Hechos

  1. La Resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 19 de diciembre de 2014 convoca ayudas económicas para desarrollar los programas de formación profesional básica en organizaciones no gubernamentales, asociaciones profesionales y empresariales, sin ánimo de lucro, durante el curso 2014-2015 (BOIB nº. 178, de 30 de diciembre de 2014).
  2. La Resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 13 de enero de 2015 por la cual se acuerda aplicar la tramitación de urgencia al procedimiento administrativo correspondiente a la Resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 19 de diciembre de 2014 por la cual se convocan ayudas económicas para desarrollar los programas de formación profesional básica en organizaciones no gubernamentales, asociaciones profesionales y empresariales, sin ánimo de lucro, durante el curso 2014-2015.
  3. Este expediente se tiene que cursar por el procedimiento de tramitación anticipada de gasto correspondiente al ejercicio 2015 de acuerdo con el artículo 44.1 del Decreto 75/2004, de 27 de agosto, de despliegue de determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos.
  4. El crédito disponible máximo destinado a las ayudas que se tienen que distribuir en esta convocatoria es de 481.250,00 euros para el ejercicio 2015 a cargo de la partida presupuestaria 13401/421G01/48000/00 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
  5. El Acuerdo del Consejo de Gobierno de 28 de noviembre de 2014 por el cual se modifica el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2014 incluye la posibilidad de otorgar las ayudas económicas mencionadas.
  6. La directora general de Ordenación, Innovación y Formación Profesional, de forma motivada y en base al informe de la Comisión Evaluadora, publicó el día 29 de enero de 2015 en la página web <http://formacioprofessional.caib.es> la propuesta de resolución provisional de concesión y de denegación de las ayudas, con la lista de entidades beneficiarias propuestas para el otorgamiento de la subvención, así como la relación de las solicitudes excluidas, con indicación de la causa de la exclusión.
  7. Una vez examinadas y resueltas las alegaciones presentadas y aceptada la renuncia de la entidad Càritas Diocesana de Menorca, se formuló la Propuesta de resolución definitiva de concesión y de denegación de las ayudas económicas para desarrollar los programas de formación profesional básica en organizaciones no guvernamentales, asociaciones profesionales y empresariales, sin ánimo de lucro, durante el curso 2014-2015.
  8. El dia 9 de febrero de 2015, a las 14.50 h. se publicó la propuesta de resolución definitiva  en la página web http://www.formacioprofessional.caib.es. La jefa del Servicio de Planificación y Participación certificó la publicación en la página web.
  9. La propuesta de resolución definitiva se tiene que elevar a la consejera una vez que las entidades beneficiarias que se proponen hayan aceptado expresamente o tácitamente la subvención.
  10. Todas las entidades beneficiarias que se proponen han aceptado tácitamente la subvención, ya que han transcurrido cuatro días naturales desde la publicación de la propuesta de resolución definitiva y no han hecho constar lo contrario, tal como indica el artículo 16.2 de la convocatoria, excepto dos entidades que lo han aceptado expresamente.
  11.  Las entidades que se proponen como beneficiarias de la ayuda están al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social, de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) y con la Hacienda autonómica.

Fundamentos jurídicos

  1. El Decreto legislativo 2/2005, de 28 diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de subvenciones (BOIB nº. 196, de 31 de diciembre).
  2. La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
  3. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la administración de la Comunidad Autónoma.
  4. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, de despliegue de determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB nº. 122, de 2 de septiembre).
  5. La Orden de la consejera de Educación y Cultura de 1 de julio de 2009 por la cual se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de educación y cultura (BOIB nº. 100, de 11 de julio de 2009).
  6. La Resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 19 de diciembre de 2014 por la cual se convocan ayudas económicas para desarrollar los programas de formación profesional básica en organizaciones no gubernamentales, asociaciones profesionales y empresariales, sin ánimo de lucro, durante el curso 2014-2015 (BOIB nº. 178, de 30 de diciembre de 2014).
  7.  La Resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 13 de enero de 2015 por la cual se acuerda aplicar la tramitación de urgencia al procedimiento administrativo correspondiente a la Resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 19 de diciembre de 2014 por la cual se convocan ayudas económicas para desarrollar los programas de formación profesional básica en organizaciones no gubernamentales, asociaciones profesionales y empresariales, sin ánimo de lucro, durante el curso 2014-2015.

Por todo eso, de acuerdo con el punto 17 de la convocatoria mencionada, a propuesta de la Dirección General de Ordenación, Innovación y Formación Profesional, dicto la siguiente

Resolución

  1. Conceder a las organizaciones no gubernamentales sin ánimo de lucro especificadas en el anexo 1 las ayudas que constan y que han solicitado para el desarrollo de los programas de formación profesional básica que figuran.
  2. Condicionar la concesión de las ayudas a que hace referencia el apartado anterior, al cumplimiento efectivo de las obligaciones asumidas por las entidades beneficiarias, de acuerdo con las reglas de la convocatoria y la normativa reguladora de las ayudas y subvenciones públicas.
  3. La concesión de la subvención está sometida a la condición suspensiva de la existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar el cumplimiento de la obligación en los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
  4. Adscribir las organizaciones no gubernamentales y asociaciones profesionales y empresariales, sin ánimo de lucro, para desarrollar los programas de formación profesional básica durante el curso 2014-2015, a los centros educativos que se indican en el anexo 2 de esta Resolución a los efectos de custodia de las actas finales y de los expedientes académicos del alumnado una vez finalizado el programa de formación profesional básica.
  5. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición delante de la consejera de Educación, Cultura y Universidades en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de publicarse en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo delante de la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente de publicarse, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de esta jurisdicción contenciosa administrativa.

Palma, 9 de marzo de 2015

La consejera

Maria Núria Riera Martos

 

ANEXO 1
Relación de entidades beneficiarias. Curso 2014-2015

Nº.

Entidad

CIF

Programa

Presupuesto aprobado

Importe solicitado

Cuantía otorgada

1

ASPAS (Associació de Pares de Persones amb Discapacitat Auditiva)

G07071921

Auxiliar de oficina

29.229,37 €

29.229,37 €

29.229,37 €

2

Fundació Projecte Jove

G07803570

Auxiliar de instalaciones electrotécnicas y de telecomunicaciones (1ª opción mañana)

38.500,00 €

38.500,00 €

38.500,00 €

3

Fundació Patronat Obrer

G07794910

Auxiliar de técnicas estéticas

38.166,73 €

38.166,73 €

38.166,73 €

4

Hermanas de la Caridad de San Vicente de Paúl - Curia General

R0700009D

Auxiliar de lampistería y climatización doméstica

38.500,00 €

38.500,00 €

38.500,00 €

5

Amadip Esment Fundació

G07065709

Auxiliar de cocina (1ª opción)

38.499,93 €

38.500,00 €

38.499,93 €

6

Amadiba

G07758667

Auxiliar de servicios de restauración

38.500,00 €

38.500,00 €

38.500,00 €

7

Fundació per a Persones amb Discapacitat Illa de Menorca

G57505885

Auxiliar de cocina

38.500,00 €

38.500,00 €

38.500,00 €

8

Fundació Nous Vents

G57390320

Auxiliar de jardines, viveros y parques

38.500,00 €

38.500,00 €

38.500,00 €

9

Aula Cultural

G07444086

Auxiliar de oficina (1ª opción)

37.830,72 €

38.500,00 €

37.830,72 €

10

Aproscom

G07065386

Auxiliar de servicios de restauración

31.797,10 €

31.797,10 €

31.797,10 €

11

Amadip Esment Fundació

G07065709

Auxiliar de servicios de restauración (2ª opción)

38.500,00 €

38.500,00 €

38.500,00 €

12

Fundació Patronat Obrer

G07794910

Auxiliar de peluquería (2ª opción)

36.225,14 €

36.225,14 €

36.225,14 €

  

ANNEX 2
Relación de entitades que han renunciado a la ayuda. Curso 2014-2015

Núm.

Entidad

CIF

Programa

1

CARITAS DIOCESANA MENORCA

R0700070F

Auxiliar de peluquería

2

FUNDACIÓ PROJECTE JOVE

G07803570

Auxiliar de instalaciones electrotécnicas y de telecomunicaciones (2ª opción tarde)

 

  

ANEXO 3
Adscripción de los programas de formación profesional básica en centros educativos

Curso 2014-2015

Entidad

Programa

Centro de adscripción

Población

Amadiba

Auxiliar de servicios de restauración

IES Juníper Serra

Palma

Amadip Esment Fundació

Auxiliar de servicios de restauración (2ª opción)

IES Juníper Serra

Palma

Amadip Esment Fundació

Auxiliar de cocina (1ª opción)

IES Juníper Serra

Palma

Aproscom

Auxiliar de servicios de restauración

IES Son Servera

Son Servera

ASPAS

Auxiliar de oficina

IES Ses Estacions

Palma

Aula Cultural

Auxiliar de oficina

IES Ses Estacions

Palma

Fundació Nous Vents

Auxiliar de jardines, viveros y parques

IES Josep Sureda i Blanes

Palma

Fundació Patronat Obrer

Auxiliar de técnicas estéticas

IES Francesc de Borja Moll

Palma

Fundació Patronat Obrer

Auxiliar de peluquería (2ª opción)

IES Francesc de Borja Moll

Palma

Fundació per a Persones amb Discapacitat Illa de Menorca

Auxiliar de cocina

IES Maria Àngels Cardona

Ciutadella

Fundació Projecte Jove

Auxiliar de instalaciones electrotécnicas y de telecomunicaciones (1ª opción)

IES Son Pacs

Palma

Hermanas de la Caridad de San Vicente de Paúl - Curia General

Auxiliar de lampistería y climatización doméstica

IES Son Pacs

Palma