Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO DE GOBIERNO
Núm. 4023
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 6 de marzo de 2015 por el que se autoriza a la Universidad de las Illes Balears a crear el Instituto de Aplicaciones Computacionales de Código Comunitario (IAC³) como instituto de investigación propio de la UIB
La Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de reforma del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, en su artículo 30.44 establece que la Comunidad Autónoma de las Illes Balears tiene la competencia exclusiva en materia de investigación, innovación y desarrollo científico y técnico, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 149.1 de la Constitución; asimismo, en su artículo 36.4, establece que, en materia de enseñanza universitaria, la Comunidad Autónoma de las Illes Balears tiene competencia exclusiva en la programación y la coordinación del sistema universitario y en la financiación propia de las universidades, sin perjuicio de la autonomía universitaria.
La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, en el apartado 1 de su artículo 10, establece que los institutos universitarios de investigación son centros dedicados a la investigación científica y técnica o a la creación artística. Pueden organizar y desarrollar programas de estudios de doctorado y de posgrado según los procedimientos previstos en los estatutos y proporcionar asesoramiento técnico en el ámbito de sus competencias.
De acuerdo con el apartado 3 del mismo artículo 10, estos institutos se crearán y se suprimirán según lo dispuesto en el artículo 8.2 de la misma Ley Orgánica de Universidades, es decir, por acuerdo de la comunidad autónoma, por iniciativa propia con el acuerdo del consejo de gobierno de la universidad o bien por iniciativa de la universidad mediante una propuesta del consejo de gobierno; en ambos casos, es necesario contar con el informe previo favorable del consejo social de la universidad.
El Consejo de Gobierno de la Universidad de las Illes Balears, en la sesión ordinaria del día 19 de septiembre de 2014, aprobó la propuesta de creación del Instituto de Aplicaciones Computacionales de Código Comunitario (IAC³) y acordó remitirla al Consejo Social de la Universidad de las Illes Balears.
El Consejo Social de la Universidad de las Illes Balears, en la sesión ordinaria del día 18 de diciembre de 2014, acordó ratificar el informe favorable de la Comisión Permanente para la creación del Instituto de Aplicaciones Computacionales de Código Comunitario (IAC³).
El IAC3 nace de una visión compartida por tres grupos de investigación de diferentes comunidades científicas —astrofísica, relatividad y tratamiento de imágenes— que tienen como denominador común el hecho de que la investigación que llevan a cabo comporta el desarrollo de plataformas computacionales para la simulación numérica de sistemas de ecuaciones en derivadas parciales. La visión del IAC3 es que el desarrollo de plataformas computacionales adelantadas no tiene que ser un factor de competencia entre grupos. Al contrario, el hecho de que grupos diferentes contribuyan al desarrollo de software común es una ventaja competitiva para la comunidad, porque se evitan duplicidades y se liberan, por lo tanto, recursos para la investigación. La necesaria polivalencia del código resultante abre la puerta a aplicarlo en otros campos, tanto científicos como tecnológicos.
El 13 de enero de 2015, el vicerrector de Investigación y Posgrado emitió un informe económico según el cual la creación del IAC³ no supondrá ningún gasto añadido a los presupuestos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, porque el Instituto se alimentará de los recursos humanos y económicos ya existentes.
Por todo lo anterior, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la consejera de Educación, Cultura y Universidades, en la sesión de día 6 de marzo 2015 adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:
“Primero.
Crear el Instituto de Aplicaciones Computacionales de Código Comunitario (IAC³) como instituto de investigación propio de la Universidad de las Illes Balears.
Segundo.
Comunicar este acuerdo a la Conferencia General de Política Universitaria, en cumplimiento del artículo 10 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril.
Tercero.
Notificar este acuerdo a la Universidad de las Illes Balears.
Cuarto.
Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.”
Palma, 6 de marzo de 2015
El secretario del Consejo de Gobierno
Antonio Gómez Pérez