Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 19 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 3815
Procedimiento ordinario 216/2014 sobre otras materias
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
SENTENCIA Nº 149/2014
En PALMA DE MALLORCA, a tres de noviembre de dos mil catorce.
Vistos por mí, Víctor Heredia del Real, Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 19 de los de Palma de Mallorca y su partido, los presentes autos de JUICIO ORDINARIO seguidos ante este Juzgado con el número 216/2014 a instancia de BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A., representada por el Procurador de los Tribunales don Juan Reinoso Ramis y asistida por el letrado Don Josep Masot Tejedor, contra don JOSÉ LUIS FIGUEOA CAMPOS y doña MARÍA GRACIA PÉREZ, sin representación ni defensa técnica en estos autos, estando declarada su rebeldía, habiendo recaído la presente resolución con base en los siguientes:
FALLO
Que ESTIMANDO en lo sustancial la demanda interpuesta por BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A., representada por el Procurador de los Tribunales don Juan Reinoso Ramis, contra don JOSÉ LUIS FIGUEOA CAMPOS y doña MARÍA GRACIA PÉREZ, sin representación ni defensa técnica en estos autos, estando declarada su rebeldía, debo CONDENAR Y CONDENO a los demandados de forma solidaria al pago a la actora BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A.,de la cantidad de ONCE MIL CIENTO VEINTE EUROS CON OCHO CÉNTIMOS(11.120,08 euros), así como los intereses legales desde el día 17 de marzo de 2014, intereses que se incrementarán en dos puntos desde la fecha de esta resolución y hasta que sea totalmente ejecutada y todo ello con imposición a la parte demandada de las costas procesales causadas.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme, y que contra ella cabe interponer recurso de APELACION ante este Juzgado dentro del plazo de veinte días contados desde el día siguiente a la notificación, y para ante la Audiencia Provincial de Palma. Para la admisión a trámite del recurso de apelación deberá acreditarse haber consignado en la cuenta de la entidad bancaria Banesto de este Juzgado, el importe para recurrir en la cuantía de 50 euros, de conformidad con la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Así por esta mi Sentencia, de la que se unirá testimonio a los autos de su razón, lo pronuncio, mando y firmo.
Y como consecuencia del ignorado paradero de JOSE LUIS FIGUEROA CAMPOS, MARIA GRACIA PEREZ, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
En PALMA DE MALLORCA, a tres de Noviembre de dos mil catorce.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICAL