Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
PUERTOS DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 3835
Publicación del acuerdo del Consejo de Administración de Ports de les Illes Balears de desafectación del servicio público de la estación marítima de tráfico portuario comercial del Puerto Interior de Ciutadella
El Consejo de Administración de Ports de les Illes Balears en fecha 26 de noviembre de 2014 adoptó los acuerdos que se transcriben íntegramente a continuación:
>>PRIMERO.- Desafectar del servicio público los espacios de la estación marítima de ciudadela del puerto interior de Ciudadela que estaban destinadas a “tráfico portuario comercial” y que suman 2.882,85 m2; permaneciendo afectas al servicio público la oficina portuaria de 149 m2 que se halla en la planta sótano 2 destinada a atender las necesidades de la náutica deportiva, profesional y pesquera que permanece en el puerto interior de ciudadela, así como los elementos comunes del inmueble, de conformidad al informe de oportunidad y legalidad, que consta en el expediente, y según el plano adjunto.
SEGUNGO- La citada desafectación tendrá efecto a partir de la firma de la correspondiente Acta de desafectación que suscribirá el Director General de Puertos y Aeropuertos y el responsable técnico de patrimonio de esta entidad, por lo que a partir de esta fecha las zonas del inmueble desafectadas pasarán a tener la condición de elemento patrimonial de la entidad.
TERCERO.- Publicar el presente acuerdo que agota la vía administrativa, en el BOIB, significando que contra el mismo puede interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Administración de Ports de les Illes Balears, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su recepción, de acuerdo con lo que disponen los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común o directamente recurso contencioso administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses, de acuerdo con lo que dispone
la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.>>
Lo que se hace público de conformidad a lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de régimen jurídico de las administraciones públicas y procedimiento administrativo común. El plano de desafectación puede ser consultado en las dependencias centrales de Ports de les Illes Balears c/ Vicente Tofiño nº 36- 07007 Palma.
Palma, 4 de marzo de 2015
EL DIRECTOR GERENTE
David Gómez Picard