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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección primera. Contratación Pública

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 3789
Resolución del Director Gerente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares por la que se declara desierta la segunda convocatoria de la subasta pública de diversos bienes patrimoniales del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares, y se acuerda su enajenación en subasta pública en tercera convocatoria

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Texto

Antecedentes

1. Mediante informe, propuesta de resolución y resolución del director gerente de Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), de 21 de octubre de 2014, se acordó la enajenación de varios bienes patrimoniales del FOGAIBA y se aprobó la convocatoria de su subasta (BOIB núm. 150, de 1 de noviembre de 2014).

2. En fecha 29 de diciembre de 2014 el Director Gerente del FOGAIBA dictó Resolución mediante la que se declaraba desierta la subasta convocada en primera convocatoria, y acordaba la enajenación en subasta pública al alza en segunda convocatoria repitiendo el tipo de la primera convocatoria de los siguientes bienes inmuebles (BOIB núm. 4, de 6 de enero de 2015):

-Lote 1.- Local de la calle Baix, nº 26 de Montuïri, valor 152.171,44€

-Lote 2.- Local de la calle Belisari, nº 18 de San Juan, valor 108.805,79€

-Lote 3.- Local de la calle Son Morey, nº 1, 1º de Sencelles, valor 122.145,40€

-Lote 4.- Local de la calle Josep Anselm Clavé nº 8,3º, puerta 4 de Palma, valor 130.130,00€

-Lote 5. -Local de la calle Josep Anselm Clavé nº 8, 3º, puerta 5 de Palma, valor 109.538,00€

3. La subasta en segunda convocatoria también debe declararse desierta en relación a estos bienes, ya que según la Mesa constituida en fecha 6 de febrero de 2015, y que tenía que autorizar la subasta, no se ha presentado ningún licitador.

4. Según lo dispuesto en el artículo 110 del Decreto 1 27/2005, de 16 de diciembre, mediante el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares se procede acordar una tercera convocatoria.

5. De acuerdo con el citado artículo se considera conveniente fijar una reducción de un 15% sobre la valoración inicial de los inmuebles, por lo cual quedan los siguientes valores para la tercera convocatoria:

-Lote 1.- Local de la calle Baix, nº 26 de Montuïri, valor 129.345,72€

-Lote 2.- Local de la calle Belisari, nº 18 de San Juan, valor 92.484,92€

-Lote 3.- Local de la calle Son Morey, nº 1, 1º de Sencelles, valor 103.823,59€

-Lote 4.- Local de la calle Josep Anselm Clavé nº 8,3º, puerta 4 de Palma, valor 110.610,50€

-Lote 5. -Local de la calle Josep Anselm Clavé nº 8, 3º, puerta 5 de Palma, valor 93.107,30€

6. La convocatoria de la subasta y la descripción de los bienes se regirán por el Pliego de condiciones estipuladas en el anexo I y II de la Resolución del director gerente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears de fecha 29 de diciembre de 2014 (BOIB núm. 4, de 6 de enero), pero con la reducción del 15% sobre la valoración inicial de los inmuebles, tal y como se ficha en el punto anterior.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 25.1 de la Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de las Islas Baleares dispone que el régimen patrimonial del sector público instrumental es, para las entidades con personificación pública, lo que se prevé en la legislación sobre patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

2. La Ley 6/2001, de 11 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 49, de 24 de abril).

3. El Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 192, de 24 de diciembre).

4.- El Decreto 64/2005, de 10 de junio, de creación del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares.

5.- El Decreto 86/2006, de 29 de septiembre, regulador del procedimiento para la liquidación de las cámaras agrarias locales e interinsular y la atribución de su patrimonio.

Por todo esto, dado los antecedentes y los fundamentos de derecho y en virtud de las atribuciones que me confiere el artículo 10 del Decreto 86/2006, de 29 de septiembre, y con la autorización previa del Consejo de Dirección, otorgada por acuerdo de 4 de septiembre de 2014, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

1.- Declarar desierta la segunda convocatoria de la subasta de los bienes que figuran en el anexo I de la Resolución del director gerente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares, de 29 de diciembre de 2014 (BOIB núm. 4, de 6 de enero), convocada en primera convocatoria por Resolución del director gerente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares, de 21 octubre de 2014 (BOIB núm. 150, de 1 de noviembre).

2.- Acordar su enajenación en subasta pública al alza en tercera convocatoria, fichando una reducción de un 15% sobre la valoración inicial de los inmuebles, que se regirá por el pliego de condiciones que se incluyen en el anexo II de la Resolución del director gerente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares, de fecha 29 de diciembre de 2014 (BOIB núm. 4, de 6 de enero) quedando con los siguientes importes:

-Lote 1.- Local de la calle Baix nº 26 de Montuïri,

valor 129.345,72€, importe fianza 25.869,14€

-Lote 2.- Local de la calle Belisari, nº 18 de San Juan,

valor 92.484,92€, importe fianza 18.496,98€

-Lote 3.- Local de la calle Son Morey, nº 1, 1º de Sencelles,

valor 103.823,59€, importe fianza 20.764,72€

-Lote 4.- Local de la calle Josep Anselm Clavé nº 8,3º, puerta 4 de Palma,

valor 110.610,50€, importe fianza 22.122,10€

-Lote 5. -Local de la calle Josep Anselm Clavé nº 8, 3º, puerta 5 de Palma,

valor 93.107,30€, importe fianza 18.621,46€

3.- Notificar la Resolución al Consejo de Dirección del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares.

4.- Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

   

Palma, 2 de marzo de 2015

     

El director gerente del FOGAIBA

Joan Simonet Pons