Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE CALVIÀ
INSTITUTO MUNICIPAL DE EDUCACIÓN Y BIBLIOTECAS
Núm. 3775
Normativa de las subvenciones y ayudas enmarcadas en el ámbito competencial del IEMB, dirigidas a las Asociaciones de madres y padres de alumnos de los centros de educación infantil y primaria del municipio de Calvià para la realización de aulas de verano que incorporen actividades en inglés 2015
El Instituto Municipal de Educación y Bibliotecas (IMEB) establece la siguiente normativa para llevar a cabo las aulas de verano que incorporen actividades en inglés, en los centros escolares públicos de infantil y de primaria del municipio de Calvià.
La presidenta del IMEB tiene la potestad para decidir sobre todo aquello que no establezca esta normativa.
1. INTRODUCCIÓN
El Ayuntamiento de Calvià reconoce la importancia de las asociaciones de madres y padres (AMIPA) como agentes dinamizadores del municipio. En este sentido, la voluntad del IMEB es la de poner al alcance de éstas los espacios y las instalaciones más adecuadas para desarrollar sus actividades, especialmente aquellas actividades que facilitan la conciliación de la vida familiar y laboral, como es el caso de las aulas de verano.
La finalidad de las aulas de verano en Calvià es, principalmente, cubrir una necesidad de carácter social generada por la ocupación laboral de las familias durante el periodo de vacaciones escolares del verano, y de forma complementaria incidir en el aprendizaje del inglés como lengua extranjera.
En Calvià las instalaciones de los centros escolares públicos, presentes en la práctica totalidad del territorio del municipio, disponen de equipamientos que pueden ser objeto de un uso de cariz social y lúdico durante el periodo de vacaciones escolares del verano, sin interferir en el uso escolar.
2. DESTINATARIOS
Los destinatarios de los servicios de aulas de verano son niños de 3 a 14 años, alumnos de primero de educación infantil a sexto de educación primaria, y alumnos de primer ciclo de la ESO, en el curso escolar 2014/2015, preferentemente residentes en Calvià.
3. DATOS DEL PROYECTO DE AULA DE VERANO
Las asociaciones de madres y padres de alumnos de infantil y primaria de Calvià interesadas en llevar a cabo una aula de verano en los centros escolares previstos, pueden presentar un proyecto de forma individual o en colaboración con una o más AMIPA del municipio.
Este proyecto, para ser objeto de subvención, deberá contemplar un mínimo de 3 horas semanales, o en su caso 2 actividades, programadas en inglés.
El proyecto de aula de verano deberá presentarse en el Registro del IMEB y se harán constar en él, como mínimo, los siguientes puntos:
Datos de la entidad
1. Proyecto de actividades en inglés
1. Descripción del proyecto
2. Objetivos generales y específicos
3. Destinatarios y agrupaciones
4. Actividades programadas en inglés
5. Metodología
6. Horarios previstos de las actividades en inglés
7. Recursos
o Humanos: titulación, formación o capacitación del personal responsable de impartir las actividades en inglés.
o Materiales específicos para estas actividades
o Infraestructuras: espacios, aulas y recursos municipales donde desarrollar estas actividades
8. Evaluación registro de incidencias y encuesta de satisfacción de usuarios
2. Información general del Aula de Verano
1. Destinatarios y agrupaciones: Edad. Número mínimo de participantes. Número máximo de participantes.
2. Ubicación: Lugar de realización.
3. Duración: Fecha de inicio y de finalización del aula de verano. Para todas las escuelas de verano se determinan los siguientes periodos, de lunes a viernes, exceptuando los festivos:
Durante estos periodos las actividades autorizadas por el IMEB no se podrán interrumpir y deberán tener, como mínimo, la dedicación diaria de 9 a 14 h a las actividades propias de la escuela de verano.
También deben ofrecerse los siguientes servicios:
4. Horario: De la actividad propia del aula de verano, del servicio de ludoteca (mañana y tarde) y de comedor. El horario de la actividad es, a todos los efectos, de 8 a 16 h.
5. Precios: Se establecen los siguientes precios máximos para las aulas de verano subvencionadas por el IMEB, que se podrán revisar en circunstancias excepcionales:
o Periodos quincenales: del 1 al 15 de julio, del 16 al 31 de julio; del 3 al 14 de agosto y del 17 al 31 de agosto. Horario de 9 a 16 h (incluye la vigilancia del comedor y la guardería de la tarde, de 14 a 16 h), se determina un precio máximo quincena de 100 €. Por el servicio de guardería de 7 a 9 h se determina un precio máximo de 10 €.
o Periodos mensuales: del 1 al 31 de julio y del 3 al 31 de agosto. Horario de 9 a 16 h (incluye la vigilancia del comedor y la guardería de la tarde, de 14 a 16 h), se determina un precio máximo de 180 €. Por el servicio de guardería de 7 a 9 h se determina un precio máximo de 20 €.
Estos precios no incluyen el coste del comedor y pueden mejorarse por parte de las asociaciones de madres y padres en beneficio de los niños interesados a participar en las aulas de verano.
Excepcionalmente, y siempre que se trate de un aula de verano que por su contenido específico necesariamente deba contar con un equipo de profesionales especializados en otras disciplinas, además de la calificación y titulación exigida en tiempo libre, de conformidad con el artículo 4 del Decreto 18/2011, de 11 de marzo, por el cual se establecen los principios generales que rigen las actividades de tiempo libre infantiles y juveniles que se desarrollen en el ámbito territorial de las Islas Baleares, se determina que el precio máximo por quincena será de 115 €, y por mes de 220 €.
6. Plazos de difusión y canales de publicidad. Las asociaciones de madres y padres deberán realizar la máxima difusión posible de las aulas de verano, con la aprobación del IMEB y siempre siguiendo la imagen corporativa de este organismo.
Las AMIPA de los centros escolares seleccionados deben coordinarse con las otras AMIPA de la zona para llevar a cabo la difusión del aula de verano en todos los centros escolares públicos del municipio.
Todos los documentos, en cualquier soporte, que quieran emplearse para promocionar las escuelas de verano, deberán hacer constar “Con el apoyo del IMEB”, incluir el logo correspondiente y ser supervisados y autorizados por el IMEB antes de ser divulgados. En toda la publicidad que se edite la AMIPA deberá especificar el precio establecido para la actividad del aula de verano de la siguiente manera:
Ejemplo:
7. Precio del comedor. A determinar con la empresa que preste el servicio.
8. Inscripción de participantes. La inscripción de los participantes es a cargo de las asociaciones de madres y padres. En el caso de gestión conjunta con una o más AMIPA, estas tendrán que acordar y organizar los lugares de inscripción en los respectivos centros escolares.
Las AMIPA tendrán que disponer y habilitar un espacio donde recibir las familias. En el proyecto que se presente deberán constar el lugar, los días y los horarios de atención al público, así como la documentación a aportar a la hora de formalizar la inscripción.
Las familias numerosas, que aporten Libro de Familia Numerosa, tienen acceso preferente a las aulas de verano, de acuerdo con lo que determina la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas.
9. Reuniones con las familias. Fecha, hora y lugar.
10. Recursos humanos: Nombre y forma de contacto del director de la actividad. Personal, formación y/o capacitación de los monitores que realizarán las actividades de apoyo a la participación de niños con discapacidad (si fuera el caso).
11. Recursos de infraestructura. Espacios a usar del centro educativo. Espacios y recursos municipales (concretar fecha, horario, lugar y actividad).
Los teléfonos del centro educativo no estarán disponibles para la utilización de la organización o empresa que presta el servicio; sólo pueden utilizarse para recibir llamadas y en caso de urgencia.
12. Registro de incidencias. Cualquier incidencia deberá ser comunicada de forma inmediata y por escrito (correo electrónico imeb@calvia.com o fax número 971 139 159) al IMEB.
El IMEB autorizará cualquier nueva propuesta o incremento de actividades o servicios que quiera incorporarse al programa del aula de verano y tendrá en cuenta los objetivos, la posibilidad de realización y sus características.
Así mismo, el IMEB puede reducir o anular los servicios a realizar si no se cumplen los objetivos previstos, si no hay una asistencia mínima o por otras situaciones o necesidades, lo que deberá comunicar a las asociaciones con suficiente antelación.
Si no se llega al número mínimo de 50 participantes inscritos o no se realizan las horas establecidas, el IMEB puede suspender la actividad y, por lo tanto, las asociaciones tendrán que devolver a los alumnos inscritos lo que se haya cobrado por la actividad suspendida.
4. PROCEDIMIENTO PARA LA INTEGRACIÓN DE LOS MENORES SAHARAUIS
El Ayuntamiento de Calvià, desde el Servicio de Bienestar Social y Sanidad, promueve la participación de familias en la acogida de menores saharauis durante la época estival, enmarcada en el programa “Vacances en Pau» y organizada por la Asociación Balear de Amigos del Pueblo Saharaui.
En caso de que las familias participantes estén interesadas en que los niños participen en las aulas de verano, deberán trasladar la petición al Servicio de Bienestar Social y Sanidad. En este caso:
En este caso deberá aportarse certificado de empadronamiento de la familia de acogida.
5. PROCEDIMIENTO PARA LA INTEGRACIÓN DE MENORES CON DISCAPACIDAD
El Servicio de Bienestar Social y Sanidad tiene entre sus objetivos facilitar la integración de los niños con discapacidad a las aulas de verano. Con este objetivo se establece una serie de requisitos y procedimientos a seguir:
1. En cualquier caso, los participantes deberán cumplir con los siguientes requisitos:
2. Los participantes pueden acceder a este servicio a través de uno de los siguientes canales:
3. Posteriormente a la solicitud, la trabajadora social asignada en el programa para personas con discapacidad mantendrá una reunión con la EOEP u otros servicios especializados de referencia para acordar la derivación y el contenido del informe técnico.
4. La trabajadora social concertará una entrevista con los padres o tutores del menor, con el fin de aportar la documentación necesaria.
5. El Servicio de Bienestar Social y Sanidad tiene que valorar cada caso, aportar la ficha de evaluación y determinar el sistema de apoyo más adecuado para la participación e integración del menor. En caso de estimar la necesidad de contratación de monitores de apoyo, ésta será a cargo de la AMIPA. Según rigen estas bases, será objeto de subvención la contratación de monitores de apoyo para actividades concretas; la contratación en jornada parcial y/o la contratación en jornada completa.
6. El Servicio de Bienestar Social y Sanidad deberá contactar con la AMIPA para comunicar el sistema de integración óptimo para cada caso y concretar las gestiones pertinentes que se han de realizar antes, durante y posteriormente a la actividad, así como las condiciones correspondientes.
7. En cualquier caso, la AMIPA deberá atender las peticiones derivadas del Servicio de Bienestar Social y Sanidad y garantizar la integración de los participantes.
6. PROCEDIMIENTO PARA LA PRESTACIÓN ECONÓMICA EN CONCEPTO DE SERVICIO DE COMEDOR Y EN CONCEPTO DE MATRÍCULA
El Servicio de Bienestar Social y Sanidad, con el objetivo de evitar situaciones de desatención y/o desprotección, quiere facilitar la participación en las aulas de verano a las familias con dificultades socioeconómicas en proceso de intervención social y enmarcadas en algunas de las siguientes situaciones:
1. Los participantes pueden acceder a este servicio haciendo la solicitud directamente al Servicio de Bienestar Social y Sanidad.
2. El departamento municipal tiene que valorar cada caso y determinar cuál es el porcentaje del importe de la matrícula que se subvenciona, que puede ser total o parcial.
3. El Servicio de Bienestar Social y Sanidad tiene que contactar con la AMIPA para:
7. PROCEDIMIENTO PARA PREINSCRIBIR A LOS PARTICIPANTES EN LAS AULAS DE VERANO
El IMEB pone a disposición de las AMIPA del municipio seis centros escolares, escogidos atendiendo a su distribución en el territorio, a la adecuación de sus instalaciones, a las actividades a desarrollar en las aulas de verano y a la complementariedad con el resto de la oferta municipal de vacaciones en el mismo territorio.
Los centros seleccionados son: CEIP Galatzó (es Capdellà), CEIP Ses Rotes Velles (Santa Ponça), CEIP Xaloc (Peguera), CEIP Son Ferrer (Son Ferrer), CEIP Jaume I (Palmanova), CEIP Migjorn (Bendinat).
Si se produce un incremento de participación en las aulas de verano del municipio, el IMEB, con carácter excepcional, prevé la posibilidad de autorizar uno o más centros escolares públicos del municipio para desarrollar aulas de verano.
Para optar a ampliar el número de aulas de verano del municipio, la AMIPA que lo quiera solicitar debe acreditar que la participación en el aula de verano objeto de la autorización es de un mínimo 50 preinscritos, que tienen que ser residentes empadronados en el municipio y/o alumnos del centro escolar.
Para ello, la AMIPA tiene que presentar en el registro del IMEB una solicitud formal acompañada del correspondiente proyecto con la relación de los alumnos preinscritos (anexo VII), en un plazo máximo de 20 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOIB.
Las AMIPA pueden prever un periodo de preinscripción para asegurar la participación mínima de niños en las aulas de verano.
Para formalizar la preinscripción, las AMIPA pueden establecer el pago por anticipado de un importe de hasta 10 € por niño. Este importe deberá descontarse del precio final del aula de verano en el momento de hacer la inscripción definitiva o devolverlo al interesado en caso de que no se lleve a cabo el aula de verano.
8. DOCUMENTACIÓN Y PLAZOS
La documentación que se indica a continuación deberá presentarse en el Registro General del IMEB, situado en C/ Julià Bujosa Sans, Batle, 1 Calvià, de lunes a viernes, de 9 a 14'30 horas:
Antes del 17 de junio |
- Concreción de los espacios a usar del centro educativo y espacios municipales (número de aulas y espacios comunes) e indicación, en su caso, de que otras AMIPA colaboran en el proyecto del aula de verano. - Copia de la declaración responsable entregada al Govern Balear (debe estar registrada). |
Antes del 25 de junio |
- Nombre, teléfono y correo electrónico de la persona que ejerce la función de director de la propia aula. Nombre, teléfono y correo electrónico del representante de la AMIPA para contactar en caso de urgencias. Deberá estar disponible durante la duración de la actividad. - Cada aula de verano deberá contar con un teléfono móvil operativo para que tanto la AMIPA como el IMEB puedan ponerse en contacto con el aula, en cualquier momento, durante el horario de realización de las aulas de verano. - Fotocopia de la contratación de la póliza de seguros (de responsabilidad civil y de asistencia/accidentes). |
9. GUIÓN PARA REALIZAR LA MEMORIA
1. Valoración de los objetivos planteados en el proyecto de actividades en inglés
2. Actividades. Programación de actividades en inglés semanal por grupos (actividades, horarios).
3. Participantes. Participantes y año de nacimiento. Participantes por grupos de edad (educación infantil; primer ciclo de primaria; segundo ciclo de primaria y tercer ciclo de primaria). Número de participantes y periodo en el que se inscriben: quincenal y mensual. Participación en las ludotecas por la mañana y tarde y en el comedor, quincenal y mensual. Participantes y centro escolar de donde proceden. Organización de los grupos. Número de menores participantes con discapacidad. Número de menores participantes del programa “Vacances en Pau”
4. Recursos humanos. Organización del equipo encargado de la actividad: número de profesionales y perfiles.
5. Recursos materiales e infraestructura.
6. Difusión. Se deberá entregar una copia de cada folleto, cartel, documento de difusión de la actividad.
7. Presupuesto. Relación de gastos y de las facturas vinculadas a los mismo.
8. Resultados del cuestionario de satisfacción de las familias
9. Propuestas de mejora
10. Observaciones
Convocatoria y bases reguladoras de las subvenciones y ayudas enmarcadas en el ámbito competencial del IEMB, dirigidas a las Asociaciones de madres y padres de alumnos de los centros de educación infantil y primaria de Calvià para la realización de aulas de verano que incorporen actividades en inglés 2015
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Objeto
Estas bases tienen por objeto la regulación del procedimiento de concesión de las subvenciones y ayudas enmarcadas en el ámbito de las competencias del Institut Municipal d'Educació i Biblioteques (IMEB), de conformidad con lo establecido en las bases de ejecución del presupuesto general de 2015 del Ajuntament de Calvià.
Artículo 2. Concepto de subvención
Tiene la consideración de ayuda o subvención cualquier prestación directa o indirecta, cuantificable económicamente (becas, gastos de ayuda, etc.), a cargo del IMEB.
CAPÍTULO II
CARACTERÍSTICAS DE LAS SUBVENCIONES Y AYUDAS
Artículo 3. Beneficiarios
Los beneficiarios de las subvenciones y ayudas son las asociaciones de madres y padres de alumnos de los centros de educación infantil y primaria del municipio de Calvià.
Artículo 4. Objeto de la ayuda
Favorecer el acceso a las aulas de verano organizadas por las asociaciones de madres y padres de alumnos (AMIPA) de los centros de educación infantil y primaria del municipio de Calvià, a las familias residentes en Calvià; a las familias residentes en Calvià con niños o niñas saharauis del programa “Vacances en Pau”; y a las familias residentes en Calvià con niños o niñas con discapacidad que participan en las aulas de verano.
Serán objeto de subvención:
2. LA GESTIÓN Y ORGANIZACIÓN DE AULAS DE VERANO QUE INCORPOREN ACTIVIDADES EN INGLÉS
3. LA PARTICIPACIÓN DE NIÑOS RESIDENTES EN LAS AULAS DE VERANO
4. LA PARTICIPACIÓN DE NIÑOS Y NIÑAS RESIDENTES CON DISCAPACIDAD EN LAS AULAS DE VERANO
Durante el periodo de las vacaciones escolares de verano, el IMEB autorizará el uso de las instalaciones de los centros escolares públicos a las AMIPA del municipio de Calvià, para desarrollar las aulas de verano que incluyan un programa específico de actividades en inglés.
El IMEB pone a disposición de las AMIPA del municipio seis centros escolares, elegidos atendiendo a su distribución en el territorio, a la adecuación de sus instalaciones a las actividades a desarrollar en las aulas de verano y a la complementariedad con el resto de oferta municipal de vacaciones en el mismo territorio.
Los centros seleccionados son: CEIP Galatzó (es Capdellà); CEIP Ses Rotes Velles (Santa Ponça); CEIP Xaloc (Peguera); CEIP Son Ferrer; CEIP Jaume I (Palmanova); CEIP Migjorn (Bendinat).
Las AMIPA del municipio que estén interesadas en realizar las aulas de verano, en estos centros públicos, pueden presentar un proyecto de forma individual o de forma asociada con otras AMIPA del municipio.
Si se produce un incremento de participación en las aulas de verano del municipio, el IMEB, con carácter excepcional, prevé la posibilidad de autorizar uno o más centros escolares públicos del municipio para desarrollar aulas de verano.
Para optar a ampliar el número de aulas de verano, la AMIPA que quiera solicitarlo debe acreditar que la participación en el aula de verano objeto de la autorización es de un mínimo de 50 preinscrito, que tienen que ser residentes empadronados en el municipio y/o alumnos del centro escolar.
Para hacerlo, la AMIPA debe presentar en el registro del IMEB una solicitud formal acompañada del correspondiente proyecto con la relación de alumnos preinscritos (ANEXO VII), en un plazo máximo de 20 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOIB.
El IMEB puede, por razones de fuerza mayor (reparaciones, obras en el centro, etc.), cambiar estos centros escolares por otros del municipio, y facilitará esta información a las AMIPA con la debida antelación.
El IMEB se hace cargo del mantenimiento y de los gastos de conserjería y limpieza de las instalaciones de estos centros escolares en el caso de que desarrollen proyecto de aulas de verano.
Artículo 5. Crédito presupuestario
Para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de la concesión de las subvenciones objeto de esta convocatoria existe crédito suficiente en la partida 10 32402 4800000 del presupuesto del IMEB del año 2015.
La cuantía total de las subvenciones convocadas es de 62.000 €.
Artículo 6. Compatibilidad de las ayudas
Las ayudas y subvenciones son compatibles con otras ayudas para la misma finalidad otorgadas por otras administraciones o entes públicos o privados, nacionales e internacionales, siempre que, conjunta o aisladamente, no se supere el coste de la actividad y/o proyecto objeto de la ayuda.
Artículo 7. Plazo para subsanar errores
Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la convocatoria, el órgano competente requerirá al interesado para que la subsane en el plazo máximo e improrrogable de 10 días, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Artículo 8. Iniciación, Instrucción, resolución y notificación
El procedimiento para la concesión de subvenciones se ajustará al artículo 23 y siguientes de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, general de subvenciones.
El procedimiento para la concesión de las subvenciones y ayudas recogidas en estas bases de iniciará de oficio, de acuerdo con los principios de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Los órganos competentes para la instrucción y resolución del procedimiento se especifican en el Capítulo IV de estas bases.
Artículo 9. Percepción de la ayuda
Para recibir la subvención concedida es imprescindible que hayan sido adecuadamente justificadas las subvenciones otorgadas en anteriores convocatorias.
Las ayudas y subvenciones concedidas en este marco no se pueden hacer efectivas hasta que las asociaciones de madres y padres beneficiarias de las mismas, no hayan justificado el gasto según se determina en estas bases.
Artículo 10. Justificación
La justificación de la actividad se tiene que presentar en el registro general del IMEB, situado en c/ Julià Bujosa Sans, Batle 1, de Calvià, de lunes a viernes, de 9 a 14'30 horas, en los plazos y con la documentación que en cada caso se determina en estas bases.
Artículo 11. Actividades subvencionables, plazos, documentación de solicitud y de justificación
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Definición e importe de la subvención |
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Serán objeto de subvención las AMIPA que presenten proyectos de aulas de verano que atiendan a la mejora del conocimiento de la lengua inglesa en los niños y niñas. El proyecto deberá contemplar para cada grupo un mínimo de 3 horas semanales, o un mínimo de 2 actividades, programadas en inglés. |
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Aula de verano gestionada por 1 AMIPA |
Aula de verano gestionada por 2 AMIPA |
Aula de verano gestionada por 3 o más AMIPA |
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200,00 € |
600,00 € |
1.200,00 € |
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Documentación de la solicitud de subvención |
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Modelo de solicitud (ANEXO I) |
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Declaración responsable (ANEXO II) |
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Proyecto de actividades en lengua inglesa (ANEXO III) |
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Un ejemplar de todos los documentos que se prevén editar y/o publicar (folletos, inscripciones, carteles, etc.). |
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Fotocopia del DNI del representante legal de cada AMIPA que figura en el proyecto objeto de subvención. |
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Fotocopia del NIF o tarjeta de identificación fiscal de cada AMIPA que figura en el proyecto objeto de subvención. |
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Cualquier otra información o documentación que el IMEB solicite para verificar el cumplimiento y efectividad de las condiciones de la concesión de la ayuda. |
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Documentación de la justificación de la subvención |
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Modelo de justificación (ANEXO VI) |
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Relación de facturas a nombre de la AMIPA indicando Razón social y NIF del proveedor, y Razón social y NIF de la entidad. De las facturas se debe presentar originales y fotocopias, que acrediten que la inversión se ha hecho y destinado a los fines para los cuales se ha concedido la subvención. Las fechas de las facturas a presentar se tienen que haber emitido desde el mes de marzo al mes de septiembre de 2015 (ambos meses incluidos). Los conceptos de las facturas tienen que ajustarse a la actividad a subvencionar, tanto a la hora de ponerla en marcha como de hacerla y/o evaluarla. Igualmente se tiene que hacer en el caso de reposición de material deteriorado durante la actividad. Las facturas presentadas tienen que haber sido tramitadas y pagadas por la entidad beneficiaria de la subvención (AMIPA), en aplicación del artículo 23 y siguientes de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, general de subvenciones. |
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Plazos |
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De la solicitud |
De la justificación |
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El plazo para la presentación de las solicitudes es de 20 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOIB. Se excluirán del proceso de selección las solicitudes presentadas fuera de plazo, o que no reúnan los requisitos exigidos en la convocatoria. |
Antes del día 30 de septiembre se tiene que presentar la justificación de la actividad. |
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Lugar de presentación |
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De la solicitud |
De la justificación |
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Las solicitudes, así como las justificaciones, junto con la documentación requerida, tienen que presentarse en el registro general del IMEB, situado en c/ Julià Bujosa Sans, batle 1, de Calvià, de lunes a viernes, de 9 a 14'30 horas. |
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Definición e importe de la subvención |
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Serán objeto de subvención las AMIPA que presenten la relación de alumnos participantes en las aulas de verano que gestionan, y en las que se atienda a niños y niñas de 3 a 14 años, alumnos de educación infantil, de educación primaria y de primer ciclo de la ESO, en el curso escolar 2014/2015, residentes en Calvià (antes del 1 de enero de 2015), en los meses de julio y agosto de 2015. Esta subvención se aplica en las mismas condiciones en el caso de la participación de menores saharauis del programa “Vacances en Pau» acogidos en periodo estival con familias residentes, y en el caso de atención a niños y niñas con discapacidad, que son objeto de una subvención complementaria. |
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Por mes |
Por quincena |
Familias numerosas con residencia en el municipio de Calvià, que aporten Libro de Familia Numerosa y Tarjeta Municipal de Familia Numerosa |
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40,00 € |
20,00 € |
10 € por mes (cuantía añadida a la subvención general) |
5 € por quincena (cuantía añadida a la subvención general) |
Documentación de la solicitud de subvención |
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Modelo de solicitud (ANEXO I) |
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Solicitud de la subvención familiar (ANEXO IV) |
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Relación de participantes (ANEXO V) La relación de participantes y la documentación que la acompaña, se tiene que presentar por orden alfabético. En caso de que haya miembros de la misma familia que participan en la actividad, se tiene que presentar un duplicado de los documentos.
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Certificado de empadronamiento de los alumnos residentes objeto de subvención |
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Fotocopia del Libro de Familia Numerosa y Fotocopia de la Tarjeta de Familia Numerosa Municipal, si procede, en caso de solicitar la subvención complementaria a la general. |
Documentación de la justificación de subvención |
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Modelo justificación (ANEXO VI) |
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Relación de facturas a nombre de la AMIPA indicando Razón social y NIF del proveedor, y Razón social y NIF de la entidad. De las facturas se debe presentar originales y fotocopias, que acrediten que la inversión se ha hecho y destinado a los fines para los cuales se ha concedido la subvención. Las fechas de las facturas a presentar se tienen que haber emitido en el mes de julio y/o agosto de 2015. Los conceptos de las facturas tienen que ajustarse a la actividad a subvencionar, tanto a la hora de ponerla en marcha como de hacerla y/o evaluarla. La AMIPA tiene que justificar la actividad subvencionada presentando la factura por el importe del total de las subvenciones a los niños y niñas residentes, con la conformidad previa del IMEB. Las facturas presentadas tienen que haber sido tramitadas y pagadas por la entidad beneficiaria de la subvención (AMIPA), en aplicación del artículo 23 y siguientes de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, general de subvenciones. |
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Plazos |
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De la solicitud |
De la justificación |
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Hasta el día 22 de julio se tiene que presentar la documentación correspondiente al mes de julio |
Hasta el día 22 de agosto tiene que presentarse la documentación correspondiente al mes de agosto |
Hasta el 14 de agosto se tiene que presentar la documentación correspondiente al mes de julio |
Hasta el 14 de septiembre se tiene que presentar la documentación correspondiente al mes de agosto |
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Definición e importe de la subvención |
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Serán objeto de subvención las AMIPA que presenten la relación de alumnos participantes en las aulas de verano que gestionan, y en las que se atienda a niños y niñas con edades comprendidas entre 3 y 14 años (salvo algunas excepciones, que deberán ser valoradas), escolarizados en un centro educativo de infantil, primaria, y primer ciclo de la ESO, residentes en Calvià, y que presenten el certificado de minusvalía física, psíquica o sensorial, con la certificación del organismo correspondiente, igual o superior a un 33%. Los participantes pueden acceder a este servicio a través de uno de los siguientes canales: solicitud directa a Servicios Sociales, derivación a través del EOEP, derivación a través del centro escolar, derivación a través de la AMIPA. La trabajadora social asignada en el programa para personas con discapacidad tiene que valorar cada caso, aportar la ficha de evaluación y determinar el sistema de apoyo más adecuado para la participación e integración del menor. Este apartado permite financiar la contratación de monitores de atención a niños y niñas con discapacidad participantes en las aulas de verano en la modalidad que el equipo de Benestar Social determine.
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Contratación para actividades concretas |
Contratación para jornada parcial (de 9 a 14 horas) |
Contratación para jornada completa (de 9 a 16 horas) |
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Subvención máxima 15€ / hora |
Base imponible: 909,09€. IVA 90,91€. Subvención máxima: 1.000€ |
Base imponible: 1240,81€. IVA 124,09€. Subvención máxima: 1.365€ |
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Documentación de la solicitud de subvención |
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Modelo de solicitud (ANEXO I) Relación de participantes (ANEXO V). La relación de participantes y la documentación que la acompaña, se tiene que presentar por orden alfabético. En caso de que haya miembros de la misma familia que participan en la actividad, se tiene que presentar un duplicado de los documentos. |
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Documentación de la justificación de subvención |
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Modelo justificación (ANEXO VI) |
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Relación de facturas a nombre de la AMIPA, indicando Razón social y NIF del proveedor, y Razón social y NIF de la entidad. De las facturas se deberá presenta originales y fotocopias, que acrediten que la inversión se ha hecho y destinado a los fines para los cuales se ha concedido la subvención. Las fechas de las facturas a presentar se tienen que haber emitido en el mes de julio y/o en el mes de agosto de 2015. El concepto de las facturas tienen que ajustarse a la contratación de monitor/es de atención a niños y niñas con discapacidad. La AMIPA tiene que justificar la actividad subvencionada presentando la factura por el importe del total de las subvenciones, con la conformidad previa del IMEB. Las facturas presentadas tienen que haber sido tramitadas y pagadas por la entidad beneficiaria de la subvención (AMIPA), en aplicación del artículo 23 y siguientes de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, general de subvenciones.
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Plazos |
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De la solicitud |
De la justificación |
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Hasta el día 22 de julio se tiene que presentar la documentación correspondiente al mes de julio |
Hasta el día 22 de agosto tiene que presentarse la documentación correspondiente al mes de agosto |
Hasta el 13 de agosto se tiene que presentar la documentación correspondiente al mes de julio |
Hasta el 13 de septiembre se tiene que presentar la documentación correspondiente al mes de agosto |
Artículo 12. Control técnico y financiero
Los beneficiarios quedan sometidos a las medidas de comprobación y de fiscalización que el IMEB considere oportunas.
Artículo 13. Reintegro de las subvenciones
Se producirá el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora que se genere desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro en los siguientes casos:
a) Obtención de la subvención falseando las condiciones o datos requeridos u ocultando las que hubieran impedido el otorgamiento.
b) Incumplimiento total o parcial del objetivo, de la actividad, del proyecto o la no adopción del comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención.
c) Cualquier otro caso que esté regulado por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
CAPÍTULO III
LOS BENEFICIARIOS
Artículo 14. Requisitos de los solicitantes
Los requisitos imprescindibles para solicitar y recibir las ayudas objeto de esta convocatoria son:
Artículo 15. Derechos
Los beneficiarios perceptores de la subvención tienen derecho a obtener el apoyo y la colaboración del IMEB en la realización de la actividad o proyecto que se subvencione (permisos, autorizaciones, licencias, etc.):
En caso de que el servicio no sea correcto, de acuerdo con las asociaciones de madres y padres de alumnos, el IMEB podrá tomar las medidas que considere oportunas para mejorar el servicio.
El beneficiario puede subcontratar parcialmente o totalmente la actividad o proyecto a subvencionar.
Artículo 16. Obligaciones
La presentación de una solicitud de subvención para una actividad implica el conocimiento y aceptación de estas bases.
Los perceptores de la subvención están obligados a:
a) Revisar y comprobar todos los datos y documentos que se entreguen en la solicitud y justificación.
b) Hacer uso de los anexos de esta convocatoria sin hacer ninguna modificación.
c) Hacer constar en la documentación y en los elementos publicitarios del proyecto, comunicados, etc., el apoyo a la actividad por parte del IMEB (obligación de incluir el logo del IMEB).
d) En caso de renuncia, a comunicarlo formalmente de forma expresa y motivada, en el plazo de quince días a contar desde el día siguiente a la notificación de la concesión de la subvención.
i) Realizar la actividad o proyecto para el cual se concede la subvención ajustándose a los objetivos previstos.
f) Someterse a las actuaciones de comprobación y facilitar la información que le sea requerida. En relación a la acreditación de la formación de monitores y directores de las aulas y altas y bajas del personal, deberá estar disponible toda la documentación durante el desarrollo del aula del verano a requerimiento del IMEB.
g) Rendir cuentas de las modificaciones que surjan en la realización del proyecto y justificarlas adecuadamente.
h) Comunicar la obtención de subvenciones o ayudas para la misma finalidad procedentes de otras administraciones, entidades públicas o privadas nacionales o internacionales.
i) En general, cumplir todas las prescripciones de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
CAPÍTULO IV
ÓRGANO COMPETENTE
Artículo 17. Órgano competente
El Consejo Rector del IMEB es el órgano competente para aprobar las bases reguladoras y la convocatoria de cada tipo de subvención.
La presidencia del IMEB tiene la competencia para resolver la adjudicación de subvenciones.
Artículo 18. Composición y función de la Comisión Evaluadora
Órgano formado por tres técnicos adscritos al IMEB, designados por la presidenta del mismo. La Comisión Evaluadora será el órgano colegiado competente para examinar y valorar las solicitudes recibidas.
La Comisión Evaluadora emitirá un informe dirigido al Órgano Instructor.
Artículo 19. Composición y función del Órgano Instructor
El Órgano Instructor será la gerencia del IMEB, responsable de formular la propuesta de resolución provisional, debidamente motivada, y de notificar a los interesados que tienen un plazo de 10 días para presentar alegaciones.
Si no se presentan alegaciones dentro del plazo establecido, la propuesta de resolución provisional tendrá carácter de definitiva. En caso contrario, una vez examinadas las alegaciones presentadas, el órgano instructor formulará propuesta de resolución definitiva, que deberá expresar el solicitante o solicitantes para los que se propone la ayuda, y su cuantía, especificando su evaluación y los criterios de valoración seguidos para efectuarla.
Artículo 20. Normativa y documentación
La Normativa de las Aulas de Verano 2015, así como toda la documentación correspondiente a la solicitud de ayudas y subvenciones recogidas en estas bases, y a la justificación de estas, ha de ser publicada en el BOIB; ha de estar disponible en el web municipal (www.calvia.com) y se puede solicitar por correo electrónico a imeb@calvia.com, o por fax al número 971 139159, o de forma personal en las dependencias del IMEB situadas en la calle Julià Bujosa Sans, batle, 1, 07184, de Calvià, de lunes a viernes, de 9 a 14,30 horas.
La Presidenta del IMEB
Esperanza Catalá Ribó