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AYUNTAMIENTO DE SANT LLORENÇ DES CARDASSAR
Núm. 3604
Notificación de resolución de orden de ejecución de obras
NOTIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE ORDEN DE EJECUCIÓN DE OBRAS AL SR. JOSÉ RICARDO ARCE RODRÍGUEZ
Dado que no se ha podido practicar la notificación personal de la Resolución de orden de ejecución de obras a D. José Ricardo Arce Rodríguez, en cumplimiento del artículo 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a publicar la siguiente resolución:
"Visto el informe del arquitecto técnico municipal de fecha 4 de diciembre de 2014, haciendo constar que" el edificio situado en la calle Alondra, número 3 de Cala Millor no está habitado en estos momentos y que se han observado grietas y restos de humedades recientes en los balcones y las terrazas por falta de mantenimiento, lo que ha provocado el desprendimiento de parte de los referidos de las fachadas, según nos informa el vecino de la planta baja ".
Dado que, el artículo 117 de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo establece que los propietarios de toda clase de terrenos y construcciones tendrán que destinar a usos que no resulten incompatibles con el planeamiento urbanístico y los mantendrán en condiciones de seguridad, salubridad y ornato público. Añadiendo, que el coste de las obras necesariamente mencionadas será sufragado por los propietarios o por la Administración en los términos establecidos por la legislación aplicable.
Dado que, hay que informar a los propietarios del peligro que supone el estado de dicha edificación.
HE dispuesto:
1. Comunicar a los interesados que deberá proceder, cuando se dicte la orden correspondiente, a reparar los desperfectos de los balcones y limpien la terraza y cubierta tal como se estableció en la visita realizada a las 11.00 h del día 12 de agosto de 2010 en conjunto con los propietarios del edificio. Recordando que hay que:
Como trabajos urgentes se colocar una marquesina o visera de seguridad de 2,50 metros de ancho alrededor del edificio a los espacios donde no haya ningún elemento protector frente a la caída de elementos de la fachada a vía pública.
2. Conceder un plazo de diez días para alegar y presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes de acuerdo con el artículo 84.2 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común.
3. Comunicar esta Providencia a los servicios técnicos de arquitectura a los efectos de determinar el tiempo necesario y la fijación detallada de las obras a realizar, tal y como establece el artículo 117 de la Ley 2/2014 de ordenación y uso del suelo, determinación temporal y fijación de obras que será comunicada al propietario en la preceptiva orden de ejecución.
Sant Llorenç des Cardassar, 11 de diciembre de 2014
El alcalde,
Mateo Puigròs Sureda "
Lo que se comunica para su conocimiento, cumplimiento y efectos.
Sant Llorenç des Cardassar, 2 de marzo de 2015
El secretario,
Josep Lluís Obrador Esteva