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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE INCA

Núm. 3560
Declaración de caducidad y dejar sin efecto la ampliación de la oferta de ocupación pública del año 2008

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Texto

Por la Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria de día 18 de febrero de 2015, se adoptó el siguiente acuerdo:

“1.º- Declarar caducada y sin efecto la ampliación de la oferta de ocupación pública del año 2008 aprobada por la Junta de Gobierno en fecha 29 de diciembre de 2008 y publicada en el BOIB de fecha 7 de febrero de 2009, nº 20.

2.º- Archivar el expediente para la cobertura definitiva de una plaza de la escala de Administración especial, subescala de servicios especiales, clase de Policía Local, categoría inspector.”

La qual se comunica para su conocimiento y efectos oportunos.

Contra este acuerdo que agota la vía administrativa, de conformidad con el artículo 109.c) de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/99 y el artículo 52.2 de la Ley 7/85 de 2 de abril de 1985 de Bases de Régimen Local y otras normas concordantes y complementarias, se podrán interponer, alternativamente, los recursos siguientes:

  1. Directamente el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma de Mallorca, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente de la notificación del presente acuerdo, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.
  1. El recurso potestativo de reposición, que se interpondrá ante el órgano que ha dictado este acuerdo en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente de la notificación del presente acuerdo, de conformidad con lo establecido en el artículo 116 y siguientes de la Ley de procedimiento administrativo antes mencionada. Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, que se producirá por el transcurso de un mes desde  su presentación sin que se haya resuelto expresamente ni se haya notificado, podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, en el plazo de seis meses, a contar a partir del día siguiente a la desestimación presunta.

No obstante lo anterior, puede ejercitarse, si es el caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente.

 

Inca, 25 de febrero de 2015

 

El Alcalde-Presidente

Rafel Torres Gómez