Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO
DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN ILLES BALEARS
Núm. 3456
Relacion de municipios de Illes Balears, con expresión de su población de derecho y número de concejales a elegir para las elecciones locales de 2015
En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 14 punto 2 del Real Decreto 605/1999 de 16 de abril (B.O.E. del 17), a continuación se publica relación de municipios de Illes Balears, con expresión de su población de derecho y número de concejales a elegir.
La publicación se realiza teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 8.6 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, en el sentido de que, a todos los efectos previstos en la citada norma, los Partidos Judiciales coinciden con los de las Elecciones Locales de 1979.
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Entidad local a la que es de aplicación lo dispuesto en el art. 199 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio:
Denominación: Palmanyola
Municipio al que pertenece: Bunyola
Régimen Electoral aplicable: El correspondiente a Entidad Local Menor de Población superior a 250 habitantes.
Las Corporaciones Locales interesadas, los partidos políticos y los particulares, disponen de un plazo improrrogable de siete días naturales para presentar reclamaciones sobre el número de concejales o vocales asignados ante la Delegación Provincial del Instituto Nacional de Estadística, que las instruirá, tramitará y elevará propuesta de Resolución a mi conocimiento, a efectos de dictar la correspondiente Resolución que se publicará en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma agotando la vía administrativa.
Palma de Mallorca, a 26 de febrero de 2015
LA DELEGADA DEL GOBIERNO
Mª Teresa Palmer Tous
EL SECRETARIO GENERAL
Evelio Antich Verdera