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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 3386
007/15 Departamento Tributario. Notificación resoluciones Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Habiéndose intentado la notificación de resoluciones, respecto al Impuesto sobre Vehículos de tracción mecánica, conforme al artículo 59 de la Ley 30/1992 de régimen jurídico de las administraciones públicas i del procedimiento administrativo común, y debido a que no se ha podido practicar, se publica la resolución adoptada conforme al apartado 5 del mismo artículo de la mencionada Ley. Asimismo se hace saber que a partir del día siguiente al de publicación de este anuncio, contra las resoluciones se puede interponer, en su caso, los recursos que se indican al final de las mismas.

Por Decreto del Ilmo. Sr. Teniente de Alcalde del Área de Hacienda en fecha 04 de julio de 2014, núm. de inscripción 12147, se adoptó la siguiente:

Resolución

 “Estimar la solicitud del Sr./Sra. FERRAN CONCHA GONZALEZ y concederle la devolución de la cantidad ingresada por el Impuesto de Vehículos de 34,08 referidos al vehículo matrícula IB7744BY, de acuerdo con la normativa aplicable.”

Por Decreto del Ilmo. Sr. Teniente de Alcalde del Área de Hacienda en fecha 08 de septiembre de 2014, núm. de inscripción 15194, se adoptó la siguiente:

Resolución

 “Estimar la solicitud del Sr/Sra. NICOLAS GARCIA LOMBARDO y concederle la devolución de la cantidad ingresada por el Impuesto de Vehículos de 71,94 referidos al vehículo matrícula 1245BCB,de acuerdo con la normativa aplicable.”

Por Decreto del Ilmo. Sr. Teniente de Alcalde del Área de Hacienda en fecha 26 de septiembre de 2014, núm. de inscripción 16456, se adoptó la siguiente:

Resolución

 “Estimar la solicitud de BALUDA SL y concederle la devolución de la cantidad ingresada por el Impuesto de Vehículos de 17,04 € referidos al vehículo matrícula IB8191DG, de acuerdo con la normativa aplicable.”

Por Decreto del Ilmo. Sr. Teniente de Alcalde del Área de Hacienda en fecha 8 de septiembre de 2014, núm. de inscripción 15194 se adoptó la siguiente:

Resolución

 “Estimar la solicitud del Sr./Sra SARAY GONZALEZ RUIZ  y concederle la devolución de la cantidad ingresada por el Impuesto de Vehículos de 34,08 € referidos al vehículo matrícula IB3291BV, de acuerdo con la normativa aplicable.”

Por Decreto del Ilmo. Sr. Teniente de Alcalde del Área de Hacienda en fecha 26 de septiembre 2014, núm. de inscripción 16456  se adoptó la siguiente:

Resolución

 “Estimar la solicitud del Sr./Sra. BRIAN HAROLD KELLY  y concederle la devolución de la cantidad ingresada por el Impuesto de Vehículos de 68,16 € referidos al vehículo matrícula 3039HCD, de acuerdo con la normativa aplicable.”

Por Decreto del Ilmo. Sr. Teniente de Alcalde del Área de Hacienda en fecha 02 de diciembre de 2014, núm. de inscripción 20581 se adoptó la siguiente:

Resolución

 “Estimar la solicitud del Sr./Sra. CATALINA OLIVER BARCELO y concederle la devolución de la cantidad ingresada por el Impuesto de Vehículos de 71,94 € referidos al vehículo matrícula IB7320BW, de acuerdo con la normativa aplicable.”

Por Decreto del Ilmo. Sr. Teniente de Alcalde del Área de Hacienda en fecha 22 de Agosto de 2014, núm. de inscripción 14451, se adoptó la siguiente:

Resolución

Estimar la solicitud del/de la Sr./Sra. MARÍA ANTONIA GALVEZ CAPELLA, y concederle la exención a partir del ejercicio 2015, del Impuesto de Vehículos, para el vehículo matrícula 4655GBP.

Por Decreto del Ilmo. Sr. Teniente de Alcalde del Área de Hacienda en fecha 04 de julio de 2014 ,núm. de inscripción 12130 se adoptó la siguiente:

Resolución

“Estimar la solicitud del Sr./Sra. COLOMA JUAN CAÑELLAS y concederle la exención a partir del ejercicio de 2015, del Impuesto sobre vehículos, para el vehículo matrícula 5124HWX.”

Por Decreto del Ilmo. Sr. Teniente de Alcalde del Área de Hacienda en fecha 08 de septiembre de 2014, núm. de inscripción  15195 , se adoptó la siguiente:

Resolución

Estimar en parte  la solicitud efectuada por el Sr/ Sra. COLOM FERNANDEZ, Ramón, ( 42 973 400 Q) y concederle la exención a partir del 2014 del impuesto sobre vehículos por el turismo de su titularidad matrícula 0693-BZS por cumplir inicialmente los requisitos del  art. 3.1. e) de la Ordenanza fiscal reguladora del citado impuesto para vehículos matriculados a nombre de minusválidos.

Se ha procedido a anular la liquidación correspondiente al 2014, por importe de 68,16€ (referencia I-ICV- 2014-0000130-00) ya que la petición de exención (20-08-2014) tuvo lugar en el período voluntario de pago finalizaba el 05-10-2014.

Por Decreto del Ilmo. Sr. Teniente de Alcalde del Área de Hacienda en fecha 03 de noviembre de 2014 ,núm. de inscripción 18818 se adoptó la siguiente:

Resolución

“Estimar la solicitud del Sr./Sra. JUANA MARIA VIDAL CAPO  y concederle la exención a partir del ejercicio de 2015, del Impuesto sobre vehículos, para el vehículo matrícula 6478CWS.”

Por Decreto del Ilmo. Sr. Teniente de Alcalde del Área de Hacienda en fecha 03 de noviembre 2014, núm. de inscripción 18842, se adoptó la siguiente:

Resolución

Desestimar la solicitud de devolución efectuada por el Sr. CARLOS SCHOHL PERERA, en repres. de BOGO SOLAR UNO SL, respecto del recibo del Impuesto sobre vehículos del año 2014 para el vehículo matrícula IB 5674 DB. Se deniega de acuerdo a los arts. 92 y 96.3 del RD Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales, los vehículos están sujetos al Impuesto mientras no hayan causado baja en los registros públicos y el importe de la cuota del Impuesto se prorrateará por trimestres naturales en los casos de primera adquisición, baja definitiva o baja temporal por sustracción del vehículo, desde el momento en que se produzca la citada baja en los registros correspondientes y visto que, consultados los datos de la Dirección Provincial de Tráfico, resulta que el citado vehículo figura de alta a nombre de BOGO SOLAR UNO SL hasta el día 30 de mayo de 2014, fecha en que ya se ha devengado el tributo a día 1 de enero de 2014 para el actual ejercicio, motivo por el cual la citada entidad es sujeto pasivo del impuesto, obligada tributaria del mismo, y por tanto no procede en este caso la modificación del recibo. Una vez satisfecho el impuesto tendrían derecho a la devolución de la parte proporcional del impuesto (dos trimestres) en base a la fecha de baja registrada en la Dirección Provincial de Tráfico.

Por Decreto del Ilmo. Sr. Teniente de Alcalde del Área de Hacienda en fecha 30 de diciembre  de 2014, núm. de inscripción 22359, se adoptó la siguiente:

Resolución

“Estimar la solicitud del Sr./Sra. HERMELINDA LIDUVIN PUMA TACURI y concederle la devolución de la cantidad ingresada por el Impuesto de Vehículos de 17,04€ referidos al vehículo matrícula IB1634CZ, de acuerdo con la normativa aplicable.”

La devolución anteriormente acordada está condicionada a la presentaión de la hoja de transferencia bancaria ( que se acompaña con la presente notificación) debidamente firmada y sellada por el Banco, o bien, de cualquier documento bancario (libreta de ahorros, cuenta corriente, extracto de movimientos,…) donde figuren claramente el nombre y apellidos del beneficiario, su NIF y todos los dígitos identificadores (IBAN) ante la tesorería del Ayuntamiento de palma. Todo lo anterior en cumplimiento de la Ley de Servicios de Pago, Ley 16/2009, de 13 de noviembre.

Contra las resoluciones que se notifican se puede interponer, potestativamente, recurso de reposición  ante el Ilmo. Sr. Teniente de Alcalde de Hacienda, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente de la fecha de recepción de la notificación, o  reclamación económico-administrativa ante el Consejo Tributario del Ayuntamiento de Palma, en idéntico plazo y mediante escrito dirigido al Ilmo. Sr. Teniente de Alcalde de Hacienda, la cual es previa al recurso contencioso-administrativo. El escrito podrá presentarse en el Registro General de esta Corporación, plaza Santa Eulàlia nº 9 o bien en cualquiera de los otros registros situados en: C/ Son Dameto, 1 (Quarter de la Policia Local); C/ Emperadriu Eugènia, 6 (S’Escorxador); Av. Gabriel Alomar, 18 (Ed. Avingudes); Av.  Amèrica  nº 11  (S’Arenal);  Av.  Cid,  8 (Son Ferriol); C/ Margaluz, 30 (Sant Agustí); i C/ Pere Llobera, 9 (Pere Garau). Todo ello sin perjuicio de cualquier otro que se considere procedente. La mera interposición del recurso no interrumpirá, en  su caso, la  acción  administrativa para el ingreso del importe liquidado (Art. 14. 2. i) del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo).

 

Palma, 12 de febrero de 2014

 

El Jefe del Departamento Tributario

p.d. Decreto de alcaldía núm. 3000 de 26/02/2014

(BOIB núm. 30 de  04/03/2014)

Xavier Calafat Rotger