Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y UNIVERSIDADES
Núm. 3281
Resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades, de día 30 de enero de 2015, por la cual se autoriza la modificación de la configuración con la supresión de una unidad del Ciclo Formativo de grado superior de artes plásticas y diseño de Cerámica artística y una unidad del Ciclo Formativo de grado superior de artes plásticas y diseño de Mobiliario en la Escuela de Arte y Superior de Diseño de las Illes Balears
1. La Resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de día 28 de agosto de 2013 (BOIB nº. 126, de 12 de septiembre) autorizó en la Escuela de Arte y Superior de Diseño de las Illes Balears (código: 07004035), con la configuración siguiente:
Estudios Superiores:
Diseño de productos
Diseño de interiores
Diseño gráfico
Diseño de moda
Ciclos formativos de grado superior de artes plásticas y diseño:
Fotografía (LOE)
Ilustración (LOE)
Joyería artística (LOGSE)
Cerámica artística (LOGSE)
Mobiliario (LOGSE)
2. El 16 de diciembre de 2014 (NRE 74225 de 19 de diciembre), la Sra. Irene Mestre Massot, como directora de la Escuela de Arte y Superior de Diseño de las Illes Balears, solicitó la supresión del Ciclo Formativo de grado superior de artes plásticas y diseño de Cerámica artística y el Ciclo Formativo de grado superior de artes plásticas y diseño de Mobiliario, por falta de demanda, dado que a los últimos cursos académicos no ha habido ninguna matrícula para realizar estos estudios.
3. El 26 de enero de 2015, el jefe del departamento de Planificación y Centros emitió informe favorable sobre el expediente de autorización de la modificación de la configuración con la supresión de una unidad Cerámica artística y una unidad Mobiliario de los Ciclos Formativos de grado superior de artes plásticas y diseño en la Escuela de Arte y Superior de Diseño de las Illes Balears, dado que estas enseñanzas se han dejado de impartir por falta de demanda.
Fundamentos de derecho
1. La Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE de 4 de julio), reguladora del derecho a la educación.
2. La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo de educación (BOE núm.106, de 4 de mayo), en redacción dada por la Ley orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (LOMCE) (BOE nº. 295, de 10 de diciembre).
3. La Ley 3/2003, de 26 de marzo (BOIB de 3 de abril), de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
4. Real Decreto 303/2010 (BOE de 9 de abril), de 15 de marzo, por el cual se establecen los requisitos mínimos del centros que impartan enseñanzas artísticas reguladas en la ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
5. El Estatuto de autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley orgánica 2/1983, de 25 de febrero (BOE de 1 de marzo), reformado por la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE de 16 de marzo), que en el artículo 36.2 establece que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.
Por todo eso, y a propuesta, con fecha de 28 de enero de 2015, de la Dirección General de Planificación e Infraestructuras Educativas, dicto la siguiente
Resolución
1. Autorizar, con efectos desde el inicio del curso escolar 2014-2015, la supresión de una unidad del Ciclo Formativo de grado superior de artes plásticas y diseño de Cerámica artística y una unidad del Ciclo Formativo de grado superior de artes plásticas y diseño de Mobiliario en la Escuela de Arte y Superior de Diseño de las Illes Balears.
2. Como consecuencia de esta modificación, el centro queda configurado de la manera siguiente:
Código de centro: 07004035
Denominación genérica: Escuela de Arte y Superior de Diseño
Denominación específica: Escuela de Arte y Superior de Diseño de las Illes Balears
Titular: Consejería de Educación, Cultura y Universidades
Domicilio: C/de el Instituto Balear, nº. 5
Localidad: Palma
Municipio: Palma
CP: 07012
Enseñanzas autorizadas:
Estudios Superiores:
Diseño de productos
Diseño de interiores
Diseño gráfico
Diseño de moda
Ciclos formativos de grado superior de artes plásticas y diseño:
Fotografía (LOE)
Ilustración (LOE)
Joyería artística (LOGSE)
3. El centro mencionado queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando se tenga que modificar cualquiera de los datos que señala esta Resolución.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición delante de la consejera de Educación, Cultura y Universidades en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo delante de la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente de la publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
Palma, 30 de enero de 2015
La consejera de Educación, Cultura y Universidades
Maria Núria Riera Martos