Sección V. Anuncios
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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 3212
Notificación de Resolución de denegación a los beneficiarios de las ayudas, de fecha 2 de febrero de 2.015, destinadas a indemnizar a los agricultores por las dificultades naturales en zonas distintas a las de montaña en las Islas Baleares, convocatoria año 2.013
Notificación de Resolución de denegación a los beneficiarios de las ayudas, de fecha 2 de febrero de 2.015 al amparo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), de 19 de enero de 2013 por la que se aprueba la convocatoria para el año 2.013, de las ayudas destinadas a indemnizar a los agricultores por las dificultades naturales en zonas distintas a las de montaña en las Islas Baleares.
El punto 3 del apartado Décimo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), de 19 de enero de 2.013 por la que se convocan, para el ejercicio 2.013, las ayudas destinadas a indemnizar a los agricultores por las dificultades naturales en zonas distintas a las de montaña en las Islas Baleares, establece que la resolución expresa se notificará a los interesados mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de acuerdo con los términos previstos el artículo 60.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Los expedientes han sido tramitados por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Estas ayudas se enmarcan dentro del Programa de Desarrollo Rural 2007-2013. Eje 2. Mejora del medio ambiente y del entorno rural.
La ayuda de referencia tiene como finalidad, indemnizar al agricultor por los costes adicionales y las pérdidas de ingresos derivados de las dificultades naturales que plantea la producción agrícola en las zonas de montaña, evitando riesgos medioambientales y sociales derivados de su falta de uso y mantenimiento del paisaje tradicional balear como aparte de su riqueza social y natural.
Vistos los expedientes de los beneficiarios y de acuerdo con los informes técnicos desfavorables de la gestora de la línea de Ayudas al Desarrollo Rural de día 6 de noviembre de 2.014.
Se han llevado a cabo los controles administrativos de las solicitudes y de la documentación aportada, y se han publicado en la página web http://www.caib.es las propuestas de resolución provisional individuales, concediendo a solo solicitantes un plazo de diez días para presentar alegaciones.
En relación al punto anterior, finalizado el plazo para presentar las alegaciones y / o documentos, este Órgano no ha tenido conocimiento de su presentación en los registro de entrada del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), de la Consejería de Agricultura y Pesca o en cualquiera de los lugares previstos en el apartado 4 del artículo 38, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y en el artículo 37 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
El procedimiento seguido en la tramitación del expediente ha cumplido los trámites establecidos en la Resolución del Presidente del FOGAIBA de 19 de enero de 2.013 por la que se aprueba la convocatoria, para el año 2.013, de las ayudas destinadas a indemnizar a los agricultores por las dificultades naturales en zonas de montaña en las Islas Baleares.
Con fecha 2 de febrero de 2.015 el vicepresidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) dictó resolución individual de denegación de ayuda convocada mediante Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), de 19 de enero de 2.013 por la que se aprueba la convocatoria, para el año 2.013, de las ayudas destinadas a indemnizar a los agricultores por las dificultades naturales en zonas de montaña en las Islas Baleares a los 24 solicitantes relacionados en el anexo I. que empieza por (datos personales ocultos), por los motivos especificados en dicho anexo.
ANEXO I
Motivo denegación: El solicitante no cumple con el requisito de ser agricultor a título principal o titular de una explotación agraria calificada como prioritaria (punto 1.a) del apartado Tercero de la Resolución del Presidente del FOGAIBA de 19 de enero de 2.013).
(datos personales ocultos) |
(datos personales ocultos) |
Expediente |
(datos personales ocultos) |
(datos personales ocultos) |
93/2013 |
(datos personales ocultos) |
(datos personales ocultos) |
94/2013 |
(datos personales ocultos) |
(datos personales ocultos) |
98/2013 |
(datos personales ocultos) |
(datos personales ocultos) |
119/2013 |
(datos personales ocultos) |
(datos personales ocultos) |
135/2013 |
(datos personales ocultos) |
(datos personales ocultos) |
136/2013 |
(datos personales ocultos) |
(datos personales ocultos) |
152/2013 |
(datos personales ocultos) |
(datos personales ocultos) |
160/2013 |
(datos personales ocultos) |
(datos personales ocultos) |
161/2013 |
(datos personales ocultos) |
(datos personales ocultos) |
177/2013 |
(datos personales ocultos) |
(datos personales ocultos) |
179/2013 |
(datos personales ocultos) |
(datos personales ocultos) |
199/2013 |
(datos personales ocultos) |
(datos personales ocultos) |
220/2013 |
(datos personales ocultos) |
(datos personales ocultos) |
224/2013 |
(datos personales ocultos) |
(datos personales ocultos) |
247/2013 |
(datos personales ocultos) |
(datos personales ocultos) |
255/2013 |
(datos personales ocultos) |
(datos personales ocultos) |
268/2013 |
(datos personales ocultos) |
(datos personales ocultos) |
270/2013 |
(datos personales ocultos) |
(datos personales ocultos) |
276/2013 |
(datos personales ocultos) |
(datos personales ocultos) |
283/2013 |
(datos personales ocultos) |
(datos personales ocultos) |
285/2013 |
(datos personales ocultos) |
(datos personales ocultos) |
296/2013 |
(datos personales ocultos) |
(datos personales ocultos) |
330/2013 |
(datos personales ocultos) |
(datos personales ocultos) |
387/2013 |
Se informa a los beneficiarios que sus expedientes se encuentran a su disposición y consulta en el Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural del FOGAIBA (calle Reina Constanza, núm. 4 de Palma).
Contra estas resoluciones, que no agotan la vía administrativa, los interesados pueden interponer recurso de alzada ante el Consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio, en un plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la fecha de la publicación de la notificación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con lo establecido en el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la administración de la comunidad Autónoma de las Islas Baleares y los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Palma, 13 de febrero de 2.015
El director gerente del FOGAIBA
Joan Simonet Pons