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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE ES CASTELL

Núm. 2992
Bajas de oficio por inscripción indebida en el Padrón municipal de habitantes

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

En virtud de los acuerdos del Consejo de Empadronamiento de 27 de Junio de 2008 este Ayuntamiento debe proceder a la comprobación de la residencia de los extranjeros

En base a la Resolución 9 d'abril de 1997, de la Subsecretaria del Ministerio  de la Presidencia, por la cual se dispone la publicación de la Resolución del 1 de abril de la Presidenta del Instituto Nacional de Estadística y del Director general de Cooperación Territorial, per la cual se dictan las instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión y revisión del Padrón Municipal, se notifica que el Ayuntamiento dara de baja de oficio por inscripción indebida en el Padrón Municipal de habitantes por incumplir los  requisitos establecidos en el Art. 54 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, a las siguientes personas:

Nombre y Apellidos

Documento

F. Nacimiento

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

Dado que intentada la notificación, ésta no se ha podido practicar, se efectúa mediante anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en el BOIB, dando un plazo de quince días a las personas anteriormente mencionadas o a sus representantes legales, para que manifiesten si están o no de acuerdo con su baja. Una vez transcurrido el plazo sin haber manifestado el interesado expresamente su conformidad con ella, se pondrá en conocimiento del Consejo de Empadronamiento para su oportuno informe y se dará de baja definitivamente.

Es Castell, 11 de febrero de 2015

Alcalde de Es Castell

José Luis Camps Pons