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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE LLUCMAJOR

Núm. 2817
Expediente infracción urbanística 000066/2014-Infra

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Texto

Ante la imposibilidad de dar traslado a D/.Dª. SEGURA PASCUAL ISAAC de la Propuesta de reposición de fecha  04 de noviembre de 2014 por la que se acuerda se proceda a la demolición de las obras realizadas en el Polígono 43 Parcela 534 consistentes en “1) Reforma, augment de volum i canvi de coberta d'uns 70 m2 a una edificació existent. 2) Col·locació de barreres massisses al portell., expediente de I.U. núm.000066/2014-INFRA, a través del presente edicto se le notifica, de conformidad con el artículo 59.4 de la Ley 30/92 L.R.J.A.P. y P.A.C. de 26 de noviembre y 194 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, la propuesta de demolición de 04 de noviembre de 2014, del siguiente tenor literal :

“Por el Instructor del expediente de Infracción Urbanística núm. 000066/2014-INFRA se ha formulado la siguiente propuesta de reposición:

“ Visto el expediente de Infracción Urbanística núm.000066/2014-INFRA incoado a D./Dª. SEGURA PASCUAL ISAAC por realizar obras sin licencia; ha transcurrido con exceso el plazo de concedido al interesado para que solicitase la oportuna licencia, sin que las obras hayan sido legalizadas.

En consecuencia, por el Instructor del expediente se formula PROPUESTA DE REPOSICION de la realidad física alterada a los efectos del restablecimiento del orden jurídico perturbado, contra el denunciado por las obras que más abajo se relacionan, a costa de los interesados, de conformidad con lo dispuesto en el art. 151 y siguientes de la Ley  del Suelo Balear 2/2014 de 25 de Marzo.

A D./Dª. SEGURA PASCUAL ISAAC para que, proceda a la demolición de las obras realizadas en el Polígono 43 Parcela 534 consistentes en “1) Reforma, augment de volum i canvi de coberta d´uns 70 m2 a una edificació existent. 2) Col.locació de barreres massisses al portell”  y demás obras realizadas sin la preceptiva licencia municipal; de modo que se restituya la finca al estado en que se encontraba antes de la comisión de la infracción.

CONCEDER a D./Dª. SEGURA PASCUAL ISAAC un plazo improrrogable de diez días para que formule todas las alegaciones que estime convenientes.

ADVIRTIENDOLE que transcurrido el plazo expresado sin que hayan presentado alegaciones o desestimadas éstas, se acordará la reposición de la realidad física alterada, instando  la retirada o demolición de las obras por el interesado, concediendo al interesado un plazo al efecto adecuado a las circunstancias del caso, con la advertencia de que en caso de incumplimiento se ejecutará subsidiariamente”.

Comunicándole que, conforme al art. 150 de la Ley del Suelo Balear 2/2014 de 25 de Marzo, formule las alegaciones que estime pertinentes en defensa de sus derechos, dentro del plazo de diez días hábiles. Significándole que transcurrido dicho plazo se dará por evacuado el trámite prosiguiéndose la oportuna tramitación.

 

Llucmajor, a 04 de febrero de 2015

 

El Alcalde,

Juan C. Jaume Mulet.-