Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 14 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 11161
Juicio verbal 319/2013 sobre otras materias
D./Dª. AURORA FRUCTUOSO HERNANDEZ, Secretario/a Judicial, del JDO. PRIMERA INSTANCIA N, 14 de PALMA DE MALLORCA, por el presente,
ANUNCIO:
En el presente procedimiento JVB seguido a instancia de JOAQUIN FERRER OLIVER frente a BEDANE BALEAR SL se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:
SENTENCIA nº 80/2014
En Palma de Mallorca, a 12 de junio de 2.014.
Vistos por doña Irene Partida Barreto, Magistrado-Juez del Juzgado de primera Instancia número 14 de palma de Mallorca, los presentes autos de juicio verbal seguidos con el número 319/2013 entre:
Demandante: Don Joaquín Ferrer Oliver, representado por la procuradora de los tribunales doña María del Romero Gaspar de L’Hotellerie y asistido por el letrado don Guillermo Caldentey Higueras.
Demandada: La entidad BEDANE BALEAR S. L., declarada en situación de rebeldía procesal.
Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación que, en su caso, deberá interponerse ante este mismo Juzgado dentro de los veinte días siguientes al en que se notifique esta resolución. No se admitirá a tramite el recurso si la parte al tiempo de interponerlo no acredita DOCUMENTALMENTE haber constituido el oportuno depósito para recurrir mediante la consignación del importe de 50 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, así como el importe de la tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional en el orden jurisdiccional civil establecida por la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto nacional de Toxicología y Ciencia Forense (BOE núm. 280, de 21 de noviembre de 2012), modificada por el RealDecreto-ley 3/2013, de 22 de febrero, por el que se modifica el régimen de las tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y el sistema de asistencia jurídica gratuita (BOE núm. 47, de 23 de febrero de 2013).
Y encontrándose dicho demandado, BEDANE BALEAR SL, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma.
PALMA DE MALLORCA a trece de Junio de dos mil catorce.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL