Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE MANACOR
JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 5 DE MANACOR
Núm. 2203
Divorcio contencioso 190/2014
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
“SENTENCIA
FALLO
Se declara disuelto por DIVORCIO el matrimonio formado por CARME MOISET DESCAMPS y CARLOS ALBERTO CALDERÓN BONILLA, contraído el 12 de octubre de 2006, en Lima (Perú), con todos los efectos legales inherentes, incluida la extinción del régimen económico matrimonial.
No ha lugar a la imposición de costas.
Notifíquese la presente resolución a ambas partes y al Ministerio Fiscal, haciéndoles saber que no es firme y que frente a la misma cabe interponer recurso de apelación, en el plazo de 20 días contados desde el siguiente al de su notificación. Asimismo, apercíbaseles que, de conformidad con la disposición Adicional Decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, no se admitirá a trámite dicho recurso sin la previa constitución de un depósito de cincuenta euros (50€) en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, número 5132 0000 33 0190 14, del Banco Santander, haciendo constar como concepto el código 02, salvo que el recurrente fuera el Ministerio Fiscal o beneficiario de la asistencia jurídica gratuita.”
Y como consecuencia del ignorado paradero de CARLOS ALBERTO CALDERON BONILLA, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
En MANACOR, a diecinueve de Diciembre de dos mil catorce.
LA SECRETARIA JUDICAL