Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE EIVISSA
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM. 1 DE EIVISSA
Núm. 1768
Ejecución de Titulos Judiciales 188/2014
Dª TERESA MARIA BALLESTER MANRESA, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social nº1 de IBIZA/EIVISSA, HAGO SABER:
Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 188/2014 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de Dª PAOLA ALEJANDRA ALMARA contra la empresa EL CLODENIS IBIZA, SL, sobre DESPIDO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
AUTO 28/01/15
Dispongo: Despachar orden general de ejecución a favor de la parte ejecutante, PAOLA ALEJANDRA ALMARA, frente a EL CLODENIS IBIZA, SL, parte ejecutada, por importe de 25869,07 euros en concepto de principal, más otros 5173,81 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.
DECRETO 28/01/15
En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo:
- Consultar las aplicaciones informáticas del Órgano Judicial para la averiguación de bienes del ejecutado.
- El embargo de los saldos acreedores para asegurar la responsabilidad de EL CLODENIS IBIZA, SL librándose al efecto los despachos necesarios para su efectividad.
- Para evitar mayor dilación y consiguiente perjuicio a los trabajadores y no obstante la posible subrogación del FOGASA en su día, oígase a dicho organismo público y a la actora, por término de QUINCE DÍAS a fin que insten lo que a su derecho convenga en orden a la continuación de la ejecución designando en tal caso bienes concretos del deudor sobre los que despachar ejecución.
Y para que sirva de notificación en legal forma a EL CLODENIS IBIZA, SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de les ILLES BALEARS.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En IBIZA/EIVISSA, a veintiocho de Enero de dos mil quince.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL