Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
AYUNTAMIENTO DE SANT JOSEP DE SA TALAIA
Núm. 2581
Bajas de oficio en el Padrón Municipal de Habitantes
Mediante el presente escrito se hace público el contenido del Decreto de la Alcaldía núm. 156/2015, emitido en fecha 03 de Febrero de 2015, que en su parte expositiva y dispositiva dice:
“ASUNTO: BAJAS DE OFICIO EN EL PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES.
Visto el expediente tramitado por este Ayuntamiento para llevar a cabo la baja de oficio en el Padrón Municipal de Habitantes de este término Municipal, de las personas que a continuación se indican:
Visto lo dispuesto en el artículo 72 del Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, según redacción dada por el Real Decreto 2612/1996, de 26 de diciembre, BOE núm. 14, de 16 de enero, conforme al cual los ayuntamientos darán de baja de oficio, por inscripción indebida, a quienes figuran empadronados incumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 54 de este Reglamento, una vez comprobada esta circunstancia en el correspondiente expediente en el que se dará audiencia al interesado. Este deberá comunicar el municipio o país en el que vive habitualmente y solicitar, por escrito, el alta en el padrón municipal o en el Registro de Matrícula de la Oficina o Sección consular correspondiente. Dicha solicitud será tramitada por el Ayuntamiento que acuerde la baja de oficio.
Si el interesado no manifiesta expresamente su conformidad con la baja, ésta sólo podrá llevarse a cabo con el informe favorable del Consejo de Empadronamiento.
Visto que las personas antes relacionadas, NO han expresado su conformidad con la referida baja.
Visto el informe favorable emitido por el Consejo de Empadronamiento en fecha 08 de Enero de 2015.
En el ejercicio de las facultades que me confiere la legislación vigente, RESUELVO:
PRIMERO: Dar de baja de oficio en el Padrón Municipal de habitantes de Sant Josep de sa Talaia, de conformidad con lo establecido en el citado artículo 72 RPDT, a las personas que a continuación se detallan:
- Sra. LORENA BERRUEZO RAMÍREZ, de nacionalidad Española y con DNI núm. 47272819 E.
- Sra. MARÍA ESTHER SANCHO CABANILLAS, de nacionalidad Española y con DNI núm. 53137631 H.
- Sra. MARÍA ESPERANZA GARCÍA HIDALGO, de nacionalidad Española y con DNI núm. 46958890 C.
- Sr. FRANCESC PATERNA MURUGO, de nacionalidad Española y con DNI núm. 53285150 S.
- Sr. NOEL PEINADO MUÑOZ, de nacionalidad Española y con DNI núm. 09033052 D.
- Sr. DANIEL DURÁN MORALES, de nacionalidad Española y con DNI núm. 44526678 N.
- Sra. TAMARA PÉREZ LLERA, de nacionalidad Española y con DNI núm. 53540244 Q.
- Sra. LIBERTAD VALDÉS GARCÍA, de nacionalidad Española y con DNI núm. 71641091 R.
- Sr. LUIGI ORSINI, de nacionalidad Italiana y con NIE núm. Y02384808 K.
- Sra. CAROLINA FERNÁNDEZ PERA, de nacionalidad Española y con DNI núm. 51080131 Y.
- Sr. JACK ALAN CORNTHWAITE, de nacionalidad Inglesa y con NIE núm. X01611971 Q.
- Sra. JANET MARIE CORNTHWAITE, de nacionalidad Inglesa y con NIE núm. X01416311 V.
- Sr. NICHOLAS CHRISTIAN CORNTHWAITE, de nacionalidad Inglesa y con NIE núm. X01127338 Q.
- Sr. MANUEL DUARTE ABENZA, de nacionalidad Española y con DNI núm. 18225490 Z.
- Sr. SALVADOR ORTEGA MOLINO, de nacionalidad Española y con DNI núm. 74633914 H.
- Sr. FRANK REISE, de nacionalidad Alemana y con NIE núm. X02712540 N.
- Sra. LORENA BAYÓN BAYÓN, de nacionalidad Española y con DNI núm. 15925476 T.
- Sr. ALBERTO MARTÍNEZ GONZÁLEZ, de nacionalidad Española y con DNI núm. 74161309 V.
SEGUNDO: Dar traslado de la presente resolución a la persona interesada”.
Lo que se publica para su conocimiento y a los efectos oportunos, haciendo saber que contra esta resolución se podrán interponer, alternativamente los recursos siguientes:
a) Directamente, el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la notificación del presente acuerdo.
b) El recurso de reposición potestativo ante el órgano que ha dictado este acuerdo, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la notificación de este. Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, que se producirá por el transcurso de un mes desde su presentación sin que se haya resuelto expresamente ni se haya notificado, podrá interponerse el recurso contenciosos-administrativo, en el plazo de seis meses, a contar del día siguiente a la desestimación presunta.
No obstante lo anterior, se puede ejercer, si es el caso, cualquier otro recurso que estime oportuno, todo ello de conformidad con la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa-administrativa y de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Sant Josep de sa Talaia, 09 de Febrero de 2015.
LA ALCALDESA,
María Nieves Marí Marí.