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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y UNIVERSIDADES
Núm. 2534
Resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 12 de febrero de 2015 por la que se somete a información pública el Proyecto de decreto por el que se establece el currículo del bachillerato en las Islas Baleares
Hechos
1. La Ley orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (BOE núm. 295, de 10 de diciembre), ha modificado el artículo 6 de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, para definir el currículo como la regulación de los elementos que determinan los procesos de enseñanza y aprendizaje para cada una de las enseñanzas.
2. El Real decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, publicado en el BOE número 3 de 3 de enero de 2015, por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria obligatoria y del Bachillerato, regula estos procesos en la educación secundaria y bachillerato.
3. La Ley 4/2001 de 14 de marzo, del gobierno de las Islas Baleares, en relación con el procedimiento para elaborar reglamentos, establece la posibilidad de someter las disposiciones administrativas a información pública.
Fundamentos de derecho
1. Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
2. El artículo 42 de la Ley 4/2001 de 14 de marzo, del gobierno de las Islas Baleares, regula el procedimiento de elaboración de las disposiciones administrativas, y el artículo 44 la información pública.
3. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, del régimen jurídico de la Administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Someter el Proyecto de Decreto por el que se establece el currículo del bachillerato en las Islas Baleares a información pública, por un plazo de siete días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
2. Poner una copia del texto del proyecto a disposición de las personas interesadas durante el mismo plazo, en la Dirección General de Ordenación, Innovación y Formación Profesional de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades, ubicada en el pasaje de Guillem de Torrella, número 1, así como también en la página web <http://dgoifp.caib.es>. Las alegaciones se han de presentar en el registro de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades (calle d’Alfons el Magnànim, 29, 1r pis, 07004 Palma) o en los lugares previstos el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
3. Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares
Palma, 12 de febrero de 2015
La consejera de Educación, Cultura y Universidades
María Núria Riera Martos