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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE SES SALINES

Núm. 2262
Notificación del decreto de caducidad de la incripción padronal y, por tanto, del acuerdo de baja en el padrón municipal de habitantes de estranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente que no han procedido a su renovación

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Texto

Dado que no se ha podido practicar la notificación personal de la Resolución sobre caducidad de inscripciones en el Padrón Municipal de Habitantes de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente, que se relacionan a continuación, en cumplimiento del artículo 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a publicar la siguiente resolución:

DECRETO DE LA ALCALDÍA.- Mediante un escrito de esta Alcaldía se ha efectuado el correspondiente preaviso a las personas extranjeras no comunitarias sin autorización de residencia permanente que figuran en los ficheros de incidencias que mensualmente envía el Instituto Nacional de Estadística (incidencia 111). En este escrito se señala que en el supuesto de que no se proceda a solicitar la renovación de la inscripción padronal antes del día señalado, el Ayuntamiento acordará, mediante resolución motivada de la Alcaldía, la baja por caducidad en el padrón de habitantes de este Ayuntamiento y señala también que esta resolución podrá dictarse sin la necesidad de audiencia previa.

Atendido lo que dispone la Resolución de 28 de abril de 2005, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y del Director General de Cooperación Local, por la cual se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre el procedimiento para acordar la caducidad de las inscripciones padronales de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente que no hayan sido renovadas cada dos años.

Dado que los extranjeros no comunitarios, que más adelante se detallarán, no han solicitado expresamente la voluntad de renovar la inscripción en el padrón municipal de habitantes.

En conformidad con lo que disponen los artículos 15, 16.1 y 17.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 11/99, de 21 de abril, y de acuerdo con la regulación de las inscripciones padronales introducida por la Ley 14/2003, de 20 de noviembre y artículos 62 y 72 del R.D. 1690/1986, de 11 de julio, reglamento de población y demarcación territorial de las entidades locales, modificado por el R.D. 2612/1996, de 20 de diciembre,

RESUELVO:

1º.-. Declarar la caducidad de la inscripción padronal y, en consecuencia acordar la baja en el padrón municipal de habitantes de este municipio, por no haber renovado su inscripción mediante un acto expreso, de las siguientes personas:

NOMBRE

DIRECCIÓN

PROCEDIMIENTO

DANIEL RAMIRO GONZÁLEZ GONZÁLEZ

S’AVALL, 4

expte.  1/2014

JEAN CARLOS SÁNCHEZ FIGUERA

C/ MARINA 49, 1r 3ª

expte.  1/2014

NOHELINA JOSEFINA VILLALOBOS MEDERO

C/ MARINA 49, 1r 3ª

expte.  1/2014

JEAN CARLOS SÁNCHEZ VILLALOBOS

C/ MARINA 49, 1r 3ª

expte.  1/2014

JENS ANTONI SÁNCHEZ VILLALOBOS

C/ MARINA 49, 1r 3ª

expte.  1/2014

HECTOR ALCIDES ÁLVAREZ

C/ LLUNA, 26 2nB

expte.  1/2014

SERENA ABRIL ÁLVAREZ QUINTEROS

C/ LLUNA, 26 2nB

expte.  1/2014

MELISA LUCIA QUINTEROS

C/ LLUNA, 26 2nB

expte.  1/2014

JUANA DILIA CHAVES SAMANIEGO

C/ BATLE A. BURGUERA MUT, 1 2n C

expte.  1/2014

CARLOS FREDY RAMÍREZ RUÍZ

S’AVALL, 4

expte.  1/2014

LEONARDO ADALBERTO TROVO CHAVES

C/ BATLE A. BURGUERA MUT, 1 2n C

expte.  1/2014

2º.- Las bajas por caducidad incluidas en esta resolución serán efectivas en el momento de realizarse la notificación a los interesados o, en su caso, la publicación por edictos en el BOIB y en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento.

3º.- Notificar la presente resolución a los interesados en conformidad con aquello que dispone la Ley  30/1992,  de 26 de noviembre,  de régimen  jurídico de  las administraciones  públicas y  del procedimiento administrativo común.

4º.-  Dejar sin efecto el contenido de esta resolución para todos los extranjeros que figuran relacionados anteriormente y que durante el tiempo que transcurra entre la notificación y el plazo para recorrerla hayan efectuado el acto expreso de renovar la inscripción en el padrón.

Ses Salines, 22 de enero de 2015 . Fdo.: La Alcaldesa, Maria Bonet”

Lo que se notifica por su conocimiento, cumplimiento y efectos, señalando que contra esta resolución, que es definitiva en vía administrativa, se pueden interponer, alternativamente, los recursos siguientes:

a) Directamente el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado del Contencioso-Administrativo de las Islas Baleares, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución.

b)  El recurso de reposición potestativo ante la Alcaldia, en el plazo de un mes, contador a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución.

c)  Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, que se producirá por el transcurso de un mes desde su presentación sin que se haya resuelto expresamente ni se haya notificado, podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo, ante el Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, en el plazo de seis meses, contadores a partir del día siguiente a la desestimación presunta.

No obstante el anterior, se puede interponer, si es el caso, cualquiera otro recurso que se estime pertinente. Todo esto en conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa-administrativa y de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Ses Salines, 10 de febrero de 2015.

El secretario

Jaime Perelló Marcé