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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 2067
Departamento De Economía, Medio Ambiente Y Caza. Notificación del inicio de expedientes sancionadores de pesca

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

De acuerdo con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, cuando las personas interesadas en un procedimiento sean desconocidas, se ignore el lugar de notificación o el medio, o no se haya podido efectuar la notificación, se tiene que hacer mediante la publicación en el boletín oficial correspondiente.

Por ello, se notifica a las personas que se indican al final de este edicto, como presuntas responsable de la infracción, que disponen de un plazo de quince días hábiles, contados desde el día siguiente en que se publica esta notificación, para formular alegaciones ante el Departamento de Economía, Medio Ambiente y Caza del Consell Insular de Menorca, para aportar los documentos y las informaciones que consideren pertinentes, y también para proponer prueba y concretar los medios de los que se quieran valer, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 14/1994, de 10 de febrero, por el cual se aprueba el reglamento del procedimiento a seguir por la Administración de la Comunidad  Autónoma para el ejercicio de la potestad sancionadora.

Podrán reconocer su responsabilidad y hacer efectiva la sanción correspondiente, poniendo fin al procedimiento sancionador, sin perjuicio de la potestad de interponer los recursos procedentes, según lo previsto en el artículo 10 del Decreto 14/1994.

Si no reconoce la responsabilidad ni presenta alegaciones sobre el contenido del acuerdo de iniciación en el plazo establecido, la iniciación puede ser considerada propuesta de resolución, de acuerdo con lo establecido en el art.8 del citado Decreto.

Mientras se tramite el expediente sancionador, los interesados podrán examinarlo, y conocer la identidad del Instructor, nombrado en el acuerdo de iniciación, a los efectos de poder promover la recusación prevista en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

El expediente se encuentra a su disposición en el Departamento de Economía, Medio Ambiente y Caza del Consell Insular de Menorca (plaza Biosfera núm. 5 de Maó. Tel 902 35 60 50).

Materia: Pesca

Número de expediente: PE 07/2014

Denunciado: Carlos Taltavull Florit

Normativa infringida: Artículo 119.b Ley 6/2013 en relación con el artículo 67 Ley 6/2013 y artículos 2 y 4 Decreto 69/99

Sanción propuesta: 200 euros

  

Materia: Pesca

Número de expediente: PE 10/2014

Denunciado: Antonio Muñoz Gimenez

Normativa infringida: Artículo 119.b Ley 6/2013 en relación con el artículo 67 Ley 6/2013 y artículos 2 y 4 Decreto 69/99

Sanción propuesta: 200 euros

 

Maó 21 de enero de 2015

 

El consejero ejecutivo del Departamento de Economía, Medio Ambiente y Caza

Fernando Villalonga Bordes