Sección V. Anuncios
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CONSEJO INSULAR DE EIVISSA
Núm. 1974
Resolución de la Consejera Ejecutiva de Movilidad, Interior y Medio Ambiente de fecha 5 de febrero de 2015 por la que se convocan pruebas de constatación de capacitación profesional para el ejercicio de las actividades de transporte interior e internacional de mercancías y transporte interior e internacional de viajeros en el ámbito de la isla de Ibiza
La Ley 16/87, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, y su Reglamento aprobado el 28 de septiembre de 1990 determinan que para el ejercicio de las actividades de transportista de viajeros y de mercancías por carretera, de agencia de transporte de mercancías, de transitario y de almacenista-distribuidor, será necesario acreditar previamente el cumplimiento del requisito de capacitación profesional, que se reconocerá a aquellas personas que, justificada la posesión de los conocimientos necesarios, superen las pruebas que se convoquen y obtengan el correspondiente certificado, ahora regulado conforme lo que desarrolla la Orden Ministerial de 28 de mayo de 1999.
Estas normas prevén que las convocatorias las realizarán en sus territorios las Comunidades Autónomas en el ejercicio de las funciones delegadas por el Estado en la Ley Orgánica 5/87, de 30 de julio, y su efectividad, en el caso de las Illes Balears, se materializó al realizarse por la aplicación del Real Decreto 993/92 de 31 de julio la transferencia de los medios personales y materiales que las funciones señaladas necesitan. Posteriormente, en aplicación del art. 39 del Estatuto de autonomía y de la Ley del Parlamento de las Illes Balears 5/1989 de 13 de abril, de los consejos insulares, se aprobó la atribución de competencias a los consejos insulares de Mallorca, de Menorca y de Ibiza y Formentera, en materias diversas.
El Pleno del Parlamento de las Illes Balears, en sesión ordinaria de día 21 de diciembre de 1998, aprobó la Ley de atribución de competencias a los consejos insulares de Menorca y de Ibiza y Formentera en materia de transportes por carretera. La Ley 13/1998, de 23 de diciembre, en el artículo 2.2.j. señala como competencia delegada del Consell Insular de Ibiza y Formentera la capacitación profesional para el ejercicio del transporte público.
Por todo esto, según el artículo 13 de la Ley Orgánica 5/87 de 30 de julio y lo que dispone la Orden de 28 de mayo de 1999, así como el Decreto de Presidencia de fecha 4 de julio de 2011, visto el informe propuesta de fecha 4 de febrero de 2015 del jefe de sección de transportes con el visto y conforme de la Secretaria técnica del Área de Economia, Benestar Social i Esports, en sustitución del Secretario técnico del Área de Presidencia de la misma fecha, RESUELVO convocar pruebas de constatación de la capacitación profesional para el ejercicio de las actividades de transporte interior y internacional de mercancías y de transporte interior y internacional de viajeros, de acuerdo con las siguientes:
BASES:
PRIMERA - Ámbito de las pruebas
Se convocan pruebas para la constatación de la capacitación profesional para el ejercicio de las actividades de transporte interior y internacional de mercancías y de transporte interior y internacional de viajeros a celebrar en el ámbito de la islas de Ibiza.
SEGUNDA – Ejercicios
Los ejercicios de las pruebas, su estructura y criterios de calificación serán los establecidos en la Orden del Ministerio de Fomento, de 28 de mayo de 1999, por la cual se desarrolla el Capítulo 1º del Título II del Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres en materia de expedición de certificados de capacitación profesional (BOE núm. 139, de 11 de junio de 1999)
Los ejercicios que deberán superar los aspirantes a la obtención del certificado de capacitación profesional para el ejercicio de las actividades de transporte, se basarán en el contenido de las materias incluidas en el anexo B) de la citada Orden Ministerial, en su correspondiente modalidad o grupo
TERCERA – Solicitudes
Las solicitudes para tomar parte en las pruebas, debidamente cumplimentadas de conformidad con el modelo adjunto a esta resolución, se presentarán al Consejo Insular de Ibiza en un plazo que se iniciará a partir del día siguiente al de la publicación en el BOIB de esta convocatoria y que finalizará el próximo día 21 de marzo de 2015.
Las solicitudes deberán acompañarse de una fotocopia del Documento Nacional de Identidad en vigor y, en su caso, cuando se produzcan las circunstancias reglamentarias previstas que posibiliten la presentación en las pruebas en una localidad diferente de aquella en la cual el solicitante tenga su domicilio habitual, de los documentos acreditativos de esas circunstancias.
CUARTA - Domicilio y requisitos de los aspirantes.
Los aspirantes al reconocimiento de la capacitación profesional, sólo podrán concurrir a los ejercicios celebrados ante el Tribunal nombrado por este Consell Insular si tienen su domicilio legal en cualquiera de los municipios de la isla de Ibiza.
Para demostrarlo deberán presentar al Tribunal en el momento del inicio de los ejercicios, el original de su DNI, con el domicilio que aparezca incluido en el ámbito territorial que alcance la actuación del citado tribunal. Cuando se produzcan cambios de domicilio no reflejados todavía en el DNI, podrá justificarse con un certificado de empadronamiento emitido por el correspondiente Ayuntamiento, con una antigüedad mínima de seis meses de residencia..
Las personas que justifiquen tener su domicilio en territorio extranjero, podrán concurrir a las pruebas, y tendrán que presentar la correspondiente solicitud en unión de los oportunos justificantes
QUINTA.- La composición del Tribunal calificador de las citadas pruebas es el siguiente:
Presidente: Sra. Belén Planells Tur
Secretario: Sr. Antonio Montero Guasch
Vocal 1º: Sra. Lourdes Riera Ribas
Vocal 2º: Sr. Antonio Nieto Burgos
Vocal 3º: Sr. Fco. Javier Serra Ferrer (PIMEEF)
Suplente del Presidente: Sr. Juan Manuel Gil Gómez
Suplente del Secretario: Sra. Mercedes Reig Torres
Suplente del Vocal 1º: Sra. María Jurado Linares
Suplente del Vocal 2º: Sr. Juan Antonio Torres Planells
Suplente del Vocal 3º: Sra. Gloria Vargas Ribas (PIMEEF)
SEXTA- Lugar y fecha de celebración de las pruebas:
Lugar de los ejercicios:
Consejo Insular de Ibiza
Av. España, 49
07800 Eivissa
Fecha y hora:
Jueves, día 26 de marzo de 2015
08,30 horas: Ejercicio para la modalidad de transporte interior y internacional de mercancías
12,15 horas: Ejercicio para la modalidad de transporte interior y internacional de viajeros
SÉPTIMA- Modelo de presentación de instancias:
.......................................(nombre y apellidos)....................................................que vivo en ........(población)................ y con domicilio en la calle ................................................ ................................................................. núm. ............, piso .............., teléfono .......................... con DNI núm. ................................,
EXPONGO: que reúno todos y cada uno de los requisitos exigidos en las bases aprobadas por Decreto del Consejero Ejecutivo del departamento de Política de Movilidad y Medio Ambiente de fecha ,,,, de ,,,,, de 2015 para la realización de pruebas de capacitación profesional de transportista (se adjunta fotocopia del DNI).
Por lo anterior
SOLICITO: ser admitido a las citadas pruebas en la modalidad que a continuación señalo:
( ) Transporte interior y internacional de mercancías
( ) Transporte interior y internacional de viajeros
Lo manda y firma la Hble. Sra. Consejera Ejecutiva del departamento de Movilidad, Interior y Medio Ambiente y da fe la Secretaria Accidental.
Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, puede interponerse recurso de alzada, de acuerdo con los artículos 107 y 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero. El recurso podrá interponerse dentro de plazo de un mes contados a partir del día siguiente a la recepción de la presente notificación, mediante un escrito dirigido a la Presidencia del Consell Insular, presentado en esta Corporación o en las dependencias a qué se refiere el artículo 38.4 de la mencionada Ley 30/92. El recurso tendrá que resolverse en el plazo de tres meses, transcurrido el cual se entenderá desestimado, y quedará abierta la vía contenciosa-administrativa.
Ibiza, 7 de marzo del 2014
El Secretario Técnico del Área de Presidencia
Agustín Goerlich López