Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE EIVISSA
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM. 1 DE EIVISSA
Núm. 1145
Despido ceses en general 550/2014
D/Dª JAVIER CASTILLO GARCIA, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 001 de IBIZA/EIVISSA, HAGO SABER:
Que en el procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000550 /2014 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D/Dª NOEMI GRANADOS OCAÑA contra CRISTIAN GIANNOBILE sobre DESPIDO, se ha dictado sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal:
“FALLO
Estimo la demanda interpuesta por Dª. NOEMI GRANADOS OCAÑA contra D. CRISTIAN GIANNOBILE, declarando la improcedencia del despido de la actora de fecha 29.05.2014, y condeno a D. CRISTIAN GIANNOBILE a estar y pasar por la anterior declaración, y a optar, o bien por la readmisión de la actora, con abono de los salarios de tramitación a razón de 48,41 euros diarios, desde la fecha del despido hasta la notificación de esta sentencia, o bien le indemnice, en la cuantía de 532,51 euros.
Condeno a D. CRISTIAN GIANNOBILE, a abonar a la actora, en concepto de salarios pendientes, un importe de 4.613,63 euros, más el 30 % en concepto de interés.
Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Baleares, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los cinco días hábiles siguientes al de la notificación del presente fallo, siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio de justicia gratuita haber consignado el importe íntegro de la condena en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, número 0493/0000/61/0550/14, en la entidad SANTANDER, o presente aval solidario de Entidad Financiera por el mismo importe; depositando además la cantidad de 300 euros en la cuenta de este Juzgado, número 0493/0000/65/0550/14, y sin cuyos requisitos no podrá ser admitido el recurso.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. FIRMADO Y RUBRICADO”.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a CRISTIAN GIANNOBILE, en ignorado paradero, expido el presente en IBIZA/EIVISSA, a veintidós de Diciembre de dos mil catorce.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL