Sección V. Anuncios
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AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 1576
Disciplina DO-2010-0070 prop 3 Propuesta Demolición
Como consecuencia del expediente incoado en este Negociado por presunta infracción urbanística, a Sra. Margarita Isabel Galmés Garau, Sr. Jerónimo Galmés Muller, Sra. Laura Samanta Galmés Muller, (propietaris) i contra MAXWELL HOTELS S.L.U (empresa promotora), exp.núm. DO-2010/70, y habiéndose intentado la notificación sin resultado positivo, por el presente edicto se notifica a Sra. Laura Samanta Galmés Muller (propietaria),, de conformidad con el art. 59-5 de la Ley 30/92 de 26 de Noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y 194 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de Noviembre del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, que trascrito dice:
Propuesta de resolución: Que formula la instructora del expediente de demolición o de reconstrucción, que se sigue contra la Sra. Margarita Isabel Galmés Garau, Sr. Jerónimo Galmés Muller, Sra. Laura Samanta Galmés Muller, (propietarios) y contra MAXWELL HOTELES SLU (empresa promotora), de conformidad con lo dispuesto en los artículos 66 y 67 de la Ley 10/90, de 23 de octubre, de disciplina urbanística de la CAIB.
RESULTANDO: Que ha transcurrido el plazo de dos meses concedido a los interesados para soliciten la oportuna licencia, o se ajusten a licencia u orden de ejecución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 65, 1º de dicha ley.
CONSIDERANDO: Los artículos citados y demás de general aplicación el instructor formula la siguiente propuesta de demolición, retirada o reconstrucción de las obras que se relacionan a continuación, a cargo de los interesados, así como lo procedente para impedir definitivamente los usos a que diera lugar.
A la Sra. Margarita Isabel Galmés Garau, Sr. Jerónimo Galmés Muller, Sra. Laura Samanta Galmés Muller, (propietarios) y contra MAXWELL HOTELES SLU (empresa promotora), para que procedan a la retirada / demolición de las obras realizadas en la av Joan Miró 74 BJ, (HOTEL FELIZ), RC 07893508001, consistentes en "construcción de un muro de cierre de 1,20 x 20 m aproximadamente en la terraza y colocación sobre este muro de perfiles metálicos y cristaleras ya colocados en fecha 10/05/10, así como la instalación de un nuevo jacuzzi de unos 3 x 4 m aproximadamente y el nuevo entarimado de la terraza de unos 25 m2 aprox. Las obras denunciadas no se contemplan las licencias CSS-2013/3402 y CN-2010/1014 ", exp. DO-2010/70, así como cualquier otro tipo de obra o instalaciones realizadas sin la preceptiva licencia municipal para restituir la vivienda al estado en que se encontraba antes de la comisión de la infracción urbanística y visto el informe emitido por la Unidad Técnica de Información Básica del 11/20/2014 que indica que "consultada la licencia municipal CN 2014/1420 por" ampliación de jacuzzi ", la licencia no se ajusta a las obras denunciadas".
CONCEDER a la Sra. Margarita Isabel Galmés Garau, Sr. Jerónimo Galmés Muller, Sra. Laura Samanta Galmés Muller, (propietarios) y contra MAXWELL HOTELES SLU (empresa promotora), un plazo improrrogable de 10 días para que formulen todas las alegaciones que consideren convenientes.
Advertir que, de conformidad con lo establecido en el artículo 67,1r de la Ley 10/90, de 23 de octubre, de disciplina urbanística de la CAIB, transcurrido dicho plazo sin que se hubieran presentado las alegaciones o desestimadas, el Consejo de Gerencia de Urbanismo acordará la retirada, demolición o reconstrucción de las obras por el interesado y se procederá a impedir definitivamente los usos a los que diera y le concederá un plazo adecuado a su caso, con la advertencia de que el Ayuntamiento lo podrá ejecutar subsidiariamente en caso de incumplimiento.
Le recuerdo que, de acuerdo con el art. 14 del Estatuto de Autonomía, puede ejercer su derecho de opción lingüística respecto a las futuras notificaciones que se realicen.
Para servicio de registro de documentos, caja, así como información general y fiscal, puede dirigirse a las siguientes oficinas: OAC AVINGUDES- Av. Gabriel Alomar, 18 (Edif. Avingudes); OAC CORT- Pl. Santa Eulàlia, 9, bjs. (Ajuntament); OAC PERE GARAU- c. Pere Llobera, 9; OAC SANT AGUSTÍ- c. Margaluz, 30; OAC SANT FERRAN- Av. Sant Ferran, 42 (Edif. Policía Local); OAC S’ARENAL- Av. América, 11; OAC S’ESCORXADOR- c. Emperadriu Eugènia, 6; OAC SON FERRIOL- Av. Cid 8. Horario de atención al público: Todo el año: de 8.30 a 14.00 h. de lunes a viernes (todas las oficinas). Horario ampliado de octubre a mayo: de 8.30 a 17 h. de lunes a jueves (OAC Avingudes). Sábados abierto de 9.30 a 13.30 h. en OAC Cort (sólo registro).
Palma, 27 de enero de 2014
La jefa de departamento de Disciplina y Seguridad de los Edificios
P.D. Decreto de Alcaldía nº 10434 de 8/6/2012 (B.O.I.B. nº 85 de 14/6/2012)
Elvira Salvà Armengod