Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE ES MIGJORN GRAN
Núm. 1516
Bases de la 3era convocatoria de plazas en el coworking Migjorn del Ayuntamiento des Migjorn Gran
Se hace público que la Junta de Gobierno Local en sesión ordinaria de fecha 28 de enero de 2015, adoptó el siguiente acuerdo en relación a la Convocatoria de plazas en el "Coworking Migjorn":
PRIMERO. - Aprobar las bases que regirán la concesión de plazas en el Coworking Migjorn.
SEGUNDO. - Aprobar simultáneamente la convocatoria, que se regirá por las bases a que se ha hecho referencia en el punto anterior.
TERCER. - El plazo de presentación de solicitudes, será de 15 días a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOIB.
Es Migjorn Gran, 30 de enero de 2015
EL ALCALDE
Pedro G. Moll Triay
BASES DE LA CONVOCATORIA DE PLAZAS EN EL COWORKING MIGJORN DEL AYUNTAMIENTO MIGJORN GRAN
A) Objeto de la convocatoria
1. El Ayuntamiento de Es Migjorn Gran pretende impulsar nuevas iniciativas empresariales que contribuyan a fomentar el desarrollo local y estimular la generación de empleo.
2. Por ello, se ofrecerá a los nuevos emprendedores y emprendedoras que quieran crear su propio negocio la posibilidad de contar, durante sus inicios, con un espacio habilitado al efecto.
3. Los cinco espacios vacantes de esta convocatoria se encuentran en el edificio situado en la c / Mirada del Toro, 7 (conocido como antigua biblioteca municipal).
4. El régimen de funcionamiento de este espacio está regulado por su propio Reglamento aprobado por el Pleno de fecha 27 de marzo de 2013.
B) Requisitos de los solicitantes
Podrá solicitar la incorporación al "Coworking" cualquier persona física o jurídica que tengan plena capacidad de obrar con el proyecto empresarial.
C) Selección de proyectos
1. El procedimiento de selección será abierto y la adjudicación se hará por concurso de acuerdo con los criterios establecidos en la letra d) de estas bases.
2. La Comisión de evaluación, seguimiento y validación prevista en el artículo 6 del Reglamento de funcionamiento del "Coworking", seleccionará los proyectos presentados.
3. Como el edificio en el que se encuentran los espacios vacantes objeto de esta convocatoria son bienes de dominio público propiedad del Ayuntamiento de Es Migjorn Gran su adjudicación se ajustará al procedimiento de licitación establecido en la normativa en materia de contratación. Por este motivo formará parte de la Comisión de evaluación, seguimiento y validación la secretaria-interventora del Ayuntamiento o los funcionarios en los que haya delegado.
4. Esta Comisión de evaluación, seguimiento y validación será la encargada de seleccionar, en el plazo máximo de un mes, a contar desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes, los proyectos que podrán disfrutar de las ventajas del "coworking "y elevar la propuesta correspondiente al Alcalde u órgano en quien delegue, para que dicte la resolución correspondiente.
5. Contra el acuerdo que adopte esta Comisión las personas interesadas podrán presentar recurso de reposición, el será resuelto por la propia Comisión.
D) Criterios de valoración
Los aspectos que la Comisión de evaluación, seguimiento y validación valorarán son:
- Presentación del plan de empresa: hasta 4 puntos
- Objeto del proyecto: conciliación de la vida familiar y laboral: hasta 3 puntos
- Innovación y originalidad: hasta 3 puntos
- Prevención y salud laboral: hasta 2 puntos
- Potencial de crecimiento: hasta 2 puntos
- Respeto al medio ambiente: hasta 2 puntos
- Nivel de economía social: hasta 3 puntos
- Creación de empleo estable: hasta 2 puntos
- Viabilidad técnica, económica y financiera: hasta 3 puntos
- Empadronamiento en el municipio de Es Migjorn (con una antigüedad mínima de un año): hasta 2 puntos
E) Plazo y lugar de presentación de las solicitudes
1. El plazo de presentación de las propuestas es de 15 días a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el BOIB.
2. Las solicitudes deberán presentarse en el registro de entrada del Ayuntamiento de Es Migjorn Gran.
3. Las instancias se acompañarán de dos sobres, uno de documentación administrativa y otro que contenga la documentación del proyecto empresarial. Estos sobres se entregarán cerrados y la apertura de la documentación acreditativa del proyecto la realizará la Comisión de evaluación, seguimiento y validación en acto privado
F) Requisitos de las solicitudes
1. Las solicitudes se deben formalizar mediante instancia, cuyo modelo se facilitará en las dependencias del Ayuntamiento. En los sobres que acompañan la instancia se acompañará la siguiente documentación:
1. I. Documentación administrativa
· Copia cotejada del DNI de la persona promotora solicitante
· Copia compulsada del CIF y de la escritura de constitución en el caso de que la empresa ya sea constituida
· Declaración expresa responsable de no hallarse comprendido en ninguna de las causas de incapacidad e incompatibilidades establecidas en el artículo 60 del TRLCSP.
Esta declaración comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y en el impuesto sobre actividades económicas (IAE), impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación de estos requisitos deberá exigir antes de la firma del contrato correspondiente. En caso de no estar dado de alta del IAE, deberá presentar el compromiso de darse antes de la formalización del contrato.
1. II. Documentación acreditativa del proyecto
· Memoria descriptiva del proyecto y plan de empresa que tendrá que incluir aspectos comerciales, organizativos, laborales, económicos y financieros de la idea de negocio.
2. Dado el caso de que la solicitud o la documentación adjunta fueran incorrectas o incompletas, el Ayuntamiento requerirá la rectificación o el complemento necesarios. Si en el plazo de diez días hábiles la persona promotora interesada no hace la rectificación reclamada o no presenta la documentación requerida, se entenderá por desestimada su petición y el Ayuntamiento podrá archivar el expediente de oficio sin más trámite.
G) Condición de usuario
1. Las empresas seleccionadas accederán a los espacios del "Coworking Migjorn" una vez formalizado el pertinente contrato de cesión de usos aprobado por el Pleno del Ayuntamiento en fecha 27/03/2013, y después de adoptar la forma jurídica prevista para la realización de la su actividad empresarial.
2. La duración del contrato de cesión de usos será de un año, prorrogable por periodos de seis meses y hasta un máximo de 3 años.
3. Las empresas seleccionadas deberán cumplir, obligatoriamente las normas vigentes en materia laboral y tributaria y de seguridad e higiene en el trabajo.
H) Interpretación de las bases
La Junta de Gobierno Local quedará facultada para interpretar y / o decidir sobre cualquier excepción o caso particular que ni esté previsto en las bases anteriores.