Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO DE GOBIERNO
Núm. 1565
Acuerdo del Consejo de Gobierno de día 30 de enero de 2015 mediante el cual se aprueba la modificación de la relación de puestos de trabajo a consecuencia de la reestructuración orgánica derivada de lo dispuesto por el Decreto 15/2014, de 12 de diciembre, del presidente de las Illes Balears
Mediante el Decreto 5/2013, de 2 de mayo, del presidente de las Illes Balears, se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Mediante el Decreto 15/2014, de 12 de diciembre, del presidente de las Illes Balears, se modifica el Decreto 6/2013, de 2 de mayo, del presidente de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, a los efectos de introducir cambios en la estructura y delimitación material de las competencias asignadas a la Consejería de Educación, Cultura y Universidades.
El artículo 31.3 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, dispone que cuando las modificaciones sean a consecuencia de reestructuración orgánica, dicha modificación se llevará a cabo automáticamente y requerirá únicamente de su aprobación por parte del Consejo de Gobierno y de su publicación.
Por todo ello, el Consejo de Gobierno, a propuesta del consejero de Administraciones Públicas, en sesión de 30 de enero de 2015, adoptó, entre otros, el Acuerdo siguiente:
“Primero. Aprobar la modificación de la relación de puestos de trabajo a consecuencia de la reestructuración orgánica derivada de lo dispuesto por el Decreto 15/2014, de 12 de diciembre, del presidente de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, tal como figura en el anexo adjunto al presente acuerdo.
Segundo. Facultar a los consejeros de Hacienda y Presupuestos y de Administraciones Públicas para que adopten las medidas necesarias para la ejecución del presente acuerdo.
Tercero. Ordenar la publicación del presente acuerdo y de su anexo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.”
Palma, 30 de enero de 2015
El secretario del Consejo de Gobierno
Antonio Gómez Pérez