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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 1540
Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 26 de enero de 2015 por la que se acuerda la movilidad en razón del servicio del personal de compras de las gerencias que se integra en la Central Corporativa de Compras y Logística del Servicio de Salud de las Islas Baleares

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Texto

Antecedentes

1. La Central Corporativa de Compras y Logística (C3L) se configura como un nuevo proyecto de centralización de los servicios con el que se pretende conseguir mejoras importantes en la gestión de las compras y en la logística.

2. El proyecto centraliza y unifica la totalidad de los recursos materiales y humanos en materia de compras —que hasta la actualidad han estado en manos de las diferentes gerencias territoriales del Servicio de Salud de las Islas Baleares— con la finalidad de unificar todas las unidades o departamentos en el nuevo servicio centralizado, adscrito a los Servicios Centrales del Servicio de Salud.

3. Para poder hacer efectivo el funcionamiento normal de la C3L, es necesario dotarla del personal necesario para desempeñar las funciones asignadas. Con esta finalidad, el 16 de enero de 2015 el Consejo de Gobierno adoptó un acuerdo por el que se aprueba el “Plan de ordenación de los recursos humanos por el que el personal de compras de las gerencias se integra en la Central Corporativa de Compras y Logística del Servicio de Salud de las Islas Baleares y se regula el procedimiento de movilidad en razón del servicio que se deriva de ello y se reordena el personal”. El Acuerdo se publicó íntegramente en el Boletín Oficial de las Islas Baleares el 17 de enero de 2015.

4. El Plan dispone que hay que implementar diversas medidas de identificación, movilidad y reordenación de personal, y de modificaciones de plantillas. Así pues, hay que llevar a cabo las actuaciones siguientes después de identificar al personal afectado:

· Por una parte, hay que llevar a cabo un proceso de movilidad en razón del servicio con el fin de destinar a los Servicios Centrales el personal fijo que presta servicio en los departamentos de compras adscritos a las gerencias territoriales del Servicio de Salud, e integrarlo en la plantilla correspondiente. La movilidad supone un cambio de adscripción, de manera que las personas afectadas pasarán a integrar la plantilla orgánica de los Servicios Centrales.

· En cuanto al personal que esté en las situaciones de comisión de servicios o de promoción interna temporal, o que ocupe una jefatura, hay que actuar de la manera establecida en el Plan.

5. Una vez identificadas las personas afectadas por las medidas previstas en el Plan, hay que implementar el proceso de movilidad oportuno, de conformidad con las indicaciones aprobadas por el Consejo de Gobierno.

Consideraciones jurídicas

1. La C3L es el resultado de un proyecto que centraliza y unifica la gestión y la totalidad de los recursos materiales y humanos en materia de compras. Con esta finalidad, hay que reordenar el personal afectado para que pase a depender de los Servicios Centrales del Servicio de Salud. Por ello era necesario diseñar un plan de ordenación de los recursos humanos (PORH) que estableciese diversas medidas de gestión de conformidad con la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del estatuto marco del personal estatutario de los servicios de salud.

2. Según el artículo 13 de la Ley 55/2003, los PORH son el instrumento básico de planificación global de los recursos humanos en un servicio de salud y deben especificar los objetivos en materia de personal y los efectivos y la estructura de los recursos humanos que se consideren adecuados para lograr esos objetivos.

3. De conformidad con el artículo 80 de la Ley 55/2003, relativo a pactos y acuerdos que se adoptan en el seno de las mesas de negociación, los PORH se establecen como materia que debe ser necesariamente objeto de negociación.

4. Por otra parte, según el artículo 5.2.f de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, corresponde al Consejo de Gobierno aprobar los PORH y los programas específicos para optimizar los recursos humanos.

5. En virtud de las consideraciones anteriores, se diseñó un PORH relativo al personal de compras de las gerencias, en virtud del cual este se integra en la C3L, entre otras medidas de reordenación. Este PORH fue negociado con las organizaciones sindicales representadas en la Mesa Sectorial de Sanidad en la sesión del 22 de diciembre de 2014.

6. En consecuencia, el 17 de enero de 2015 se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 16 de enero de 2015 por el que se aprueba el “Plan de ordenación de los recursos humanos por el que el personal de compras de las gerencias se integra en la Central Corporativa de Compras y Logística del Servicio de Salud de las Islas Baleares y se regula el procedimiento de movilidad en razón del servicio que se deriva de ello y se reordena el personal”.

7. El punto 7 del Plan detalla el procedimiento que hay que seguir para dotar a la C3L de los recursos humanos adecuados para desempeñar las tareas que tiene encomendadas. El procedimiento consta de dos fases principales: la primera consiste en la identificación, la movilidad y la reordenación del personal; la segunda establece la modificación de plantillas y la ordenación y la reestructuración internas. Concretamente, dispone lo siguiente:

b)  En cuanto al proceso de movilidad, con relación al personal estatutario fijo que presta servicio en los departamentos de compras adscritos a las gerencias territoriales del Servicio de Salud, hay que ejecutar el proceso por medio de una resolución del director general por la que —de conformidad con el artículo 36 de la Ley 55/2003— se acuerde destinar a los Servicios Centrales a las personas que se indique e integrarlas en la plantilla correspondiente. La movilidad supondrá el cambio de adscripción, y por ello las personas afectadas pasarán a integrar la plantilla orgánica de los Servicios Centrales, con todos los efectos inherentes que se desprendan de ello. La resolución, que ha de indicar la fecha efectiva de la movilidad, debe publicarse en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. Contra esta resolución se podrán interponer los recursos pertinentes. Además, la publicación en el BOIB servirá como notificación a las personas interesadas y sustituirá la notificación individualizada.

Simultáneamente, habrá que llevar a cabo las actuaciones oportunas para adaptar las plantillas orgánicas de las gerencias afectadas [...].

La resolución por la que se efectúe el cambio de adscripción del personal debe adjuntarse a cada uno de los expedientes personales de las personas interesadas, pero no habrá que hacerles un nuevo nombramiento, sin perjuicio de las adaptaciones necesarias y preceptivas de las plantillas.

El personal afectado por el procedimiento de movilidad se integrará —a todos los efectos— en los Servicios Centrales, en la misma categoría profesional de procedencia.

Este proceso no afectará a los profesionales que ya estén adscritos a los Servicios Centrales, aunque formarán parte de la C3L y se considerarán incorporados directamente.

c)  En cuanto al resto del personal de compras y al resto de situaciones que exigen reordenar los recursos, será necesario hacer los trámites oportunos para que todo el personal de los departamentos de compras quede adscrito a los Servicios Centrales, de conformidad con lo que establece este PORH. Se llevaran a cabo los trámites que se describen a continuación para cada circunstancia o colectivo siguientes:

1) Personal estatutario temporal interino:

[...]las correspondientes plazas interinas en las gerencias de origen, se amortizarán y paralelamente se crearán en la plantilla orgánica de los Servicios Centrales, expidiendo a las personas afectadas un nuevo nombramiento de personal temporal interino con adscripción a los Servicios Centrales.

2) Comisiones de servicio:

En los casos en que corresponda, se amortizarán estas plazas en las gerencias de origen —con lo que se cancelará la comisión de servicios— y paralelamente se crearán en la plantilla orgánica de los Servicios Centrales y serán asignadas a las personas que las ocupaban. El cambio de gerencia se efectuará por medio de una resolución de movilidad en razón del servicio [...].

3) Promociones internas temporales (PIT):

Si alguna de las personas afectadas ocupaba una plaza por la vía de la promoción interna temporal, se le otorgará una nueva plaza en promoción interna temporal en la plantilla autorizada de los Servicios Centrales, por parte del director general, con la avocación previa de la competencia, en su caso. Así pues, la plaza de origen a la que pertenecía y la plaza ocupada en PIT en la gerencia de origen serán amortizadas y creadas en la plantilla orgánica de los Servicios Centrales. Además, la plaza creada y ocupada en PIT será asignada a la persona que la ocupaba.

4) Jefaturas:

Si alguna de las personas afectadas ocupa una jefatura, el traspaso se hará de manera que se mantenga, sin perjuicio de expedir —en su caso— un nuevo nombramiento en relación con el nuevo destino y las funciones adquiridas. Se amortizarán las jefaturas de origen y se crearán en la plantilla orgánica autorizada de los Servicios Centrales y se asignarán a las personas que las ocupaban. […]

8. El punto 7.2.1 del Plan dispone que, una vez identificados los profesionales afectados, hay que implementar un proceso de movilidad en razón del servicio, en virtud del artículo 36 de la Ley 55/2003, según el cual el personal estatutario puede ser destinado a centros o unidades ubicados fuera del ámbito previsto en su nombramiento, de conformidad con lo que establezcan las normas o los PORH que hayan sido negociados previamente en las mesas correspondientes.

9. De acuerdo con la delegación de competencias prevista en el punto 2. b de la Resolución de la consejera de Interior de 31 de marzo de 2008 de delegación de competencias en materia de personal estatutario en el consejero de Salud y Consumo y en el director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares (BOIB n.º 60/2008, de 3 de mayo), el director general del Servicio de Salud es el órgano competente para resolver los procedimientos de movilidad en razón del servicio, de conformidad con las prescripciones de la normativa vigente. Además, en el punto 2.z se le asignan todas las competencias que no estén atribuidas expresamente a otros órganos.

Por todo lo expuesto, dicto la siguiente

Resolución

1. Acordar la movilidad en razón del servicio del personal que figura en el anexo de esta resolución, de conformidad con el artículo 36 de la Ley 55/2003, y adscribirlo a la plantilla de los Servicios Centrales del Servicio de Salud de las Islas Baleares aplicando el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 16 de enero de 2015 por el que se aprueba el “Plan de ordenación de los recursos humanos por el que el personal de compras de las gerencias se integra en la Central Corporativa de Compras y Logística del Servicio de Salud de las Islas Baleares y se regula el procedimiento de movilidad en razón del servicio que se deriva de ello y se reordena el personal”.

2. Establecer que se adjudican las plazas de dicho personal proveniente de diversas gerencias territoriales al nuevo destino, en la categoría y con las circunstancias que se expresan en el anexo. La adjudicación implica la adscripción directa en la plantilla orgánica de los Servicios Centrales, habiendo modificado previamente las plantillas correspondientes, tal como prevé el Plan.

3. Determinar que el cambio de adscripción de las plazas y el resto de medidas tienen efecto a partir del 9 de febrero de 2015.

4. Establecer que, como consecuencia del proceso de movilidad, deben cancelarse las comisiones de servicio, de conformidad con lo que el Plan establece.

5. Disponer que la señora Francisca Araceli Carbonell Alòs (con DNI 43044924X), con la categoría de personal estatutario fijo del grupo C2, proveniente de la Comunidad Valenciana y que está ocupando una plaza en comisión de servicios en la Gerencia del Sector Sanitario de Ponent, debe ser objeto de una modificación para que la comisión de servicios tenga destino en los Servicios Centrales del Servicio de Salud.

6. Establecer que las personas que se indican a continuación tienen que ser objeto de un nuevo nombramiento como personal interino con adscripción a los Servicios Centrales del Servicio de Salud:

 

Gerencia de origen

Gerencia de destino
o de adscripción

Nombre

Apellidos

DNI

Grupo

Tramuntana

Servicios Centrales

María Isabel

Berga

Figuerola

18233014V

A2

Ponent

Servicios Centrales

María del Carmen

Albendea

González

42947595V

C2

Migjorn

Servicios Centrales

Alicia Belén

Cárdenas

Sánchez

71127270T

C2

 

7. Disponer que hay que llevar a cabo el resto de operaciones para implementar todas las medidas previstas en el Plan.

8. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta resolución —que agota la vía administrativa— puede interponerse un recurso de reposición ante el órgano que la dicta, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta resolución, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en relación con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También puede interponerse directamente un recurso contencioso-adminis­trativo ante los juzgados de lo contencioso-administrativo de Palma en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta resolución, de conformidad con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se considere procedente interponer.

 

Palma, 26 de enero de 2015

 

El director general

Miquel Tomàs Gelabert

Por delegación de competencias del consejero de Interior (BOIB 60/2008)

 

Anexo

Lista del personal de compras de las gerencias que se integra en la Central Corporativa de Compras y Logística del Servicio de Salud de las Islas Baleares

Gerencia de origen

Gerencia actual

Gerencia de destino
o de adscripción

Apellido1

Apellido2

Nombre

DNI

Grupo de origen

Categoría retributiva actual / Observaciones

Llevant

SSCC (com. serv.)

Servicios Centrales

Cruelles

Bennàsar

Catalina

42974857R

C1

Grupo administrativo FA

Llevant

SSCC (com. serv.)

Servicios Centrales

Cuevas

Belmonte

María José

07546199Z

A2

Grupo de gestión FA

Llevant

SSCC (com. serv.)

Servicios Centrales

Díaz

Hernández

María José

29012995J

C1

Grupo administrativo FA

Migjorn

Migjorn

Servicios Centrales

Eguizabal

Arranz

Sonia

30608373L

C1

Grupo administrativo FA

Migjorn

Migjorn

Servicios Centrales

Méndez

Fernández

Carmen

43074202D

C2

Grupo auxiliar administrativo FA

Migjorn

Migjorn

Servicios Centrales

Nadal

Dolç

Maria Mercè

18233007X

C1

Grupo administrativo FA

Migjorn

Migjorn

Servicios Centrales

Vanrell

Martínez

Maria

43024745W

C1

Grupo administrativo FA

Migjorn

SSCC (com. serv.)

Servicios Centrales

Gómez

Parelló

Georgina

18235678J

C1

Grupo administrativo FA

Migjorn

SSCC (serv. especial)

Servicios Centrales

Novas

Rodríguez

Pedro

43087352A

A2

Grupo de gestión FA (serv. esp. SSCC Subdir.)

Ponent

Ponent

Servicios Centrales

Alcover

Nicolau

Magdalena

43038180M

C2

Grupo auxiliar administrativo FA

Ponent

Ponent

Servicios Centrales

Bosch

Pou

Catalina

43021935K

C2

PIT Grupo administrativo FA (C1)

Ponent

Ponent

Servicios Centrales

Coll

Garau

Antonia

42942357T

C2

Grupo auxiliar administrativo FA

Ponent

Ponent

Servicios Centrales

Díaz

Almendros

Antonia

42940442V

C2

Grupo auxiliar administrativo FA

Ponent

Ponent

Servicios Centrales

Eslava

Jaime

Manuel

30472410D

C2

Grupo auxiliar administrativo FA – CE

Ponent

Ponent

Servicios Centrales

García

Verger

Isabel

43129659J

C2

Grupo auxiliar administrativo FA

Ponent

Ponent

Servicios Centrales

Jiménez

Bonilla

Virginia

43081147P

C2

Grupo auxiliar administrativo FA

Ponent

Ponent

Servicios Centrales

Lliteres

Bernad

Joan

43037828K

C1

Grupo administrativo FA

Ponent

Ponent

Servicios Centrales

Salom

Moreno

Maria Coloma

43040036Q

C2

Grupo auxiliar administrativo FA

Ponent

Ponent

Servicios Centrales

Vidal

Pomar

Paula

43043232C

C2

Grupo auxiliar administrativo FA - CG

Ponent

SSCC (com. serv.)

Servicios Centrales

Cantó

Liesegang

Gloria

37336780Y

C2

Grupo auxiliar administrativo FA

Ponent

SSCC (com. serv.)

Servicios Centrales

Femenias

Rosselló

Catalina

43051584T

C2

Grupo auxiliar administrativo FA (Reing Prov)

Ponent

SSCC (com. serv.)

Servicios Centrales

Latorre

Artés

Rafael

42970151X

C2

Grupo auxiliar administrativo FA

Ponent

SSCC (com. serv.)

Servicios Centrales

Miró

Aguiló

Isabel

43053536C

C2

Grupo auxiliar administrativo FA (Reing Prov)

Ponent

SSCC (com. serv.)

Servicios Centrales

Terol

Requena

María Estrella

42978446W

C2

Grupo auxiliar administrativo FA

Tramuntana

Ponent (com. serv.)

Servicios Centrales

Llabrés

Comamala

Marta

43114043Z

C2

Grupo auxiliar administrativo FA

Tramuntana

SSCC (com. serv.)

Servicios Centrales

Gigante

Serra

Ana

27447679P

C1

Grupo administrativo FA

Tramuntana

Tramuntana

Servicios Centrales

Moreno

Gutiérrez

M. Carmen

43070598Q

C2

PIT Grupo gestión FA (A2) - CS

ASM

SSCC (com. serv.)

Servicios Centrales

Terrassa

Riutort

Maria

43061773T

C2

Grupo auxiliar administrativo FA

ASIF

SSCC (com. serv.)

Servicios Centrales

González

Ramón

María Antonia

43074225D

C2

Grupo auxiliar administrativo FA

ASIF

SSCC (com. serv.)

Servicios Centrales

Gutiérrez

Huguet

Laura

43114272J

C2

Grupo auxiliar administrativo FA