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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE FAMILIA Y SERVICIOS SOCIALES

Núm. 1416
Resolución por la que se somete a información pública el Proyecto de orden de creación y supresión de ficheros que contienen datos de carácter personal de la Consejería de Familia y Servicios Sociales y del Instituto Balear de la Mujer

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Texto

Antecedentes

1. La memoria del secretario general de 9 de enero de 2015 estableció la necesidad de iniciar el procedimiento de elaboración de una orden de creación y supresión de ficheros que contienen datos de carácter personal de la Consejería de Familia y Servicios Sociales y del Instituto Balear de la Mujer. Esta memoria, además de justificar la oportunidad de la norma, incluye el marco normativo en el que se inserta, la tabla de vigencia de las disposiciones afectadas, el análisis de impactos y el estudio de las cargas administrativas del proyecto de la norma en relación con la Administración y las personas interesadas.

2. El 21 de enero de 2015, la consejera de Familia y Servicios Sociales emitió la resolución por la que se ordena el inicio del procedimiento de elaboración de la norma y designó a la Secretaria General como órgano responsable de tramitarla.

3. Se ha elaborado el Proyecto de orden de creación y supresión de ficheros que contienen datos de carácter personal de la Consejería de Familia y Servicios Sociales y del Instituto Balear de la Mujer.

Fundamento de derecho

El artículo 44 de la Ley 4/2001, de 14 de marzo, del Gobierno de las Illes Balears, que establece que, cuando lo exija la naturaleza de la disposición o lo decida el Consejo de Gobierno o el consejero competente, el proyecto se someterá a información pública.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Someter el borrador del Proyecto de orden de creación y supresión de ficheros que contienen datos de carácter personal de la Consejería de Familia y Servicios Sociales y del Instituto Balear de la Mujer a la audiencia de la ciudadanía y ponerlo a disposición de las personas interesadas en el Servicio Jurídic adscrito a la Secretaría General de la Consejería de Familia y Servicios Sociales (Pl. de la Drassana, 4, de Palma), en la web de la Consejería <http://familiaiserveissocials.caib.es> y en la página web Participación Ciudadana  (<http://participaciociutadana.caib.es>) del Gobierno de las Illes Balears. 

2. Fijar el plazo de audiencia en quince días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears. Las alegaciones se tienen que presentar en la sede de la Secretaría General de la Consejería de Familia y Servicios Sociales, Pl. de la Drassana, 4, de Palma, o en cualquiera de los sitios que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y tienen que ir dirigidas a la Consejería de Familia y Servicios Sociales (Secretaria General). 

3. Habilitar la posibilidad de presentar alegaciones a través de medios telemáticos mediante el apartado “Participación en la elaboración de normativa” de la página web Participación Ciutadana (<http://participaciociutadana.caib.es>) del Gobierno de las Illes Balears, dentro del plazo que se establece en el apartado anterior, de acuerdo con el artículo 34.2 f de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Siempre que las alegaciones presentadas mediante la web incluyan la identificación de la persona o entidad que las hace, se incluirán en el expediente de elaboración normativa, aunque no consten en el registro de entrada electrónico de la Administración de la Comunidad Autónoma. A estos efectos,  el funcionario o funcionaria del órgano competente de la tramitación del procedimiento normativo que las reciba electrónicamente tiene que emitir una diligencia de las alegaciones presentadas.  

 

4. Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, 22 de enero de 2015

 

El director general de Servicios Sociales

Por suplencia del secretario general, de acuerdo con la Resolución

de la consejera de Familia y Servicios Sociales, de 13 de mayo de 2013,

(BOIB núm. 70, de 18 de mayo de 2013) 

Rafael Romero Ferrer