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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE SANT ANTONI DE PORTMANY

Núm. 1357
Convocatoria concurso escultura Josep Planells i Bonet

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Texto

CONVOCATORIA DE UN CONCURSO PARA LA REALIZACIÓN DE UNA ESCULTURA EN MEMORIA Y HOMENAJE A JOSEP PLANELLS I BONET EN SANT RAFEL.

El Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany (en adelante, el Ayuntamiento) tiene la voluntad de perpetuar la memoria de Josep Planells i Bonet (Sant Rafael, 1928 - Eivissa, 2014), conocido popularmente como Pep Negre, mediante la instalación de una escultura dedicada a este insigne y apreciado rafeler, de reconocida trayectoria intelectual, religiosa y humana, que recibió en vida la Medalla del Municipio en la categoría de Oro.

Por este motivo, el Ayuntamiento convoca un concurso público para la realización de dicha escultura, que se regirá por las siguientes bases.

BASES DEL CONCURSO

1. Objeto

El objeto de estas bases es iniciar una convocatoria artística, mediante concurso de ideas o proyecto, para la adjudicación y la ejecución de una escultura al aire libre.

Los artistas pueden presentar proyectos escultóricos de carácter permanente dedicados a este reconocido personaje, que deben tener garantizada la perdurabilidad en el tiempo, la resistencia a la intemperie, la estabilidad y una adecuada cimentación.

2. Participantes

El Ayuntamiento quiere fomentar la participación artística e invita a los escultores que estén interesados, residentes y de fuera, a presentar sus propuestas al concurso, de forma individual o colectiva. En este último caso, deberán nombrar un representante.

Las personas o equipos participantes pueden presentar una sola propuesta a la convocatoria, que debe estar libre de derechos a terceros. El Ayuntamiento quedaría exento de cualquier responsabilidad en caso de litigio o discusión que se pudiera derivar de esta condición.

3. Tema

El tema de la escultura es el homenaje a Josep Planells i Bonet, a lo que representó su figura humana, intelectual y religiosa para Eivissa. Debe incluir obligatoriamente la siguiente leyenda:

Josep Planells Bonet, Pep Negre

Mossènyer, poeta i escriptor

(1928 – 2014)

4. Técnica, material y tamaños

La técnica, el material y las dimensiones de la obra son de libre elección, pero deben estar en consonancia con el lugar donde se ubicará, un parque al lado de la iglesia. Asimismo, la forma de los proyectos no puede comportar ningún tipo de peligro ni riesgo para los usuarios del parque.

El proyecto presentado debe concretar la ejecución de la escultura o grupo escultórico en cuanto a la forma, los materiales, los colores, los tamaños, el emplazamiento o el anclaje, entre otros.

Los trabajos presentados deben ser originales e inéditos, y no haber sido seleccionados ni premiados en ningún otro certamen o concurso.

El jurado puede declarar el premio del concurso desierto si lo considera pertinente.

5. Ubicación

La escultura se ubicará al aire libre, en el parque Josep Planells i Bonet de Sant Rafel, junto a la iglesia.

6. Dotación

Se establece una dotación económica máxima de 9.000 euros para la creación, ejecución y material de obra (IVA incluido). En esta dotación se incluyen los honorarios artísticos, la producción del proyecto, el transporte, los materiales, la colocación definitiva de la obra en el lugar asignado, así como la titularidad y los derechos de reproducción a favor del Ayuntamiento.

7. Documentación

Para la admisión de los trabajos se debe presentar la siguiente documentación.

7.1. Sobre A: descripción del proyecto

En un sobre bien cerrado y claramente identificado en el exterior con el lema "Sobre A: escultura en memoria de Josep Planells i Bonet" y un seudónimo del autor, se incluirá un dossier detallado que incluya:

- La descripción explicativa de los fundamentos del proyecto con la motivación, los objetivos y su adecuación al espacio elegido.

- El plan de ejecución y presupuesto justificativo del coste de la obra. Materiales y medios detallados que se utilizarán.

- La documentación gráfica explicando el proyecto (maqueta, planos, bocetos, dibujos explicativos o desarrollo virtual del proyecto y/o cualquier elemento visual que se considere oportuno para facilitar la comprensión y conocimiento del proyecto. Esta documentación gráfica puede presentarse en papel o en soporte digital).

7.2. Sobre B: solicitud y datos identificativos

En otro sobre, también bien cerrado y claramente identificado en el exterior con el lema "Sobre B: escultura en memoria de Josep Planells i Bonet" y el mismo seudónimo del autor, se incluirán los siguientes documentos:

- La fotocopia del DNI o documento de residente actualizado del autor o autores. En caso de personas jurídicas, la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, debidamente inscritos, en su caso, en el registro público correspondiente según el tipo de persona jurídica de que se trate. Esta documentación deberá estar debidamente compulsada.

- La solicitud de participación, que ha contener la declaración responsable otorgada ante el órgano de contratación, de no incurrir en ninguna de las prohibiciones para contratar establecidas en el artículo 60 de la LCSP y de encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por la normativa vigente y la declaración responsable de que es autor de la obra presentada y que esta es original. Puede utilizarse el modelo que figura como anexo I a las bases.

- El compromiso de ejecución de la obra y solvencia económica (anexo II).

- El currículo profesional del autor, con las principales obras realizadas y el destinatario, público o privado de las mismas, las exposiciones en las que ha participado y la descripción de los medios técnicos disponibles para la realización de la obra definitiva.

- Atendiendo a la especial naturaleza del concurso, no se exige la constitución de garantía provisional ni definitiva.

8. Garantía de anonimato

Para garantizar el anonimato de los autores de las obras, primero se abrirá el sobre A para escoger la que el jurado considere la mejor obra y luego el sobre B, a fin de conocer los datos del ganador.

El resto de sobres B no se abrirán si no es necesario.

Las proposiciones cuyos sobres exteriores presenten algún signo o dato que revele la identidad del concursante o permita conocerla quedarán excluidas del concurso.

9. Presentación de los proyectos, plazo y publicidad

La instancia y los respectivos sobres se presentarán en el Registro General de Entrada de la Oficina de Atención al Ciudadano (OAC) del Ayuntamiento, ubicada en el Passeig de la Mar, núm. 16, de Sant Antoni de Portmany o en las formas previstas en la ordenación vigente.

El plazo de presentación de las propuestas al concurso es de 30 días naturales a partir de la publicación de estas bases en el BOIB, que también se publicarán en la web municipal y en el tablón de anuncios.

10. Criterios y puntuación

En la evaluación de las propuestas artísticas presentadas, el jurado tendrá en consideración los siguientes aspectos y puntuaciones:

- La originalidad de la obra: hasta 10 puntos.

- La calidad y el valor artístico del diseño: hasta 10 puntos.

- La relación artística con la temática del concurso: hasta 10 puntos.

- La idoneidad de la técnica, materiales usados y coherencia con relación al presupuesto: hasta 10 puntos.

- La adaptación al entorno: hasta 10 puntos.

- Otros aspectos que el jurado pueda razonadamente considerar relevantes: hasta 5 puntos.

11. El jurado

11.1. componentes

Presidenta: la alcaldesa del Ayuntamiento o persona en quien delegue.

Vicepresidenta: la concejala de Educación y Cultura.

Vocal 1: un concejal del grupo municipal del Partido Popular.

Vocal 2: un concejal del grupo municipal PSOE-Pacte.

Vocal 3: un concejal del grupo municipal Es Nou Partit.

Vocal 4: un representante del la Associació de Vesins de Sant Rafel.

Vocal 5: un representante de la Associació de Majors de Sant Rafel.

Vocal 6: un representante de la familia de Josep Planells i Bonet.

Vocal 7: un representante de la parroquia de Sant Rafel.

Vocal 8: El gestor cultural municipal.

Secretaria: la encargada de Actividades culturales del Ayuntamiento, con voz pero sin voto.

El jurado quedará válidamente constituido con la conditio sine qua non de la presencia de la presidenta y la secretaria, y un mínimo de la mitad de sus miembros con voz y voto.

El jurado celebrará, previa convocatoria, la sesión constitutiva dentro de los diez días posteriores a la finalización del plazo de presentación de propuestas. Las decisiones se tomarán por mayoría simple de votos. En caso de empate, la presidenta dispone de un voto de calidad.

La secretaria extenderá un acta de todas las reuniones que celebre el jurado, que firmarán la presidenta y la secretaria. El acta final de resolución del proyecto ganador lo deberán firmar todos los miembros presentes del jurado.

El jurado está facultado para interpretar toda clase de cuestiones que se susciten y que no se encuentren reguladas en estas bases, y las resoluciones que adopte gozan de la presunción de legalidad y deben concordar con el contenido de estas bases.

11.2. funciones

a) Abrir el sobre A. Si el jurado observa que en el exterior del sobre A o en los datos contenidos en su interior hay algo que revele la identidad del concursante, no examinará la propuesta y propondrá su exclusión.

b) Valorar las propuestas presentadas de los sobres A y examinar la descripción de los proyectos. Analizar, valorar y puntuar según los criterios de selección del punto 10 de estas bases. Relacionar los proyectos según su orden de mayor a menor puntuación. Redactar y firmar un acta en que conste este orden y la propuesta ganadora, así como las incidencias y anotaciones que el jurado considere oportunas.

c) Abrir los sobres B y comprobar la identidad del proyecto ganador, la documentación correspondiente aportada y los anexos, con el fin de comprobar que el concursante que haya obtenido la mayor puntuación concedida por el jurado reúne los requisitos.

Si el jurado observa defectos materiales subsanables en la documentación presentada en el sobre B por el candidato con mayor puntuación, se le podrá conceder un plazo no superior a diez días hábiles para la subsanación, a contar desde la fecha en que se le haga el requerimiento fehacientemente.

En caso de que no se puedan subsanar, el candidato quedará eliminado y se analizará la documentación del concursante que haya obtenido la siguiente mayor puntuación, y así sucesivamente. Igualmente, si transcurrido el plazo de subsanación de la documentación el candidato no lo hace satisfactoriamente, su oferta quedará excluida y el jurado optará por examinar la documentación del concursante que haya obtenido la siguiente puntuación, y así sucesivamente.

e) El jurado finalizará su función una vez haya evaluado, valorado y nombrado la propuesta ganadora, de lo que ha de dejar constancia en la correspondiente acta. Sin embargo, el jurado se reserva el derecho a declarar desierto el premio.

12. Devolución de los proyectos

Los proyectos no premiados podrán ser retirados por sus autores o representantes en un plazo máximo de 30 días desde la resolución del órgano de adjudicación y sin que el Ayuntamiento tenga ningún derecho sobre la propiedad intelectual de la obra.

13. Órgano de adjudicación y formalización del contrato

El órgano de adjudicación será la Junta de Gobierno Local, que fijará los términos definitivos del contrato y lo notificará al adjudicatario ganador. Los contratos, tanto del diseño como de la ejecución de la escultura, deben formalizarse en documento administrativo que se ajuste con exactitud a las condiciones de la licitación.

14. Propiedad de la obra ganadora

La obra ganadora pasará a ser propiedad del Ayuntamiento, que la adquiere de forma automática una vez adjudicado el proyecto por plazo indefinido y se reserva todos los derechos sobre esta, respetando el derecho moral reconocido a favor de los autores, de acuerdo a la Ley de la propiedad intelectual.

15. Ejecución de la escultura ganadora

La escultura ganadora deberá encontrarse instalada definitivamente en su ubicación en un plazo máximo de 60 días desde la notificación de la adjudicación al proyecto ganador.

16. Pago

Se realizará un primer pago de 3.000 euros en concepto de ganador del concurso. El pago de los restantes 6.000 euros se efectuará cuando el Ayuntamiento reciba la escultura.

En caso de incumplimiento total o parcial del contrato, el Ayuntamiento puede reclamar la parte proporcional que considere oportuna o, en su caso, la integridad del pago inicial.

17. Interpretación del contrato

El Ayuntamiento, como órgano de contratación, ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento. Igualmente, podrá modificar por razones de interés público los contratos y acordar su resolución y determinar los efectos dentro de los límites legales y con sujeción a los requisitos y efectos señalados por ley y según el Reglamento general de la Ley de contratos de las administraciones públicas.

Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de este contrato deberán ser resueltas por el órgano competente de este Ayuntamiento, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa y contra los que caben los recursos potestativo de reposición o contencioso administrativo previstos por ley.

18. Aceptación de las bases

La participación en el concurso conlleva que los participantes aceptan plenamente estas bases y que entienden que el veredicto del jurado es inapelable. Los autores que participan en el certamen autorizan al Ayuntamiento, de forma exclusiva, al ejercicio de los derechos de exposición pública, reproducción y distribución de la obra escultórica ganadora y, al mismo tiempo, se responsabilizan de las reclamaciones o pagos que pudieran presentarse por aquellas entidades de propiedad intelectual a las que estuvieran adscritos.

  

Anexo I

Solicitud de participación

(Se tiene que incluir en el Sobre A)

Sr / Sra ___________________________________________________________________________________________________________ con DNI ______________________________________________________________________________________________ domicilio en la calle de _______________________________________________________________, teléfono ______________________________ y dirección electrónica ________________________________________________________________________________________

Enterado del concurso de proyectos para la ejecución de una escultura al aire libre, en memoria de Josep Planells i Bonet, convocado por el Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany, y enterado de las condiciones y requisitos que se exigen en las bases que rigen el concurso, se compromete, en caso de ser ganador, a llevar a cabo la ejecución de la escultura mencionada con estricta sujeción a lo previsto en las bases.

Asimismo, declara bajo su responsabilidad que es el autor de la obra presentada, que es original, que acepto la totalidad de las cláusulas contenidas en las bases, que no se encuentra incurso en ninguna de las prohibiciones para contratar con las administraciones públicas establecidas en el artículo 60 del TRLCSP y que se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria y con la hacienda municipal. Asimismo se compromete a someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir, derivadas del concurso o la ejecución de la escultura, con renuncia, en su caso , al fuero extranjero que pudiera corresponderle

Fecha y firma

  

Anexo II

Compromiso de ejecución de la obra y de solvencia económica

(Se tiene que incluir en el Sobre B)

Sr. / Sra _______________________________________________________________________________________________________ con DNI __________________________________________________________________, actuando en nombre propio o en nombre de ___________________________________________________________________, se compromete, en caso de ganar el concurso de ideas para una escultura en memoria de Josep Planells i Bonet a ejecutar la escultura propuesta en las condiciones establecidas en las bases del concurso de ideas.

Y declarara su solvencia económica para proveerse los suministros, materiales técnicos y recursos humanos necesarios para la ejecución y fabricación de la pieza escultórica objeto de este concurso

Fecha y firma

  

Sant Antoni de Portmany, 15 de enero de 2015

 

La Alcaldesa

Josefa Gutiérrez Costa