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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

SINDICATURA DE CUENTAS

Núm. 1713
Resolución del Síndico Mayor por la que las facturas de importe hasta 5.000 euros de los proveedores de la SCIB estarán excluidas de la obligación de facturación electrónica

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Texto

El artículo 4 de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de Impulso de la Factura Electrónica y Creación del Registro Contable de Facturas del Sector Público, fija cuales son los proveedores que están obligados al uso de la factura electrónica y a su presentación a través del punto general de entrada que corresponda. No obstante, las administraciones públicas podrán excluir de esta obligación de facturación electrónica las facturas cuyo importe sea hasta 5.000 euros, y las emitidas por los proveedores a los servicios en el exterior de las administraciones públicas.

De acuerdo con lo que establece el artículo 6 de la Ley 25/2013, la Sindicatura de Cuentas de las Islas Baleares se ha adherido al Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas de la Administración del Estado (FACe), con los códigos siguientes: oficina contable-I00000182 SCIB, órgano gestor-I00000182 SCIB y unidad tramitadora-I00000182 SCIB.

Dadas las características de los proveedores con los que trabaja la Sindicatura de Cuentas, se estima necesario hacer uso de esta facultad de exclusión para evitar que determinados proveedores tengan dificultades para cumplir las obligaciones derivadas del uso de la factura electrónica y de su presentación a través del punto general de entrada de facturas electrónicas.

Por todo ello, y haciendo uso de la competencia que, como Síndico Mayor, me atribuye la Ley 4/2004, de 2 de abril, de la Sindicatura de Cuentas de las Islas Baleares

RESUELVO

Primero. Las facturas de importe hasta 5.000 euros de los proveedores de la SCIB estarán excluidas de la obligación de facturación electrónica.

Segundo. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

 

Palma, 30 de enero de 2015

El Síndico Mayor

Pedro Antonio Mas Cladera