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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE SÓLLER

Núm. 1654
Expediente 139/2014. Adenda al covnenio de colaboración entre la Conselleria de Salud del Govern de las Illes Balears y el Ayuntamiento de Sóller

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Texto

El Ayuntamiento en Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 2 de diciembre de 2014 aprobó la adenda al convenio de colaboración de 29 de abril de 2014 entre la Conselleria de Salut y el Ayuntamiento de Sóller para el cambio de ubicación de la unidad básica de salud del Puerto de Sóller.

A continuación se publica el texto del convenio, de conformidad con el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

 

Adenda al Convenio de colaboración de 29 de abril de 2014 entre la Conselleria de Salut del Govern de las Illes Balears y el Ayuntamiento de Sóller para el cambio de ubicación de la unidad básica de salud del Puerto de Sóller.

Partes.

Martí Sansaloni Oliver, conseller de Salut en virtud del Decreto 7/2013, de 2 de mayo, del Presidente de las Illes Balears, por el que se dispone el nombramiento de miembros del Gobierno de las Islas Baleares, en representación de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, en el ejercicio de las competencias que le atribuyen los artículos 11 y 80.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

Carlos Simarro Vicens, Alcalde del Ayuntamiento de Sóller, en representación de este Ayuntamiento en virtud del Acuerdo plenario de 11 de junio de 2011. Actúa asistido por el Secretario de la Corporación.

Antecedentes

  • En fecha 29 de abril de 2014 se firmó un convenio de colaboración entre la Conselleria de Salut del Govern de las Illes Balears y el Ayuntamiento de Sóller para el cambio de ubicación de la unidad básica de salud del Puerto de Sóller
  • El objeto del convenio es definir el marco general referente a la cesión del espacio que emplea la unidad básica de salud del Puerto de Sóller, propiedad de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), con el fin de ampliar el CEIP Puerto de Sóller para poder completar el ciclo de educación primaria de los alumnos de la zona, a cambio de la mejora de los servicios de asistencia sanitaria en el ámbito de la atención primaria en el núcleo del Puerto de Sóller, dentro de las instalaciones municipales -actualmente en la Oficina de Información turística- que cederá el Ayuntamiento de Sóller tras haber acometido las obras de adaptación y ampliación.
  • En virtud de lo establecido en el convenio mencionado, el Ayuntamiento de Sóller debía ceder gratuitamente, libre de cargas, gravámenes, arrendamientos u otras limitaciones, en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, el uso del solar y el edificio resultante de las obras de remodelación y ampliación -ubicado en la calle Canonge Oliver, 10- mientras se mantenga para uso sanitario.
  • Por razones operativas, económicas y organizativas, no es posible la ubicación de la unidad básica de salud del Puerto de Sóller en el edificio situado en la calle Canonge Oliver, 10, tal como se establecía en el convenio de colaboración de 29 de abril de 2014.
  • El Ayuntamiento de Sóller dispone de unas instalaciones -de 265 m²- en la planta ático de un edificio con entrada por la calle de Lepanto, s/n, del Puerto de Sóller, donde se puede ubicar la unidad básica de salud del Puerto de Sóller.
  • Dada la necesidad de reubicar la unidad básica de salud del Puerto de Sóller y dada la disponibilidad por parte del Ayuntamiento de Sóller de unas instalaciones en la calle de Lepanto del Puerto de Sóller, debe firmarse una adenda al Convenio de colaboración de fecha 29 de abril de 2014 entre la Conselleria de Salut del Govern de las Illes Balears y el Ayuntamiento de Sóller para el cambio de ubicación de la unidad básica de salud del Puerto de Sóller.
  • Ambas partes se reconocen mutuamente la capacidad legal necesaria para formalizar esta addenda, de acuerdo con las siguientes

Cláusulas:

Acordar que la nueva ubicación de la unidad básica de salud del Puerto de Sóller se instalará en la planta ático, de 265 m², del edificio Lepanto, con acceso por la calle de Lepanto, s/n, del Puerto de Sóller .

Modificar la cláusula segunda del Convenio de colaboración entre la Conselleria de Salut del Govern de las Illes Balears y el Ayuntamiento de Sóller para el cambio de ubicación de la unidad básica de salud del Puerto de Sóller que queda redactada de la manera siguiente :

Obligaciones por parte del Ayuntamiento de Sóller:

a.  Ceder gratuitamente, libre de cargas, gravámenes, arrendamientos u otras limitaciones, a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, el uso de la planta ático, de 265 m², del edificio Lepanto, situado en la calle Lepanto, s/n del Puerto de Sóller, resultante de las obras de la remodelación mientras se mantenga para uso sanitario, así como 10 plazas de aparcamiento en la planta segunda del edificio Lepanto, ubicado en la calle Lepanto, s/n, de las cuales cuatro serán plazas adaptadas para personas discapacitadas y seis para el personal. La cesión del bien demanial se realizará de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 100 a 111 del Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de bienes de las entidades locales, y la Ley 8/1993, de 1 de diciembre, de atribución de competencias a los consejos insulares en materia de régimen local. Las ordenanzas fiscales municipales podrán regular una exención del impuesto sobre bienes inmuebles a favor de los bienes de titularidad de los centros sanitarios de titularidad pública (art. 62 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas locales).

b.  Si es necesario, promover la modificación de las NNSS del planeamiento urbanístico de Sóller referidas al solar que actualmente ocupa el edificio Lepanto, ubicado en la calle Lepanto, s/n, para que el uso corresponda a un sistema general sanitario.

c.  Redactar el proyecto básico y de ejecución de la remodelación de la planta ático del edificio mencionado, siguiendo el anteproyecto que debe redactar la Subdirección de Infraestructuras y Servicios Generales del Servicio de Salud de las Islas Baleares siguiendo el plan funcional redactado por la Gerencia de Atención Primaria de Mallorca, de acuerdo con lo expuesto en el antecedente 6 del Convenio de 29 de abril de 2014.

d.  Redactar el proyecto de actividad.

e.  Ejecutar las obras según el proyecto de ejecución y tener lista la obra mencionada en el apartado c) en un plazo de cuatro meses, a contar desde la firma de esta adenda.

f.  El edificio debe disponer de las acometidas de los servicios de agua, alcantarillado, electricidad y telefonía, así como contadores independientes de luz y agua para la planta ático del edificio donde se instalará la unidad básica de salud del Puerto de Sóller.

g.  Asumir la dirección facultativa de las obras e instalaciones, incluida la coordinación de seguridad y salud.

h.  Realizar las actuaciones pertinentes ante la entidad Sóller 2010 -entidad gestora de las plazas de aparcamiento del edificio situado en la calle Lepanto, s/n- para obtener el compromiso de facilitar el acceso gratuito a las plazas de aparcamiento objeto de cesión, en función de las necesidades de la unidad básica de salud del Puerto de Sóller.

2.  Obligaciones por parte de la Conselleria de Salut:

  • Destinar el edificio cedido a uso sanitario de atención primaria, de acuerdo con las funciones enumeradas en el antecedente 6 del Convenio de 29 de abril de 2014.
  • Encargar a la Subdirección de Infraestructuras y Servicios Generales del Servicio de Salut de las Illes Balears, siguiendo el plan funcional redactado por la Gerencia de Atención Primaria de Mallorca, la redacción del anteproyecto de las obras de remodelación de la planta ático del edificio Lepanto de la calle Lepanto, s/n, del Port de Sóller, para ubicar la unidad básica de salur, que ha de estar lista en el plazo de una mes contado desde la firma de esta adenda.
  • Encargar al Servicio de Salut de las Illes Balears que solicite la licencia de actividad, de acuerdo a la Ley 7/2013, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de instalaciones, acceso y ejercicio de actividades en las Illes Balears, una vez que se le haya entregado el inmueble de la nueva unidad básica de salud situado en la planta ático del edificio Lepanto, en la calle Lepanto, s/n, y una vez concluidas las obras llevadas a término de acuerdo con el proyecto mencionado en el punto precedente.
  • Llevar a cabo el equipamiento de mobiliario y material sanitario necesario para desarrollar las funciones mencionadas en el antecedente 6 del convenio de 29 de abril de 2014, con cargo al presupuesto del Servicio de Salut de las Illes Balears, justo después de haber obtenido el documento de aprobación del final de obra del Ayuntamiento de Sóller.
  • Encarregar al Servei de Salut de les Illes Balears que sol·liciti la llicència d’activitat, d’acord amb la Llei 7/2013, de 26 de novembre, de règim jurídic d’instal·lacions, accés i exercici d’activitats a les Illes Balears, una vegada que se li hagi lliurat l’immoble de la nova unitat bàsica de salut situat a la planta àtic de l’edifici Lepanto, al carrer de Lepanto, s/n, i una vegada concloses les obres duites a terme d’acord amb el projecte esmentat en el punt precedent.
  • Dur a terme l’equipament de mobiliari i material sanitari necessari per desenvolupar les funcions esmentades en l’antecedent 6 del conveni de 29 d’abril de 2014, amb càrrec al pressupost del Servei de Salut de les Illes Balears, tot just després d’haver obtengut el document d’aprovació del final d’obra de l’Ajuntament de Sóller.
  • Contratar los servicios de agua, alcantarillado, electricidad y telefonía, una vez que el Ayuntamiento de Sóller ponga a disposición de la Conselleria de Salut la documentación necesaria, emitida por los técnicos directores de la obra y de los instaladores, a la vez que se lleva a cabo el equipamiento y la dotación de material sanitario donde se ha de trasladar la unidad básica de salud.
  • Trasladar las funciones de la unidad básica de salud al nuevo edificio, en cuanto se disponga del mobiliario y del material básico -que puede ser el mismo que ahora se emplea en la ubicación actual de la calle Canonge Oliver, 14- y se cuente con los suministros, dado que sin estos servicios no se puede trasladarla unidad básica de salud porque tienen la consideración de básicos e imprescindibles para la actividad asistencial sanitaria que debe desarrollar.

Todas las referencias hechas al solar del edificio de la Oficina de Información Turística del Puerto de Sóller, ubicada en la calle Canónigo Oliver, 10, se entenderán hechas a la planta ático del edificio Lepanto, ubicado en la calle de Lepanto s / n, y las diez plazas de aparcamiento en la segunda planta del edificio Lepanto.

Subsisten, sin ninguna alteración, el resto de condiciones que integran el Convenio de colaboración suscrito el 29 de abril de 2014 entre la Consejería de Salud del Gobierno de las Islas Baleares y el Ayuntamiento de Sóller para el cambio de ubicación de la unidad básica de salud del Puerto de Sóller.

Como muestra de conformidad, firmamos esta adenda por duplicado.

Palma,

Por la Consejería de Salud Por el Ayuntamiento de Sóller

   

Sóller, 30 de enero de 2015

El Alcade Presidente
Carlos Simarro Vicens