Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
AYUNTAMIENTO DE PETRA
Núm. 1307
Anuncio inicio expediente caducidad licencia de obras 124/2009, otorgada a Cobek Management, SL y CÍA S COM
Los dos intentos de notificación realizados por correo certificado, con acuse de recibo, no han tenido efecto y no se han podido hacer efectivos, por ignorarse el domicilio o no haber encontrado a la persona interesada que luego se dirá; por lo cual, se procede, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento administrativo:
Se notifica a la persona que se dirá que se dictó Resolución de Alcaldía en fecha 04/11/2014, con respecto a la licencia de obras 124/2009 y se comunica que el interesado dispone de un plazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente al de publicación del presente anuncio en el BOIB, para formular alegaciones, aportando documentos, justificaciones y pruebas; así como que el expediente se puede consultar en la Secretaría del Ayuntamiento, en las oficinas municipales (Carrer d’en Font núm. 1, Edificio Escoles Velles. Petra).
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº. 73 / 2014
Examinado el informe técnico de fecha 31-10-2014, emitido por parte del arquitecto municipal con respecto a la licencia de obras núm.124/2009 de 22 de septiembre, concedida a COBEK MANAGEMENT SL y CIA S COM; y resultando del mismo la finalización del plazo máximo de ejecución de las obras establecido en dicha licencia y fijado en dos años, sin que conste la finalización de las mismas dentro del período mencionado; el que hace legalmente obligatorio el inicio de un expediente de caducidad de la licencia, por aplicación de la norma vigente en su momento (artículo 8.2 de la Ley Balear de Disciplina Urbanística).
Considerando que se ha producido un posible incumplimiento de la condición nº 2 de dicha licencia, para cuando no se habría respetado el plazo máximo previsto para terminar las obras proyectadas, que en ningún caso nunca puede ser superior a 24 meses, conforme a lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley antes dicha y 10 bis de las NN.SS de Petra.
Considerando también que se habría incumplido asimismo, el plazo máximo para iniciar las obras, previsto en el artículo de la norma municipal antes citada y fijado en dos meses.
En virtud de la facultad atribuida por el artículo 8.2 y 3 de la Ley antes citada, en relación con las competencias asignadas a la Alcaldía en los artículos 21.1 q) de la LBRL, 24 e) del TR y 41.9 del ROF,
HE DISPUESTO:
1.- Iniciar de oficio un expediente de caducidad de la licencia de obras núm.124/2009 de 22 de septiembre, otorgada por Resolución de Alcaldía núm.139 de fecha 22-9-2009, a COBEK MANAGEMENT SL y CIA S COM.
2.- Conceder a los interesados un plazo de audiencia de 15 días para presentar alegaciones, documentos, justificaciones y pruebas, así como examinar el expediente.
3.- Dar oportuno traslado del presente decreto a los interesados.
La Alcaldesa, |
Ante mí |
Catalina Mas Bennasar |
El Secretario, |
|
Francisco González Benito |
COBEK MANAGEMENT SL Y CIAS COM (André Ruckstuhl)
Sa Casa Blanca, polígono 9 parcela 42 Petra
C / Rafael Blanes, 27 Artà 07570
Lo que se le notifica para su conocimiento y efectos, haciendo constar que se trata de un acto no definitivo contra el que no cabe recurso.
Petra, a 8 de enero de 2015
El Secretario,
Francisco González Benito