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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE TURISMO Y DEPORTES

Núm. 1143
Notificación de las resoluciones por las que se aprueba cancelar la inscripción de los clubes deportivos en el Registro de Entidades Deportivas de las Islas Baleares

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Texto

El servicio de Correos ha devuelto, por diferentes motivos, las notificaciones individuales de diversas resoluciones, efectuadas por la Dirección General de Deportes, por las que se cancelar la inscripción de determinados clubes deportivos en el Registro de Entidades Deportivas de las Islas Baleares.

 Según el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, cuando los interesados en un procedimiento sean desconocidos, se ignore el lugar de la notificación o el medio a que se refiere el punto 1 de este artículo, o bien, intentada la notificación, no se hubiese podido practicar, la notificación se hará por medio de anuncios en el tablón de edictos del Ayuntamiento en su último domicilio, en el “Boletín Oficial del Estado”, de la Comunidad Autónoma o de la Provincia, según cual sea la Administración de la que se proceda el acto a notificar, y el ámbito territorial del órgano que lo dictó –en el caso que nos ocupa, el Butlletí Oficial de les Illes Balears.

 Así pues, mediante este anuncio, y en aplicación del citado artículo, se notifica a las entidades deportivas que figuran en el anexo la existencia de las resoluciones por las que se aprueba cancelar su inscripción en el Registro de Entidades Deportivas de las Islas Baleares.

 Se comunica a los interesados que contra estas Resoluciones -que agotan la vía administrativa –cabe la interposición de un recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Turismo y Deportes en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, de acuerdo con el artículo  117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Asimismo cabe la interposición directa de un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

 Para conocer el contenido íntegro del acto, las entidades deportivas interesadas o sus representantes legales pueden comparecer en las oficinas de la Dirección General de Deportes, de la Consejería de Turismo y Deportes, sita en la calle Uruguay, s/n (Palma Arena), Palma, en horario de 9 a 14 horas, de lunes a viernes.

 

Palma, 26 de enero de 2015

El Director General de Deportes

Francisco Javier Morente López

 

ANEXO

EXPEDIENTE

ENTITAT DEPORTIVA

DC

100/2014 BAIXA

CLUB DE DARDOS BAR LOS ÁNGELES

DC-0772 DARDS

102/2014 BAIXA

CLUB DE DARDOS “BAR ALHAMBRA”

DC-1834 DARDS

(Seccions de futbol, petanca i ciclisme)