Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 3 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 655
Juicio de faltas nº 1333/2013
Que en virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a AMELIA LEYVA ECHAVARRIA la sentencia cuyo y parte dispositiva es del tenor literal siguiente
“FALLO
DEBO CONDENAR Y CONDENO a Amelia Leyva Echevarria como autora penalmente responsable de una falta de Hurto, prevista y penada en el articulo 623.1 del Código Penal, a la pena de 50 días de multa, con una cuota diaria de 5 euros, quedando sujeto en caso de impago de la misma a una responsabilidad personal subsidiaria , previa exacción de sus bienes de un día Localización Permanente por cada dos cuotas diarias no satisfechas con la obligación de permanecer en su domicilio y a que por vía de Responsabilidad Civil indemnice a Dionisio Sánchez Perona en la cantidad de 290 euros, declarándose de oficio las costas del procedimiento.
Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que la misma no es firme y contra ella cabe recurso de apelación en el plazo de cinco días desde su notificación a interponer ante este Juzgado y para ante la Ilma Audiencia Provincial de Palma de Mallorca.
El recurso debe formularse por escrito ante el Órgano Judicial que dicto la sentencia y exponiendo las alegaciones en apoyo de sus pretensiones conforme establecen los artículos 790 a 792 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal”.
Y para que sirva de notificación a la denunciada libro el presente en Palma de Mallorca a ocho de enero de 2015
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL