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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 4 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 23209
Juicio verbal 1123/2012 sobre otras materias

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Texto

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

ANUNCIO:

SENTENCIA  Nº 162/13

En Palma de Mallorca, a 5 de diciembre de 2.013.

Vistos Dª. Mª ISABEL FRADE HEVIA, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 4 del  Partido judicial de Palma de Mallorca, los presentes autos de JUICIO VERBAL Nº 1.123/2.012, seguidos ante este juzgado a instancia de la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS SAINT TROPEZ, representada por el Procurador/a Sr./a. FERRAGUT ROSELLÓ y defendida por el/a Letrado/a ANTONIA M. BURGUERA, contra D ANTONIO SINTES PÉREZ, en situación rebeldía procesal.

FALLO

Que estimo íntegramente la demanda  presentada por la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS SAINT TROPEZ contra D ANTONIO SINTES PÉREZ, y, en consecuencia, condeno a este último a pagar a aquella la cantidad de 3.894,20 €uros, más los intereses legales desde la interposición de la demanda, con expresa condena en costas a la parte demandada.

Así por esta sentencia, lo pronuncio lo mando y lo firmo.

Modo de impugnación: Mediante recurso de APELACIÓN que se interpondrá en el plazo de VEINTE DÍAS hábiles. Es requisito para su admisibilidad la constitución de un único depósito de 50 euros, tal y como exige la Disposición Adicional Decimoquinta de la LOPJ (BOE 04/11/09), que deberá ingresarse en la cuenta de depósito y consignaciones de este Juzgado indicando que se hace concepto de “recurso”.

PUBLICACIÓN. Leída y Publicada fue la anterior sentencia por la Sra. Juez que la suscribe, estando celebrada audiencia publicada en el mismo día de su fecha, doy fe en Palma de Mallorca.”

Y como consecuencia del ignorado paradero de ANTONIO SINTES PEREZ, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

PALMA DE MALLORCA a uno de Diciembre de dos mil catorce.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICAL