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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección primera. Contratación Pública

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y PRESUPUESTOS

Núm. 1017
Resolución del Consejero de Hacienda y Presupuestos por la que se autoriza la modificación de la cláusula tercera del contrato de arrendamiento del local situado en la calle Antonio María Claret núm.70 de Ciutadella

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Texto

 Hechos

1. El 19 de marzo de 2004, por una parte el Consejero de Economía, Hacienda e Innovación y por el otro D.Antonio Cardell Triay y D.Javier Cardell Triay formalizaron el contrato de arrendamiento del local ubicado en la calle Antonio Maria Claret, 70 de Ciutadella.

Se formalizó por el período comprendido entre el 1 de marzo de 2004 y el 31 de diciembre de 2013, prorrogable anualmente siempre y cuando no se comunicaré lo contrario.

2. El 30 de octubre tuvo entrada en el registro de la Consejería de Hacienda y Presupuestos el oficio del Jefe de Servicio de Asuntos Generales del SOIB, con la propuesta de la Directora del Servicio de Ocupación de las Islas Baleares, sobre la modificación de las condiciones del contrato de arrendamiento del inmueble referenciado ya que debido a las obras necesarias en el local con créditos transferidos anualmente por el Estado y destinados a la modernización de las oficinas que componen la red del SOIB, hay una necesidad de ampliar el plazo de vigencia del contrato para poder amortizar el gasto invertido en el inmueble.

Además, se envió la aceptación por parte del propietario del inmueble de la ampliación del plazo de prórroga, la que se condicionaba a recuperar el precio base de alquiler del 2.013, que había sido rebajado temporalmente. Este precio de 2013 ha sido informado favorablemente por su adecuación actual en el precio de mercado por la Dirección General de Arquitectura y Vivienda.

 Fundamentos de Derecho

1. El artículo 65 y siguientes de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 49, de 24 de abril de 2001 ), que regulan los arrendamientos de inmuebles a favor de la Comunidad Autónoma, y el artículo 87.i de la misma ley, que atribuye al consejero competente en materia de patrimonio la tramitación y aprobación de los arrendamientos de bienes inmuebles.

2. Los artículos 131 a 138 del Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 192, de 24 de diciembre de 2005).

3. El Decreto 5/2013, de 2 de mayo, del Presidente de las Islas Baleares, por el que se determina la composición del Gobierno y establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm . 60 ext., de 2 de mayo).

4. El Decreto 6/2013, de 2 de mayo, del Presidente de las Islas Baleares, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 60 ext., de 2 de mayo).

5. El Decreto 7/2013, de 2 de mayo, del Presidente de las Islas Baleares, por el que se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Islas Baleares (BOIB núm. 60 ext., De 2 de mayo).

6. El Decreto 15/2013, de 7 de junio, del Presidente de las Islas Baleares, por el que se modifica el Decreto 6/2013, de 2 de mayo, del Presidente de las Islas Baleares, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 82, de 8 de junio).

7. El Decreto 35/2013, de 21 de junio, por el que se nombra Director General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio de la Consejería de Hacienda y Presupuestos de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 88, de 22 de junio).

Propuesta de resolución

Por todo ello, propongo al Consejero de Hacienda y Presupuestos que dicte una resolución en los términos siguientes:

1. Autorizar, dado los hechos expuestos y de la documentación que obra en el expediente del Servicio de Patrimonio, la modificación de parte de la cláusula tercera del contrato, que quedará redactada de la siguiente forma:

"Transcurrido el plazo inicial, el contrato de arrendamiento se podrá prorrogar tácitamente por períodos de quince años, si no hay un preaviso en sentido contrario comunicado por cualquiera de las dos partes firmantes del contrato con tres meses de antelación al vencimiento de las prórrogas ".

2. Autorizar la modificación del precio del arrendamiento, recuperando el precio base del año 2013, el cual es de 1,499.24 € mensuales, más 314,84 € correspondientes al 21% de IVA, que hacen un total de 1.814,08 € mensuales, a partir del 1 de enero de 2015.

3. Notificar esta Resolución al Servicio de Empleo de las Islas Baleares.

4. Anotar esta modificación en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

 

Palma de Mallorca, 18 de noviembre de 2014

El Director General del Tesoro,

Política Financiera y Patrimonio

 Miguel Miralles Sastre

De acuerdo con la propuesta. Dicto resolución.

El Consejero de Hacienda y Presupuestos

José Vicente Marí Bosó