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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

Núm. 926
Notificación de la Propuesta de Resolución a la persona interesada en el procedimiento administrativo sancionador núm. 02/2014/TUR, tramitado ante el Departamento de Turismo del Consell Insular d’Eivissa

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Visto que no ha sido posible notificar en la persona interesada la propuesta de resolución del expediente sancionador núm. 02/2014/TUR, incoado por el departamento de Turismo del Consell Insular de Eivissa, por presunta infracción en materia de ordenación turística, de acuerdo con lo que determina el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de  26 de  noviembre de  Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y  del Procedimiento Administrativo Común, procedemos a  notificar, haciendo constar:

La  persona interesada dispone de un plazo de  quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación, para que realice alegaciones y  presente los documentos u otros elementos de  juicio que estime pertinente.

Asimismo, se le informa que, en el mismo plazo, se le pondrá de manifiesto el expediente a fin de que pueda consultarlo con la asistencia, si procede, de los asesores que precise y  obtener copias de los documentos que contenga el expediente en los términos legal o reglamentariamente establecidos. Con este fin el expediente está a  su disposición en el Departamento de Turismo del Consell Insular (Avda. de  España, 49, segunda planta, de  la  ciudad de  Eivissa).

Identificación del expediente:

Núm. de expediente: 02/2014/TUR

Nombre del establecimiento: CASA ANNA

Grupo: VIVIENDA

Dirección del establecimiento: finca Ses Talayes, Sant Rafel de sa Creu

Municipio: San Antoni de Portmany

Explotador: El Sr. CHARLES DUNCAN ARTHY

Infracciones:

Preceptos infringidos: Articulo 19 a), 21, 23.2, 26.2 y 28 de la Ley 8/2012, de 19 de julio, del turismo de las Islas Baleares (BOIB núm. 106, de 21/07/2012). Tipificación: Artículo 105 g) de la Ley 8/2012, de 19 de julio, del turismo de las Islas Baleares. Falta grave de la normativa turística, consistente en la publicidad, la contratación o la comercialización de establecimientos, actividades o empresas que no hayan presentado la correspondiente declaración responsable de inicio de actividad turística o la comunicación previa cuando éstas sean exigibles por la normativa turística.

Sanción propuesta: 6.000 Euros.

 

Eivissa, 20 de enero de 2015

 

El secretario técnico del Área de Interior, Turismo y Deportes

Agustín Goerlich López