Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE ANDRATX
Núm. 920
Aprobación definitiva del Presupuesto General y Plantilla de personal para el año 2015
De acuerdo con lo que disponen los arts. 112 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del Régimen Local, y el artículo 169 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el Pleno del Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el día 27 de noviembre de 2014, aprobó el Presupuesto General de este Ayuntamiento con las correspondientes Bases de Ejecución, constituido por el Presupuesto propio del Ayuntamiento, así como la Plantilla de Personal de esta Entidad para el ejercicio 2015.
Vistos que el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en su apartado primero dice: Aprobado inicialmente el presupuesto general, se expone al público, con el anuncio en el boletín oficial de la provincia o, en su caso, de la comunidad autónoma uniprovincial, por 15 días, durante los cuales los interesados pueden examinarlo y presentar reclamaciones, en caso contrario, el Pleno dispone del plazo de un mes para resolverlas.
Resultando que durante el plazo de exposición al público del acuerdo plenario de fecha 27 de noviembre de 2014, relativo a la aprobación inicial del Presupuesto General de esta Corporación para el año 2015, se han presentado dos alegaciones con núm. de registre 13823/14, que ha sido desestimada, y 140/15, que ha sido estimada parcialmente, por el Pleno del Ayuntamiento celebrado en sesión extraordinaria el día 22 de enero de 2015, se publica el resumen del mismo por capítulos.
INGRESOS |
AÑO 2015 |
1.- OPERACIONES NO FINANCIERAS |
|
A) Operaciones corrientes |
|
Capítulo 1 Impuestos Directos |
12.228.050,00 € |
Capítulo 2 Impuestos Indirectos |
700.000,00 € |
Capítulo 3 Tasas i otros ingresos |
4.578.096,00 € |
Capítulo 4 Transferencias Corrientes |
2.137.815,82 € |
Capítulo 5 Ingresos patrimoniales |
250.600,00 € |
Total Operaciones corrientes |
19.894.561,82 € |
B) Operaciones de capital |
|
Capítulo 6 Enajenación de inversiones reales |
0,00 € |
Capítulo 7 Transferencias de capital |
0,00 € |
Total Operaciones de capital |
0,00 € |
2.- OPERACIONES FINANCIERAS |
|
Capítulo 8 Activos financieros |
0,00 € |
Capítulo 9 Pasivos financieros |
0,00 € |
Total Operaciones financieras |
0,00 € |
Total Presupuesto de INGRESOS |
19.894.561,82 € |
GASTOS |
AÑO 2015 |
1.- OPERACIONES NO FINANCIERAS |
|
Capítulo 1 Gastos de personal |
7.721.117,73 € |
Capítulo 2 Gastos en bienes corrientes y servicios |
9.156.123,68 € |
Capítulo 3 Gastos financieros |
120.500,00 € |
Capítulo 4 Transferencias Corrientes |
338.260,00 € |
Capítulo 5 Fondo Contingencia |
100,00 € |
Total Operaciones corrientes |
17.336.101,41 € |
B) Operaciones de capital |
|
Capítulo 6 Inversions reales |
732.000,00 € |
Capítulo 7 Transferencias de capital |
211.000,00 € |
Total Operaciones de capital |
943.000,00 € |
2.- OPERACIONES FINANCIERAS |
|
Capítulo 8 Activos financieros |
10.000,00 € |
Capítulo 9 Pasivos financieros |
300.000,00 € |
Total Operaciones financieras |
310.000,00 € |
Total Presupuesto de Gastos |
18.589.101,41 € |
Del mismo modo, según los artículos 90 de la Ley 7/1985 y 126 del Texto Refundido 781/1986 de 18 de abril, se transcribe la Plantilla de Personal para el ejercicio 2015:
Peón |
Nivel 11 |
9 |
|
Peón Especialista |
Nivel 10 |
1 |
|
Trabajador Familiar |
Nivel 9 |
9 |
|
Subalterno |
Nivel 9 |
2 |
|
Oficial 3ª |
Nivel 8 |
10 |
|
Auxiliar Información Turística |
Nivel 8 |
4 |
|
Auxiliar Recepción |
Nivel 8 |
3 |
|
Sepulturero |
Nivel 7 |
1 |
|
Monitora corte y confección |
Nivel 7 |
1 |
|
Oficial 2ª |
Nivel 7 |
0 |
|
Oficial 1ª Acometidas Múltiples |
Nivel 6 |
1 |
|
Oficial 1ª |
Nivel 6 |
7 |
|
Dinamizador |
Nivel 8 |
1 |
|
Capataz |
Nivel 5 |
1 |
|
Instalador |
Nivel 3 |
1 |
|
Profesor |
Nivel 2 |
7 |
|
Psicóloga |
Nivel 1 |
1 |
|
Médico |
Nivel 1 |
1 |
|
Director Escuela Música |
Nivel 1 |
1 |
|
PERSONAL LABORAL |
Grupo / Nivel |
Núm. Plazas |
|
CATEGORÍAS |
|||
Encargado |
C1 |
1 |
|
SUBESCALA: SERVICIOS ESPECIALES |
|||
CLASE: OFICIS |
Grupo / Nivel |
Núm. Plazas |
|
CATEGORÍAS |
|||
Conserje |
AP |
1 |
|
Inspector recaudador |
C2 |
1 |
|
Inspector Medio Ambiente |
C2 |
1 |
|
Auxiliar Archivo/Biblioteca |
C2 |
3 |
|
Auxiliar Informática |
C2 |
2 |
|
Auxiliar Delineante |
C2 |
2 |
|
Recaudador Municipal |
C2 |
1 |
|
CATEGORÍAS |
Grupo / Nivel |
Núm. Plazas |
|
SUBESCALA: SERVICIOS ESPECIALES |
|||
CLASE: COMESES ESPECIALES |
|||
Policía Turística |
C1 |
6 |
|
Policía Local |
C1 |
44 |
|
Oficial |
C1 |
10 |
|
Subinspector |
A2 |
2 |
|
Inspector |
A2 |
1 |
|
CATEGORÍAS |
Grupo / Nivel |
Núm. Plazas |
|
SUBESCALA: SERVICIOS ESPECIALES |
|||
CLASE: POLICIA LOCAL |
|||
Celador Disciplina Urbanística |
C1 |
2 |
|
Delineante |
C1 |
1 |
|
Jefe Unidad Servicios Informáticos |
C1 |
1 |
|
Tesorero Municipal |
C1 |
1 |
|
CATEGORÍAS |
Grupo / Nivel |
Núm. Plazas |
|
CLASE: TÉCNICOA AUXILIAR |
|||
Ingeniero Técnico Obres Públicas |
A2 |
1 |
|
Trabajador Social |
A2 |
1 |
|
Arquitecto Técnico |
A2 |
3 |
|
Técnico |
A2 |
2 |
|
CATEGORÍAS |
Grupo / Nivel |
Núm. Plazas |
|
SUBESCALA: TÉCNICOA |
|||
CLASE: TÉCNICOA MEDIO |
|||
Técnico |
A1 |
2 |
|
Ing Industrial |
A1 |
1 |
|
Jefe Área |
A1 |
1 |
|
Asesor Jurídico |
A1 |
1 |
|
Archivero |
A1 |
1 |
|
Arquitecto |
A1 |
2 |
|
Técnico de Patrimonio |
A1 |
1 |
|
CATEGORÍAS |
Grupo / Nivel |
Núm. Plazas |
|
ESCALA: ADMINISTRACIÓ ESPECIAL |
|||
SUBESCALA: TÉCNICOA |
|||
CLASE: TÉCNICOA SUPERIOR |
|||
Subalterno |
AP |
3 |
|
CATEGORÍAS |
Grupo / Nivel |
Núm. Plazas |
|
SUBESCALA SUBALTERNA |
|||
Auxiliar Tesorería |
C2 |
1 |
|
Auxiliar |
C2 |
36 |
|
CATEGORÍAS |
Grupo / Nivel |
Núm. Plazas |
|
SUBESCALA AUXILIAR |
|||
Administrativo |
C1 |
17 |
|
CATEGORÍAS |
Grupo / Nivel |
Núm. Plazas |
|
SUBESCALA ADMINISTRATIVA |
|||
Técnico Contratación |
A2 |
1 |
|
CATEGORÍAS |
Grupo / Nivel |
Núm. Plazas |
|
SUBESCALA DE GESTIÓN |
|||
A. Jurídico TAG |
A1 |
2 |
|
CATEGORÍAS |
Grupo / Nivel |
Núm. Plazas |
|
ESCALA: ADMINISTRACIÓ GENERAL |
|||
SUBESCALA TÉCNICOA |
|||
Secretario/a HCN |
A1 |
1 |
|
Interventor H.C.N. |
A1 |
1 |
|
CATEGORÍAS |
Grupo / Nivel |
Núm. Plazas |
|
ESCALA HABILITACIÓN ESTATAL |
En cumplimiento de lo establecido al artículo 75.5 de la Ley 7/1985 Reguladora de las Bases del Régimen Local, se realiza la trascripción de la Base de ejecución del Presupuesto número 47 en la que se establecen las retribuciones de los cargos con dedicación exclusiva y parcial, indemnizaciones y asistencias y que ha sido objeto de la modificación:
Base 47.- Remuneracions dels membres de la Corporació.
Base 45.- Remuneraciones de los miembros de la Corporación.
2. En consecuencia con lo expuesto, las retribuciones de los miembros de la Corporación con dedicación exclusiva, serán las siguientes:
El Sr. Alcalde/Alcaldesa de la Corporación, CUARENTA MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y TRES EUROS CON TREINTA Y TRES CÉNTIMOS (40.833,33 €) pagables en catorce mensualidades.
El Primero, Segundo y Tercer Teniente de Alcalde, TREINTA SEIS MIL SETECIENTOS CINCUENTA EUROS (36.750,00 €) pagables en catorce mensualidades.
El Cuarto Teniente de Alcalde, VEINTINUEVE MIL CUATROCIENTOS EUROS (29.400,00 €) pagables en catorce mensualidades.
Para el resto de Tenientes de Alcalde y miembros de la Corporación con dedicación exclusiva, TREINTA Y DOS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS EUROS CON SESENTA Y SIETE CÉNTIMOS (32.666,67 €) anuales pagables en catorce mensualidades.
Todos ellos, están de alta en el Régimen General de la Seguridad Social, y la Corporación asume el pago de las cuotas empresariales que corresponda.
En cuanto al régimen de las asistencias, cada miembro de la Corporación sin dedicación exclusiva o parcial, tendrá derecho a las remuneraciones expresadas a la siguiente tabla:
Junta de Gobierno Local (convocada con carácter ordinario, extraordinario o extraordinario y urgente) 142,50 euros
Pleno convocado con carácter Ordinario 570,00 euros
Pleno convocado con carácter Extraordinario 190,00 euros
Pleno convocado con carácter Extraordinario y Urgente 190,00 euros
Comisión Informativa de Asuntos Generales convocada con carácter ordinario o urgente 95,00 euros
Comisión Especial de Cuentas 95,00 euros
Las asistencias se harán efectivas cada dos meses. A estos efectos, por la Secretaría del Ayuntamiento se certificará el tipo y número de sesiones convocadas y la asistencia efectiva de cada uno de los miembros sin dedicación exclusiva o parcial y el Jefe de Personal elaborará la documentación con la retención que legalmente corresponda.
En cumplimiento con lo establecido en el artículo 30 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, y en coherencia con el objetivo de estabilidad presupuestaria y la regla de gasto regulados en la citada Ley, el límite máximo de gasto no financiero de este Ayuntamiento, que marcará el techo de asignación de recursos de estos presupuestos, es de 17.115.298,89 euros.
Esta aprobación podrá ser impugnada ante la jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en el artículo 170 y 171 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales, aprobado por Real decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establezcan las normas de la mencionada Jurisdicción.
Andratx, 22 de enero de 2015
El alcalde
Llorenç Suau Simó