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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE ANDRATX

Núm. 920
Aprobación definitiva del Presupuesto General y Plantilla de personal para el año 2015

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Texto

De acuerdo con lo que disponen los arts. 112 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del Régimen Local, y el artículo 169 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el Pleno del Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el día 27 de noviembre de 2014, aprobó el Presupuesto General de este Ayuntamiento con las correspondientes Bases de Ejecución, constituido por el Presupuesto propio del Ayuntamiento, así como la Plantilla de Personal de esta Entidad para el ejercicio 2015.

Vistos que el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en su apartado primero dice: Aprobado inicialmente el presupuesto general, se expone al público, con el anuncio en el boletín oficial de la provincia o, en su caso, de la comunidad autónoma uniprovincial, por 15 días, durante los cuales los interesados ​pueden examinarlo y presentar reclamaciones, en caso contrario, el Pleno dispone del plazo de un mes para resolverlas.

Resultando que durante el plazo de exposición al público del acuerdo plenario de fecha 27 de noviembre de 2014, relativo a la aprobación inicial del Presupuesto General de esta Corporación para el año 2015, se han presentado dos alegaciones con núm. de registre 13823/14, que ha sido desestimada, y 140/15, que ha sido estimada parcialmente, por el Pleno del Ayuntamiento celebrado en sesión extraordinaria el día 22 de enero de 2015, se publica el resumen del mismo por capítulos.

INGRESOS

AÑO 2015

1.- OPERACIONES NO FINANCIERAS

A) Operaciones corrientes

Capítulo 1 Impuestos Directos

12.228.050,00 €

Capítulo 2 Impuestos Indirectos

700.000,00 €

Capítulo 3 Tasas i otros ingresos

4.578.096,00 €

Capítulo 4 Transferencias Corrientes

2.137.815,82 €

Capítulo 5 Ingresos patrimoniales

250.600,00 €

Total Operaciones corrientes

19.894.561,82 €

B) Operaciones de capital

Capítulo 6 Enajenación de inversiones reales

0,00 €

Capítulo 7 Transferencias de capital

0,00 €

Total Operaciones de capital

0,00 €

2.- OPERACIONES FINANCIERAS

Capítulo 8 Activos financieros

0,00 €

Capítulo 9 Pasivos financieros

0,00 €

Total Operaciones financieras

0,00 €

Total Presupuesto de INGRESOS

19.894.561,82 €

GASTOS

AÑO 2015

1.- OPERACIONES NO FINANCIERAS

Capítulo 1 Gastos de personal

7.721.117,73 €

Capítulo 2 Gastos en bienes corrientes y servicios

9.156.123,68 €

Capítulo 3 Gastos financieros

120.500,00 €

Capítulo 4 Transferencias Corrientes

338.260,00 €

Capítulo 5 Fondo Contingencia

100,00 €

Total Operaciones corrientes

17.336.101,41 €

B) Operaciones de capital

Capítulo 6 Inversions reales

732.000,00 €

Capítulo 7 Transferencias de capital

211.000,00 €

Total Operaciones de capital

943.000,00 €

2.- OPERACIONES FINANCIERAS

Capítulo 8 Activos financieros

10.000,00 €

Capítulo 9 Pasivos financieros

300.000,00 €

Total Operaciones financieras

310.000,00 €

Total Presupuesto de Gastos

18.589.101,41 €

Del mismo modo, según los artículos 90 de la Ley 7/1985 y 126 del Texto Refundido 781/1986 de 18 de abril, se transcribe la Plantilla de Personal para el ejercicio 2015:

Peón

Nivel 11

9

Peón Especialista

Nivel 10

1

Trabajador Familiar

Nivel 9

9

Subalterno

Nivel 9

2

Oficial 3ª

Nivel 8

10

Auxiliar Información Turística

Nivel 8

4

Auxiliar Recepción

Nivel 8

3

Sepulturero

Nivel 7

1

Monitora corte y confección

Nivel 7

1

Oficial 2ª

Nivel 7

0

Oficial 1ª Acometidas Múltiples

Nivel 6

1

Oficial 1ª

Nivel 6

7

Dinamizador

Nivel 8

1

Capataz

Nivel 5

1

Instalador

Nivel 3

1

Profesor

Nivel 2

7

Psicóloga

Nivel 1

1

Médico

Nivel 1

1

Director Escuela Música

Nivel 1

1

PERSONAL LABORAL

Grupo / Nivel

Núm. Plazas

CATEGORÍAS

Encargado

C1

1

SUBESCALA: SERVICIOS ESPECIALES

CLASE: OFICIS

Grupo / Nivel

Núm. Plazas

CATEGORÍAS

Conserje

AP

1

Inspector recaudador

C2

1

Inspector Medio Ambiente

C2

1

Auxiliar Archivo/Biblioteca

C2

3

Auxiliar Informática

C2

2

Auxiliar Delineante

C2

2

Recaudador Municipal

C2

1

CATEGORÍAS

Grupo / Nivel

Núm. Plazas

SUBESCALA: SERVICIOS ESPECIALES

CLASE: COMESES ESPECIALES

Policía Turística

C1

6

Policía Local

C1

44

Oficial

C1

10

Subinspector

A2

2

Inspector

A2

1

CATEGORÍAS

Grupo / Nivel

Núm. Plazas

SUBESCALA: SERVICIOS ESPECIALES

CLASE: POLICIA LOCAL

Celador Disciplina Urbanística

C1

2

Delineante

C1

1

Jefe Unidad Servicios Informáticos

C1

1

Tesorero Municipal

C1

1

CATEGORÍAS

Grupo / Nivel

Núm. Plazas

CLASE: TÉCNICOA AUXILIAR

Ingeniero Técnico Obres Públicas

A2

1

Trabajador Social

A2

1

Arquitecto Técnico

A2

3

Técnico

A2

2

CATEGORÍAS

Grupo / Nivel

Núm. Plazas

SUBESCALA: TÉCNICOA

CLASE: TÉCNICOA MEDIO

Técnico

A1

2

Ing Industrial

A1

1

Jefe Área

A1

1

Asesor Jurídico

A1

1

Archivero

A1

1

Arquitecto

A1

2

Técnico de Patrimonio

A1

1

CATEGORÍAS

Grupo / Nivel

Núm. Plazas

ESCALA: ADMINISTRACIÓ ESPECIAL

SUBESCALA: TÉCNICOA

CLASE: TÉCNICOA SUPERIOR

Subalterno

AP

3

CATEGORÍAS

Grupo / Nivel

Núm. Plazas

SUBESCALA SUBALTERNA

Auxiliar Tesorería

C2

1

Auxiliar

C2

36

CATEGORÍAS

Grupo / Nivel

Núm. Plazas

SUBESCALA AUXILIAR

Administrativo

C1

17

CATEGORÍAS

Grupo / Nivel

Núm. Plazas

SUBESCALA ADMINISTRATIVA

Técnico Contratación

A2

1

CATEGORÍAS

Grupo / Nivel

Núm. Plazas

SUBESCALA DE GESTIÓN

A. Jurídico TAG

A1

2

CATEGORÍAS

Grupo / Nivel

Núm. Plazas

ESCALA: ADMINISTRACIÓ GENERAL

SUBESCALA TÉCNICOA

Secretario/a HCN

A1

1

Interventor H.C.N.

A1

1

CATEGORÍAS

Grupo / Nivel

Núm. Plazas

ESCALA HABILITACIÓN ESTATAL

En cumplimiento de lo establecido al artículo 75.5 de la Ley 7/1985 Reguladora de las Bases del Régimen Local, se realiza la trascripción de la Base de ejecución del Presupuesto número 47 en la que se establecen las retribuciones de los cargos con dedicación exclusiva y parcial, indemnizaciones y asistencias y que ha sido objeto de la modificación:

Base 47.- Remuneracions dels membres de la Corporació.

Base 45.- Remuneraciones de los miembros de la Corporación.

2. En consecuencia con lo expuesto, las retribuciones de los miembros de la Corporación con dedicación exclusiva, serán las siguientes:

El Sr. Alcalde/Alcaldesa de la Corporación, CUARENTA MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y TRES EUROS CON TREINTA Y TRES CÉNTIMOS (40.833,33 €) pagables en catorce mensualidades.

El Primero, Segundo y Tercer Teniente de Alcalde, TREINTA SEIS MIL SETECIENTOS CINCUENTA EUROS (36.750,00 €) pagables en catorce mensualidades.

El Cuarto Teniente de Alcalde, VEINTINUEVE MIL CUATROCIENTOS EUROS (29.400,00 €) pagables en catorce mensualidades.

Para el resto de Tenientes de Alcalde y miembros de la Corporación con dedicación exclusiva, TREINTA Y DOS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS EUROS CON SESENTA Y SIETE CÉNTIMOS (32.666,67 €) anuales pagables en catorce mensualidades.

Todos ellos, están de alta en el Régimen General de la Seguridad Social, y la Corporación asume el pago de las cuotas empresariales que corresponda.

En cuanto al régimen de las asistencias, cada miembro de la Corporación sin dedicación exclusiva o parcial, tendrá derecho a las remuneraciones expresadas a la siguiente tabla:

Junta de Gobierno Local (convocada con carácter ordinario, extraordinario o extraordinario y urgente) 142,50 euros

Pleno convocado con carácter Ordinario 570,00 euros

Pleno convocado con carácter Extraordinario 190,00 euros

Pleno convocado con carácter Extraordinario y Urgente 190,00 euros

Comisión Informativa de Asuntos Generales convocada con carácter ordinario o urgente 95,00 euros

Comisión Especial de Cuentas 95,00 euros

Las asistencias se harán efectivas cada dos meses. A estos efectos, por la Secretaría del Ayuntamiento se certificará el tipo y número de sesiones convocadas y la asistencia efectiva de cada uno de los miembros sin dedicación exclusiva o parcial y el Jefe de Personal elaborará la documentación con la retención que legalmente corresponda.

En cumplimiento con lo establecido en el artículo 30 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, y en coherencia con el objetivo de estabilidad presupuestaria y la regla de gasto regulados en la citada Ley, el límite máximo de gasto no financiero de este Ayuntamiento, que marcará el techo de asignación de recursos de estos presupuestos, es de 17.115.298,89 euros.

Esta aprobación podrá ser impugnada ante la jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en el artículo 170 y 171 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales, aprobado por Real decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establezcan las normas de la mencionada Jurisdicción.

Andratx, 22 de enero de 2015

 

El alcalde

 Llorenç Suau Simó