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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 7 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 19355
Juicio verbal 531/2013-C3 sobre otras materias

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Texto

EUGENIO TOJO VAZQUEZ, SECRETARIO DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO SIETE DE PALMA.

Por el presente hago saber: Que en el JUICIO VERBAL 531/2013-C3 instados por LAVANDERIA ALICE C.B., representada por el Procurador D. RAFAEL AMENGUAL VAQUER, contra AMAMAI S.L., ha recaído sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

FALLO

QUE ESTIMANDO la demanda interpuesta por la representación de LAVANDERIA ALICE, CB, contra AMAMAI, SL, rebelde procesal, DEBO CONDENAR Y CONDENO a la misma a abonar la cantidad de 2.352,76 euros, intereses legales moratorios desde demanda e imposición de costas.

Notifíquese la presente resolución a las partes con apercibimiento de que contra la misma NO cabe recurso al tratarse de cuantía no superior a 3.000 euros (Art. 455.1 LEC tras nueva redacción dada por Ley 37/2011 de 10 de Octubre).

Así por esta mi sentencia, que la pronuncio, mando y firmo.”

Y ante la situación de constante rebeldía de la entidad demandada AMAMAI S.L., y lo ignorado de su actual paradero en la causa, para que le sirva de notificación, en la forma prevista en el artículo 498 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, expido el presente que firmo en Palma, a diez de Octubre de dos mil catorce