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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

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AYUNTAMIENTO DE CALVIÀ

Núm. 768
Notificación de la resolución del recurso de reposición del expediente sancionador de OO.MM. 2013-163731-2334

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Dado que las notificaciones realizadas por correo certificado, con acuse de recibo, no han surtido efecto y no se han podido hacer efectivas, por ignorarse el domicilio o no haber encontrado a los interesados que se relacionan, se procede, en cumplimiento del que establecen los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27 de noviembre) a la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de las siguientes resoluciones:

“En virtud de la facultad conferida por el art. 21.1.n) de la Ley 7/1985, de 2 de abril de Bases de Régimen Local, y en virtud de Delegación conferida por Decreto de Alcaldía de 14 de junio de 2011, RESUELVO:

Nº exp. /Año: 2013-163731-2334

Fecha de la resolución del recurso de reposición : 2 de septiembre de 2014

Denunciado: TENA ROBINSON, CRISTINA

Precepto infringido: Art. 8.a) ORDENANZA MUNICIPAL DE POLICÍA Y BUEN GOBIERNO

Sanción propuesta: 90€ (inicialmente 150€)

1º.- Desestimar el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución dictada en fecha 31 de marzo de 2014.

2º.- Confirmar a sanción impuesta de diez mil un euros (90'00€) a la responsable de la infracción.”

Contra estas resoluciones, que ponen fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.1 y 46.4 de la Ley 29/1998, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa, podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de Palma de Mallorca de dicha jurisdicción en el plazo de DOS MESES, contados a partir del día siguiente a la recepción de la presente, y sin perjuicio de la utilización de cualquier otro recurso que crea conveniente.

El importe de la sanción deberá hacerse efectiva antes del día 5 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior si recibiera la presente resolución entre los días 1 y 15, y antes del día 20 si la recibiera entre los días 16 y último del mes o inmediato hábil posterior.

Transcurrido el mismo sin abonar su importe durante el período voluntario, se procederá a su recaudación por vía de apremio con los recargos e intereses legales correspondientes.

FORMAS DE PAGO:

A) En el servicio de Recaudación Municipal (Calle Ca'n Vich, nº 14, Calvià) en metálico o mediante cheque o talón de cuenta corriente conformado, acompañando la presente notificación.

B) Mediante giro postal, dirigido al Servicio de Recaudación del Ayuntamiento de Calvià, consignando el número de expediente.

C) Mediante el ingreso en cualquier oficina de las siguientes entidades bancarias:

  • BANCO DE CRÉDITO BALEAR “ES CRÈDIT” c/c nº ES57-0024-6852-09-0660022409
  • GRUPO BANCO MARE NOSTRUM “SA NOSTRA” c/c nº ES55-0487-2025-21-2000002775
  • CAIXA D'ESTALVIS I PENSIONS DE BARCELONA “LA CAIXA” c/c nº ES34-2100-0713-23-0200018898

   

Calvià, 12 de enero de 2015

El Secretario accidental
Juan Castañer Alemany