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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y UNIVERSIDADES

Núm. 505
Resolución por la cual se corrige el error advertido en la Resolución del director general de Educación, Personal Docente, Universidades e Investigación de 25 de noviembre de 2014 por la cual se emplaza a los interesados en el recurso contencioso administrativo, procedimiento abreviado nº 274/2014

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Texto

Hechos

1. En el Boletín  Oficial de las Illes Balears nº 163, de 29 de noviembre de  2014, se publicó la Resolución del director general de Educación, Personal Docente, Universidades e Investigación de 25 de noviembre de 2014 por la cual se emplaza a los interesados en el recurso contencioso administrativo, procedimiento abreviado nº 274/2014.

2. Revisada la Resolución mencionada, se ha advertido un error que hay que corregir.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de les Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, establece que las administraciones públicas pueden rectificar en cualquier momento de oficio o a instancia de las personas interesadas, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

2. El director general de Educación y Cultura, de acuerdo con el apartado 1.a) de la Resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 15 de diciembre de 2014 de delegación de determinadas competencias en materia de gestión de personal en el director general de Educación y Cultura (BOIB nº 174, de 20 de diciembre de 2014), es competente para dictar la siguiente

RESOLUCIÓN

1. Corregir el error advertido en la Resolución del director general de Educación, Personal Docente, Universidades e Investigación de 25 de noviembre de 2014 por la cual se emplaza a los interesados en el recurso contencioso administrativo, procedimiento abreviado nº 274/2014.

Donde dice:

Juzgado Contencioso-Administrativo núm. 1 de Palma

Debe decir:

Juzgado Contencioso-Administrativo núm. 3 de Palma

2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recurso

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el director general de Educación y Cultura en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al día en que se publique en el BOIB, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y los artículos 25.5 y 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Contencioso-Administrativo de Palma en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de la publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Palma, 8 de enero de 2015

El director general de Educación y Cultura
Antoni Vera Alemany