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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

Núm. 456
Resolución de la consejera de Administraciones Públicas por la cual se nombra al registrador del Registro de Maó y del Registro Mercantil de Maó y del Registro de Alcúdia en el ámbito de las Islas Baleares

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Texto

Hechos  

1. Mediante Resolución de 20 de octubre de 2014 (BOE de 24 de octubre de 2014), la Dirección general de los Registros y Notariado del Ministerio de Justicia convocó el concurso ordinario núm. 290 de orden de expediente del cuerpo de registradores y, entre otras, para proveer las plazas vacantes de los correspondientes Registros de la Propiedad, Mercantiles y de bienes Muebles en el ámbito de las Islas Baleares, según la relación aneja a la documentación enviada.            

2. El día 9 de noviembre de 2014, la Dirección general de los Registros y  Notariado resolvió el concurso y, a tal efecto, proveyó las vacantes correspondientes:  

  • Sr. Ángel de la Puente Jiménez como registrador de Maó y del Registro Mercantil de Maó (Menorca).
  • Sra. Ana María Bueno Cano como registradora al Registro de Alcúdia (Mallorca). 

Fundamentos de derecho  

1. El apartado 2 del artículo 99 del Estatuto de Autonomía de les Illes Balears en la redacción de la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de reforma del Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares, corresponde en la Comunidad Autónoma la facultad de nombrar los registradores que deben prestar sus servicios en las Islas Baleares y, con el fin de cumplir el precepto legal antes mencionado, la Dirección general de los Registros y Notariado ha enviado a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares el expediente del concurso mencionado.  

2. El artículo 12.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, establece que si alguna disposición atribuye competencia a una administración pública, sin especificar el órgano que la ha de ejercer, se entiende que la facultad de instruir y resolver los expedientes corresponde a los órganos inferiores competentes por razón de la materia y en —virtud del artículo 2.9 b del Decreto 6/2013, de 2 de mayo, del presidente de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears—, la Dirección general de Interior, Emergencias y Justicia es competente en cuanto a las relaciones con los operadores jurídicos.  

3. En fecha 12 de enero de 2015, el Director general de Interior, Emergencias y Justicia hizo la propuesta de resolución sobre el nombramiento de estos Registradores de la Propiedad y Mercantiles y de Bienes Muebles.  

Por todo esto, dicto la siguiente  

RESOLUCIÓN

1. Nombrar al Sr. Ángel de la Puente Jiménez como registrador de Maó y del Registro Mercantil de Maó (Menorca). 

2. Nombrar al Sra. Ana María Bueno Cano como registradora al Registro de Alcúdia (Mallorca). 

2. Disponer la publicación de este nombramiento en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos  

Contra  esta  Resolución —que  agota la vía  administrativa— se  puede  interponer un  recurso  potestativo de reposición ante el Consejero de Administraciones Públicas  en  el plazo de un mes  contador desde el día siguiente de haber publicado la Resolución de acuerdo  con el artículo 117 de la Ley  30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones  Públicas  y del  Procedimiento  Administrativo  Común,  y el artículo 57 de la Ley  3/2003, de 26 de marzo  de Régimen  Jurídico de la Administración de la Comunidad  Autónoma de las Islas Baleares.  

 

También se puede  interponer  directamente un  recurso  contencioso  administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia  de las  Islas Baleares  en  el plazo de dos  meses contadores desde  el primer día siguiente de haber  publicado la Resolución  de acuerdo  con el artículo 46 de la Ley  29/1998, de 13 de julio  Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.  

  

Marratxí, 12 de enero de 2015 

 

El consejero de Administraciones Públicas 

Juan Manuel Lafuente Mir