Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE INCA
Núm. 438
Aprobación definitiva de las bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones para el fomento de la ocupación a realizar por el área de formación, ocupación y trabajo del ayuntamiento de Inca para el año 2015
En fecha 09 de diciembre de 2014 se publica en el BOIB núm. 168 sec V Pág. 58052, el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Inca realizado en fecha 28 de Noviembre de 2014, por el cual se aprueban inicialmente las bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones para el fomento de la ocupación a realizar por el área de Formación, Ocupación y Trabajo del Ayuntamiento de Inca para el año 2015. De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 102 de la Ley de 20/2006, de 15 de Diciembre, Municipal i de régimen local de las Islas Baleares, se ha expuesto al publico el referido acuerdo, por un termino de 30 días, desde el siguiente a la publicación de dicho acuerdo en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, a los efectos de que todos los interesados presenten alegaciones contra el mismo delante del Pleno Municipal.
Dado que transcurrido el plazo no han habido alegaciones al respecto, las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento de la ocupación se consideran definitivamente aprobadas en el siguiente contenido literal:
BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO DE LA OCUPACIÓN A REALIZAR POR EL ÁREA DE FORMACIÓN, OCUPACIÓN Y TRABAJO DEL AYUNTAMIENTO DE INCA PARA EL AÑO 2015.
El Ayuntamiento de Inca, con las facultades de autoorganización que tiene atribuidas por la legislación vigente en materia de régimen local, teniendo en cuenta las disposiciones contenidas tanto en la ley 30/2003, general de subvenciones como en su Reglamento aprobado por el Real Decreto 887/2006, determina mediante estas bases el procedimiento completo a seguir a la hora de fomentar la ocupación en la ciudad de Inca. Con estas bases se pretende fijar unos criterios que permitan la libre concurrencia así como cumplir con los principios administrativos de publicidad y objetividad, garantizando la transparencia administrativa.
Artículo 1. OBJETO
El objeto de esta convocatoria de subvenciones es el fomento de la ocupación en la ciudad de Inca mediante la concesión de ayudas económicas para ayudar a la contratación y a la creación de nuevos lugares de trabajo con la contratación por parte de empresas ubicadas en Inca de gente en paro empadronada en Inca, y la auto ocupación de las personas empadronadas en Inca.
Artículo 2. CRÉDITO PRESUPUESTARIO
En el presupuesto del ayuntamiento de Inca para el año 2015, se ha previsto un crédito destinado a dar cobertura a la presente convocatoria que asciende a la cantidad de 60.000 €, de los cuales
Artículo 3. REQUISITOS DEL SOLICITANTE
Podrán ser personas beneficiarias de estas ayudas:
Las empresas cuyo centro de trabajo esté ubicado en Inca que contrate personas trabajadoras empadronadas en Inca e inscritos como demandantes de empleo en la oficina del SOIB, y que cumplan la condición de no tener una facturación superior a 500.000 € anuales.
Las personas inscritas en la oficina de empleo del SOIB de Inca que se den de alta como autónomos y que hayan de ejercer su actividad profesional en el municipio de Inca.
Artículo 4. CANTIDAD DE LAS SUBVENCIONES Y OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS BENEFICIARIAS
A los efectos de determinar la cuantía de la subvención que se asigna a cada solicitante se establecen los siguientes criterios:
Ayudas a los empresarios de Inca para la contratación de personas en situación de paro inscritas en el municipio de Inca con un porcentaje del 50% del pago de la Seguridad Social, con un máximo de 200 € mensuales (total de 1200 €/persona nueva contratada ) durante seis meses, de los nuevos empleados contratados por un período mínimo de seis meses.
Cada persona solicitante podrá presentar una o más solicitudes. El primer pago de las ayudas se hará a los tres meses de haber contratado, una vez aprobada la solicitud por el órgano competente, presentando al ayuntamiento los documentos que acrediten que efectivamente se ha establecido la relación contractual durante el período establecido, y una vez realizado el cálculo del 50% del coste de la seguridad social mediante los documentos TC1 y TC2.El segundo pago se realizará a los seis meses de haber contratado presentando al ayuntamiento los documentos que acrediten que efectivamente se ha establecido la relación contractual durante el período establecido, y una vez realizado el cálculo del 50% del coste de la seguridad social mediante los documentos TC1 y TC2.
Ayudas a nuevas personas emprendedoras que inicien una actividad laboral por cuenta propia en el Municipio de Inca.
Ayuda de 50 €/mes (total de 300 €), durante seis meses para emprendedores que estén en paro, que se den de alta de autónomos en Inca. Las ayudas se recibirán en dos pagos de 150 € cada uno: el primer pago se recibirá dentro de los 30 días siguientes a la resolución de la concesión por la junta de gobierno, y el siguiente seis meses después; una vez justificado el mantenimiento de su alta como trabajador autónomo durante un mínimo de seis meses.
Los beneficiarios y beneficiarias deberán de acreditar la documentación requerida en estas bases para recibir las ayudas.
En el caso de las empresas deben acreditar tener la licencia de apertura en vigor, o haber iniciado los trámites para obtenerla en el momento que se solicite la subvención.
Las ayudas se concederán por orden de entrada, cumpliendo los requisitos establecidos, en el registro del ayuntamiento hasta la finalización del presupuesto destinado a estas ayudas.
Artículo 5. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y PLAZOS
Las personas interesadas podrán presentar la correspondiente solicitud, en la cual adjuntaran la documentación requerida en estas bases, desde el día siguiente a la publicación de las presentes bases en el BOIB hasta la fecha 31 de Noviembre de 2015 o hasta que se termine la cuantía económica .
Dichas solicitudes se presentarán en el registro General de la entidad local, situado en la plaza de España número 1, en horario de 8.00 a 15.00 horas o por cualquier otro medio previsto en el Art. 38 de la Ley 301/1992, de régimen Jurídico de las administraciones públicas i de procedimiento administrativo común.
Artículo 6. REQUISITOS DE LAS SOLICITUDES.
Requisitos para empresas que contraten:
Qué es el municipio de Inca el lugar donde radica su centro de trabajo.
Que han dado de alta en la Seguridad Social a una persona desocupada o en situación de mejora de ocupación empadronada en la ciudad de Inca.
Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, y con la Tesorería General de la Seguridad Social.
Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con el Ayuntamiento de Inca.
No estar incluido en ninguna circunstancia de inhabilitación referida en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de Noviembre, general de subvenciones.
La empresa deberá tener una facturación anual inferior a 500.000 € demostrable.
La empresa podrá solicitar ayudas para la contratación sin límite de trabajadores y trabajadoras.
La empresa no habrá tenido bajas de personal con motivo de despido en los seis meses anteriores al momento de la solicitud.
Para solicitar estas ayudas la contratación del nuevo trabajador se debe haber realizado en una fecha comprendida entre 1 de Noviembre de 2014 y el 31 de Noviembre de 2015.
La persona contratada deberá estar empadronada en el municipio de Inca e inscrita como demandante de empleo en las oficinas del SOIB.
Requisitos para emprendedores:
El nuevo autónomo deberá estar empadronado en Inca con anterioridad al 1 de Enero de 2014.
La nueva persona dada de alta como autónomo debe haber estado inscrito como persona demandante de empleo en las oficinas del SOIB antes de darse de alta como autónomo.
Que no se hayan matriculado en el impuesto de actividades económicas en la misma o similar actividad, en los últimos doce meses anteriores a la creación de la empresa para la que solicita la ayuda.
Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, y con la Tesorería General de la Seguridad Social.
Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con el Ayuntamiento de Inca.
No estar incluido en ninguna de las circunstancias de inhabilitación a las que se refiere el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de Noviembre, general de subvenciones.
Para solicitar estas ayudas el nuevo autónomo debe haber iniciado su actividad en una fecha comprendida entre 1 de Noviembre de 2014 y el 31 de Noviembre de 2015.
Las solicitudes han de ir debidamente firmadas por la persona interesada y acompañadas de la siguiente documentación:
En el caso de persona física, comunidad de bienes o sociedades civiles sin personalidad jurídica: fotocopia compulsada del documento nacional de identidad o pasaporte o, en su caso, tarjeta de identidad y del número de identificación fiscal de la persona o personas, partícipes o socios, respectivamente.
El supuesto de asociaciones o fundaciones: original o fotocopia compulsada de los estatutos, de la inscripción en el registro correspondiente y del código de identificación fiscal. Además, la persona que suscribe la solicitud deberá acreditar que ostenta en este momento su representación a tal efecto.
En el caso de personas jurídicas: original o copia compulsada de los estatutos, así como su inscripción en el registro correspondiente y del código de identificación fiscal. Además, la persona que suscribe deberá acreditar que tiene en este momento su representación a tal efecto.
Deberán presentar también la siguiente documentación:
Ayudas empresarios de Inca que contraten ciudadanos de Inca:
Acreditación de estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, mediante la presentación de los correspondientes certificados emitidos por la Agencia Tributaria del Estado, Comunidad Autónoma, Ayuntamiento de Inca y la Tesorería General de la Seguridad Social. En el momento de la solicitud se prevé la posibilidad de sustituir estos certificados por una declaración responsable firmada por el representante de la entidad.
Memoria de la actividad que lleva a término, indicando su fecha de inicio, y que actualmente continua con su actividad, y que es en el municipio de Inca el lugar donde radica su centro de trabajo.
Informe de vida laboral de la empresa (este informe se puede solicitar por el sistema red de la Seguridad Social), actualizado en el momento de la solicitud, con un periodo de los 12 últimos meses, donde se demuestre que ha habido un incremento de plantilla en la empresa.
Documentación justificativa de las bajas de los trabajadores que se han producido en los últimos seis meses ( finiquitos, bajas por enfermedad…)
Documento del último año del impuesto de renta de sociedades en caso de empresas, o la última declaración de la renta en caso de autónomos.
Documentación del trabajador contratado: contrato de trabajo del nuevo trabajador, DNI, Tarjeta del paro, certificado de empadronamiento, TC1 (o justificante de pago de los seguros sociales) Y TC2.
Personas inscritas en la oficina del SOIB que se den de alta como autónomos:
Acreditación de encontrarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, mediante la presentación de los correspondientes certificados emitidos por la Agencia Tributaria del Estado, Comunidad Autónoma, Ayuntamiento de Inca y la Tesorería General de la Seguridad Social. En el momento de la solicitud se prevé la posibilidad de sustituir estos certificados por una declaración responsable firmada por el representante de la entidad.
Memoria de la actividad a desarrollar en el Municipio de Inca.
Certificado de empadronamiento y de alta del empadronamiento.
Tarjeta de inscripción en la oficina del SOIB o certificado de haber estado inscrito .
Certificado de la vida laboral.
En el caso de haber ejercido anteriormente como autónomo, traer el certificado de alta en el IAE de estas actividades.
Artículo 7. TRAMITACIÓN E INSTRUCCIÓN DEL EXPEDIENTE.
El órgano competente para la instrucción será el área de formación, ocupación y trabajo, la cual realizará cuantas acciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en base a los cuales se haya de dictar resolución. Por todo esto se podrán solicitar los informes técnicos que se considere oportuno. Se realizará la valoración de las solicitudes y la comprobación de la documentación requerida a los efectos de determinar el importe de la subvención, si es el caso, y se formulará propuesta de resolución. Dicha propuesta de resolución habrá de ser aprobada por la junta de gobierno y notificado individualmente este acuerdo a las personas interesadas
Artículo 8. JUSTIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LA FINALIDAD DE LA SUBVENCIÓN.
Atendida la singularidad y excepcionalidad de esta convocatoria de subvenciones cabe indicar que la justificación del cumplimiento de la finalidad de la subvención ya viene dada por las consecuencias de la crisis económica actual, y en beneficio de los ciudadanos de Inca al ayudar a estimular la economía, fomentar la auto ocupación, la contratación por parte de las empresas del municipio, desarrollar iniciativas locales, y atraer nuevas empresas que generen nuevos puestos de trabajo en Inca, por este motivo será suficiente que en el informe técnico que se realice queden acreditados los requisitos demandados en estas bases.
En caso de no haber presentado certificado negativo de las deudas con la Hacienda Pública Estatal, Autonómica y Local, con la Seguridad Social, o habiéndolo presentado haya transcurrido el termino de seis meses desde su emisión, lo habrá que presentar antes de iniciar los trámites de pago de la subvención.
Artículo 9. PAGO
El pago de las subvenciones se realizará una vez resuelto el expediente, donde quede acreditado el cumplimiento de la finalidad de la subvención, y según las instrucciones que aparecen en el artículo cuatro de estas bases.
Artículo 10. INTERPRETACIÓN
El área de formación, ocupación y trabajo de el ayuntamiento de Inca resolverá las cuestiones que se planteen en la tramitación de las solicitudes, así como las dudas sobre la interpretación de estas bases.
ANEXOS
MODELOS
Solicitud de ayudas a la contratación por parte de las empresas.
Datos de la entidad solicitante.
Nombre de la entidad: |
Dirección: |
Teléfono: |
Fax: |
E-mail: |
Datos de la persona representante legal:
Nombre y apellidos: |
Cargo: |
DNI: |
Teléfonos (fijo y móvil): |
Ayuda solicitada:
Solicito la ayuda económica equivalente al 50% del pago de los seis primeros meses de los costes de la Seguridad Social del Sr./Sra.:_____________________________________ con DNI_____________ trabajador/a contratado en nuestra empresa con fecha ___ de _____________ de ______. (Firma)
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Declaración Jurada:
1.No haber desfigurado la verdad ni ocultado información en relación a los datos que constan en la presente solicitud.
2.Que se encuentra al corriente de pago de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
3.Que la documentación presentada para la obtención de estas ayudas es fidedigna.
Inca, a ___ de _______________ de _______
(firma del/la representante legal)
Solicitud de ayudas para los nueva personas emprendedoras.
Datos de la persona solicitante.
Nombre y apellidos: |
DNI: |
Edad: |
Dirección: |
Población: |
CP: |
Teléfono (fijo y móvil) |
Fax: |
E-mail: |
ACTIVIDAD A DESARROLLAR: |
LUGAR DONDE SE DESARROLLARÁ LA ACTIVIDAD: |
Ayuda solicitada:
Solicito la ayuda económica equivalente a 50€/mes, durante los primeros seis meses, para el pago de la cuota de la Seguridad Social de mi nueva actividad laboral en calidad de persona dada de alta como autónoma. (firma)
|
Declaración jurada:
1.No haber desfigurado la verdad ni ocultado información de los datos que constan en la presente solicitud.
2.Que se encuentra al corriente de pago de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
3.Que la documentación presentada para la obtención de estas ayudas es fidedigna.
Inca, a __ de _____________ de _______
(firma)
Solicitud de transferencia bancaria para el pago de la subvención.
Datos del/ de la beneficiario/a.
NIF/CIF: |
Nombre o denominación social: |
Dirección: |
Población: |
CP: |
Teléfono (fijo y móvil): |
Fax: |
E-mail: |
Alta de los datos bancarios
Nombre de la entidad bancaria o caja de ahorros: |
Código entidad Oficina núm.: DC: Cuenta corriente o libreta: Núm. Ayuda solicitada: |
Diligencia de conformidad de la entidad bancaria:
ENTIDAD BANCARIA EL/LA BENEFICIARIO/A
(sello y firma) (firma)
Localidad y fecha
|
Ayudas para la ocupación Ayuntamiento de Inca
DOCUMENTACIÓN A ADJUNTAR A LA SOLICITUD
Las solicitudes deben ir debidamente firmadas por la persona interesada y acompañadas de la siguiente documentación:
Deberán presentar también la siguiente documentación:
Ayudas para empresarios/as de Inca que contraten a personas ciudadanas de Inca:
Acreditación de encontrarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la seguridad social, mediante la presentación de los correspondientes certificados emitidos por la Agencia Tributaria de el Estado, Comunidad Autónoma, Ayuntamiento de Inca y la Tesorería General de la Seguridad Social. En el momento de la solicitud se prevé la posibilidad de sustituir estos certificados por una declaración responsable firmada por la persona representante de la entidad.
Personas inscritas en oficina del SOIB que se den de alta como autónomas:
Inca 09 de Enero de 2015
El Alcalde-Presidente
Rafael Torres Gómez