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AYUNTAMIENTO DE EIVISSA
Núm. 435
Resolución 2014-1546 sobre animal abandonado en el Centro de protección animal del Ayuntamiento de Eivissa con número de transponder 981098100880801
No habiéndose podido notificar al señor ARMANDO LÓPEZ OLMEDO en el domicilio que figura en el Registro de Identificación de Animales de Compañía de las Islas Baleares, se publica la notificación de fecha 11 de septiembre de 2014, conforme al artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, del tenor literal siguiente:
” NOTIFICACIÓN RESOLUCIÓN PROCEDIMIENTO
Le comunico que en fecha 10 de septiembre de 2014, se ha dictado Resolución 2014-1456, del tenor literal siguiente:
“DECRETO.-
Identificación del expediente: 6139/2014
Decreto sobre recogida de un animal abandonado en el Centro de Protección Animal.
Hechos
Dado que el dia 28 de agosto de 2014 ingresó en las dependencias del Centro de Protección Animal un animal de raza BULL TERRIER identificado con transponder núm. 981098100880801.
Dado que consta registrado en el Registro de Identificación de Animales de Compañía de las Illes Balears a nombre del Sr. ARMANDO LOPEZ OLMEDO, con DNI 48463988-G y domicilio C/ NUEVA, Nº 13, BAJOS,ORIHUELA, ALICANTE.
Mediante la presente y de conformidad a lo previsto en el Decreto 56/1994, de 13 de mayo, modificado por el Decreto 98/2006, de 24 de noviembre, aprueba el Reglamento para el desarrollo y aplicación de la Ley 1/1992, de 8 de abril, de protección de los animales que viven en el entorno humano.
RESUELVO:
PRIMERO.- Informar a la persona propietaria del animal abandonado:
- Que dispone de ocho dias hábiles, desde la fecha de recepción de esta resolución, para recuperar el animal abandonado, de conformidad con el artículo 69.3 del Decreto 56/1994, de 13 de mayo, modificado por el Decreto 98/2006, de 24 de noviembre, que aprueba el Reglamento para el desarrollo y aplicación de la Ley 1/1992, de 8 de abril, de protección de los animales que viven en el entorno humano.
- Que habrá de hacerse cargo de los gastos originados por el mantenimiento del animal, previamente a la recuperación, de acuerdo con el artículo 69.4 del Decreto 56/1994, de 13 de mayo, modificado por el Decreto 98/2006, de 24 de noviembre, que aprueba el Reglamento para el desarrollo y aplicación de la Ley 1/1992, de 8 de abril, de protección de los animales que viven en el entorno humano.
- Que transcurrido este plazo, el animal podrá ser cedido a terceras personas o bien sacrificado.
SEGUNDO.- Notificar esta resolución a la persona interesada."
Lo cual le notifico de acuerdo con lo que dispone el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. “
Eivissa, 2 de enero de 2015
El Concejal Delegado
Juan Flores Jimenez