Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE TURISMO Y DEPORTES
Núm. 635
Notificación de la Resolución del recurso de reposición del expediente núm. 084/2014 instruido por la Consejería de Turismo y Deportes
No habiendo sido posible la notificación de la Resolución del recurso de reposición interpuesto por el Sr. David Ruiz Pérez, titular del establecimiento llamado Cafetería Bar Dragonera, ubicada en C/ Dragonera, 22 bajos, de El Arenal, Llucmajor, contra la resolución del Secretario General de la Consejería de Turismo y Deportes, por delegación del Consejero de Turismo (Resolución de 24.01.2014, BOIB núm. 15, 30.01.14), de fecha 13 de octubre de 2014, recaída en el expediente sancionador núm. 084/2014, por infracción a la vigente legislación, ya que el servicio de Correos la ha devuelto i en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, se le notifica, que en fecha 13 de noviembre de 2014 El Secretario General de la Consejería de Turismo y Deportes, por delegación del Consejero de Turismo y Deportes, (Resolución de 24.01.2014, BOIB núm. 15, 30.01.14) Resolvió: considerar adecuado proceder a la estimación parcial del presente recurso, por cuanto no se considerada que haya habido incumplimiento en la obligación de presentar la documentación requerida para el plan de modernización y calidad, sino incumplimiento en el plazo de presentación de la misma.
Por todo lo expuesto,
RESUELVO: A la vista de todos los hechos y fundamentos de derecho expuestos, Estimar en parte el recurso de reposición interpuesto por el Sr. David Ruiz Pérez, en fecha 27 de de octubre de 2014, en el sentido de rebajar la sanción impuesta en el presente expediente sancionador a la cuantía de 200 euros, por cuanto no se considera que haya habido incumplimiento en la obligación de presentar la documentación requerida para el plan de modernización, sino incumplimiento en el plazo de presentación de la misma.
También se le notifica que contra la presente resolución, podrá interponerse Recurso Contencioso-Administrativo ante los juzgados de lo Contencioso-Administrativo de las Illes Balears, en el plazo de 2 meses a contar desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución, de acuerdo con los artículos 8 y 46 de la ley 29/1998 de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Sin perjuicio, en su caso, de la procedencia del recurso extraordinario de revisión.
Palma, a
El secretario general
Por delegación del consejero de Turismo y Deportes
(Resolución de 24.01.2014, BOIB núm. 15, 30.01.14)
Joaquín Legaza Cotayna