Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 304
Departamento de medio ambiente: notificación resolución expediente limpieza solares

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Por no haberse podido realizar la preceptiva notificación al  siguiente  titular: Sr. Gabriel Cruellas Munar, en el domicilio que consta en el expediente nº  130.01/12 – S, no haber contestado a los avisos dejados, y/o no tener conocimiento de otro donde realizarlas, por el presente Edicto se comunica que en relación al expediente que se tramita en el Servicio de Sanidad y Medio Ambiente como consecuencia  de anomalías sanitarias ubicadas en un solar de esta Ciudad;  esta Alcaldía,  mediante Decretos ha resuelto:

Decreto de Alcaldía nº 10225 de 12 de juny de 2014, relativo al solar  ubicado en la Cí Son Hugo (NO), 3 (ref. cadastral: 9233.02), de Palma.  Exp. 130.01/12 – S.

1.- Ordenar  a Gaspar Cruellas Mas i a los hermanos Carlos, Gaspar, Sebastián y Gabriel Cruellas Munar,  como titulares del solar ubicado en el Camíno de Son Hugo (NO), 3 (ref. catastral: 9233.02), de Palma, que en el plazo de quince días contados a partir de la recepción de la notificación del presente Decreto, procedan a realizar su limpieza y saneamiento, por tal de eliminar las anomalías sanitarias comprobadas; así como mantenerlo en todo momento con las debidas condiciones higiénico-sanitarias, libre de ratas e insectos; por tal de evitar las anomalías sanitarias, que como las denunciadas, se puedan generar. 2.- Apercibir a Gaspar Cruellas Mas y a los hermanos Carlos, Gaspar, Sebastián y Gabriel Cruellas Munar, en caso de que incumplieran lo que se les ha ordenado en el plazo señalado, de la ejecución subsidiaria por parte de este Excmo. Ayuntamiento, siendo los gastos a cargo de los denunciados y siendo responsables de los daños y perjuicios que puedan producirse. 3.- Comunicar por escrito a este Ayuntamiento la fecha de enmienda de las deficiencias observadas, al objeto de su oportuna comprobación.

Contra esta resolución,  que  pone fin a la vía administrativa cabe interponer con carácter potestativo,  recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en la articulo 116 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre de régimen jurídico de las Administraciones públicas y del procedimiento administrativo común según la redacción dada al mismo por la Ley 4/99, de 13 de enero, el plazo para interponerlo es de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación no pudiendo en este caso interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se haya resuelto el de reposición.

El recurso de reposición potestativo deberá  presentarlo en el Registro General de este Ayuntamiento o en las Dependencias a que se refiere el artículo 38-4º, de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, antes citada, y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto y notificada la resolución, en el termino de un mes, a contar del día siguiente a su interposición, quedando en este caso expedita la vía contencioso-administrativa.

De no utilizar el recurso potestativo de reposición, cabe interponer directamente recurso contencioso-administrativo, conforme a lo establecido en el artículo anteriormente citado, y a los artículos 45 y siguientes de la ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación. Ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se estime pertinente.

Palma, a 13 / enero / 2015.

     

LA JEFE DE DEPARTAMENTO

Rosa Llinás Bosch