Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 300
Departamento de medio ambiente: notificación resolución expedientes limpieza solares

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Por no haberse podido realizar la preceptiva notificación al  siguiente  titular: VILASALVA SL, en el domicilio que consta en el expediente nº  38/12 – S, no haber contestado a los avisos dejados, y/o no tener conocimiento de otro donde realizarlas, por el presente Edicto se comunica que en relación al expediente que se tramita en el Servicio de Sanidad y Medio Ambiente como consecuencia  de anomalías sanitarias ubicadas en un solar de esta Ciudad;  esta Alcaldía,  mediante Decretos ha resuelto:

Decreto de Alcaldía nº 19060 de 04 de novembre de 2014, relativo al solar  ubicado en la C/  Manacor, 44 (ref. cadastral: 012040.09), de Palma.  Exp. 38/12 – S.

1.- Ordenar a la entidad VILASALVA SL, con CIF nº B83650648, titular del solar ubicado al C/ Manacor, 44 (ref. catastral: 012040.09), de Palma, que en el plazo de quince días contados a partir de la recepción de la notificación del presente decreto, proceda a realizar su limpieza y saneamiento en su totalidad, por tal de eliminar las anomalías sanitarias comprobadas, así como mantenerlo en todo momento con las debidas condiciones higiénico-sanitarias, libre de ratas e insectos –conforme establece el artículo 22.3 de la vigente Ordenanza de limpieza, deshechos y residuos urbanos (BOIB nº. 78 de 03.06.2004), por tal de evitar las anomalías sanitarias, que como las denunciadas, se puedan generar.

2.- Apercibir a la entidad  VILASALVA SL, en caso de  que no cumpla lo que se le  ha ordenado en el plazo señalado, de la ejecución subsidiaria por parte de este Excmo. Ayuntamiento, siendo los gastos a cargo  de los denunciados y siendo responsables de los daños y perjuicios que puedan producirse.

3.- Comunicar por escrito a este Ayuntamiento la fecha de subsanación de las  deficiencias observadas,  al objeto de efectuar la oportuna comprobación.

Contra esta resolución,  que  pone fin a la vía administrativa cabe interponer con carácter potestativo,  recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en la articulo 116 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre de régimen jurídico de las Administraciones públicas y del procedimiento administrativo común según la redacción dada al mismo por la Ley 4/99, de 13 de enero, el plazo para interponerlo es de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación no pudiendo en este caso interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se haya resuelto el de reposición.

El recurso de reposición potestativo deberá  presentarlo en el Registro General de este Ayuntamiento o en las Dependencias a que se refiere el artículo 38-4º, de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, antes citada, y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto y notificada la resolución, en el termino de un mes, a contar del día siguiente a su interposición, quedando en este caso expedita la vía contencioso-administrativa.

De no utilizar el recurso potestativo de reposición, cabe interponer directamente recurso contencioso-administrativo, conforme a lo establecido en el artículo anteriormente citado, y a los artículos 45 y siguientes de la ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación. Ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se estime pertinente.

 

Palma, a 13 de enero de 2015.

LA JEFE DE DEPARTAMENTO
Rosa Llinás Bosch