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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE SON SERVERA

Núm. 237
Notificación decreto 1361/2014, expediente 5/2014 - ordexecucio

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Intentada la notificación sin éxito a Maria Nieves Ruíz Díaz en varias ocasiones, del Decreto de Alcaldía núm. 1361 referente al expediente 5/2014 – ORDEXECUCIO.

Y resultando lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, Ley de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo común. (LRJAP-PAC).

Se hace público su contenido por un plazo de 20 días a los efectos que la Ley establece.

 

Son Servera, 12 de enero de 2015

El Alcalde,

Antonio Servera Servera

 

"Decreto núm. 1361/2014

Referencia: 000005/2014-ORDEXECUCIO 01. Urbanismo

Antoni Servera Servera, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Son Servera (Illes Balears).

Visto el Decreto de Alcaldía núm. 737/2014 de fecha 10/06/2014 por el que se iniciaba el expediente 5/2014 - ORDEXECUCIO con vistas a adoptar las medidas necesarias para mantener el inmueble situado en la calle Joan Massanet, 15 fachada Verge Sant Salvador de este término municipal, en condiciones de seguridad; el cual fue publicado en el BOIB núm. 99 de fecha 22/07/2014, ya que no pudo ser notificado.

Visto el informe emitido por el arquitecto técnico municipal Eduardo Caldentey Gallardo, de fecha 03/09/2014

Visto que los técnicos municipales han valorado las obras que se deben llevar a cabo por un importe de 150 Euros.

 Visto que no se presentaron alegaciones en contra del decreto de inicio del expediente de la orden de ejecución.

RESUELVO,

Primero.- Ordenar, en virtud de lo previsto en el artículo 10 y siguientes de la Ley 10/1990, de 23 de octubre, de disciplina urbanística a María Nieves Ruiz Díaz, propietaria del solar situado en la calle Joan Massanet, 15 fachada Verge Sant Salvador, de este término municipal, lo que no se encuentra en las condiciones adecuadas de seguridad, ya que la fachada está en mal estado así como sus persianas que amenazan caer, siendo un potencial peligro para los peatones y vehículos, que en el plazo de 3 DÍAS realice, bajo la dirección de técnico competente, las siguientes obras:

1. Retirada inmediata de las persianas en mal estado.

Todo ello sin perjuicio de que se aporte la documentación exigida por las Normas subsidiarias para las obras que se le ordenen, las cuales pueden empezar inmediatamente con la previa comparecencia del técnico competente que las dirige y aportado el proyecto. Igualmente, al haber acabado las obras, se debe aportar un certificado emitido por el técnico director que acredite que estas se han ejecutado conforme a la presente orden de ejecución.

Segundo.- Informar al propietario del solar que el plazo establecido para llevar a cabo la ejecución de las actuaciones indicadas es de 3 días.

Tercero.- Advertir al propietario que en caso de incumplimiento de la orden en el plazo fijado, falta de presentación de la documentación exigida o realización de obras que no se ajusten a las determinaciones de esta orden de ejecución, se ha de imponer una multa coercitiva o, en su caso, se ha incoar un expediente sancionador, según lo previsto en el capítulo V del título II de la Ley 10/1990; previéndose, además, la ejecución subsidiaria a cargo de la propiedad respectiva, de acuerdo con lo previsto en los artículos 95 y siguientes de la Ley 30/1992, LRJAP-PAC.

Son Servera, 21 de octubre de 2014

El Alcalde Presidente                                                                                     Doy fe: El Secretario

Antoni Servera Servera                                                                                  Antoni Gual Sureda"

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa se pueden interponer, alternativamente, los recursos siguientes:

a. - Directamente el recurso contencioso administrativo ante el Tribunal que resulte competente, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de la notificación del presente decreto.

b. - El recurso de reposición potestativo ante el órgano que ha dictado esta resolución, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución.

No obstante lo anterior, se puede ejercitar, si es el caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo ello de conformidad con la ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción y de la ley 4/1999 de 13 de enero, de modificación de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Son Servera, 12 de enero de 2015