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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

COLEGIO OFICIAL DE PEDAGOGIA Y PSICOPEDAGOGIA DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 107
Acuerdo de la Junta de Gobierno del “Col·legi Oficial de Pedagogia i Psicopedagogia de les Illes Balears” de fecha 4 de noviembre de 2014, por el que se crean los ficheros de titularidad pública

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrán hacerse por medio de disposición general publicada en el «Boletín Oficial del Estado» o diario oficial correspondiente.

La entrada en vigor del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal, aprobado mediante el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, ha introducido, a través de los artículos 53 y 54, algunas novedades en cuanto a la forma y contenido de la disposición, destacando la necesidad de especificar el sistema de tratamiento del fichero, pudiendo ser automatizado, no automatizado o parcialmente automatizado.

En el ejercicio de las competencias que tengo atribuidas, y a fin de cumplimentar lo establecido en el artículo 20 de la mencionada Ley, así como del artículo 52 del Reglamento de desarrollo de la misma, dispongo:

Primero.- El fichero de titularidad pública del COL·LEGI OFICIAL DE PEDAGOGIA I PSICOPEDAGOGIA DE LES ILLES BALEARS será el contenido en el ANEXO I de este Acuerdo de la Junta de Gobierno.

Segundo.- Se crea el fichero incluido en el ANEXO I de este Acuerdo de la Junta de Gobierno, en cumplimiento del artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999 y el artículo 54.1 del Reglamento de desarrollo.

Tercero.- El fichero que se recoge en el ANEXO I de este Acuerdo de la Junta de Gobierno, se regirá por las disposiciones generales e instrucciones que se detallen, y estarán sometidos, en todo caso, a las normas legales y reglamentarias de superior rango que les sean aplicables.

Cuarto.- En cumplimiento del artículo 55 del Reglamento de desarrollo de la Ley 15/1999, los ficheros serán notificados para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos en el plazo de treinta días desde la publicación de este Acuerdo de la Junta de Gobierno en el Boletín Oficial de les Illes Balears.

Quinto.- El presente Acuerdo de la Junta de Gobierno entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de les Illes Balears.

 

Palma, 4 de Noviembre de 2014

El Decano del COPPIB,

José J. Quetglas Mas

 

ANEXO I

Ficheros de nueva creación

Fichero: REGISTRO COLEGIAL

a) Identificación del fichero, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos.

a.1) Identificación del fichero: REGISTRO COLEGIAL.

a.2) Finalidad y usos previstos: GESTIÓN DE LOS DATOS PERSONALES Y PROFESIONALES DE LOS COLEGIADOS NECESARIOS PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS FUNCIONES PROPIAS DEL COLEGIO.

b) Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos, y su procedencia.

b.1) Colectivo: COLEGIADOS (asociados o miembros).

b.2) Procedencia:

EL PROPIO INTERESADO (El propio interesado o su representante legal)

Procedimiento de recogida: FORMULARIO

c) Estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado en su organización.

c.1) Estructura:

  • Datos identificativos: NIF / DNI, Nombre y apellidos, Dirección, Teléfono, Firma / Huella, cuentas de TWITTER, SKYPE, FACEBOOK.
  • Otras categorías de carácter personal:
  • Datos de características personales (Datos de estado civil - Fecha de nacimiento - Lugar de nacimiento)
  • Datos académicos y profesionales (Formación, titulaciones - Experiencia profesional - Pertenencia a colegios o a asociaciones profesionales)
  • Datos de detalles de empleo (Puestos de trabajo)
  • Datos económico-financieros y de seguros (Datos bancarios)
  • Datos de transacciones (Bienes y servicios recibidos por el afectado)

c.2) Sistema de tratamiento: Fichero parcialmente automatizado.

d) Comunicaciones de los datos previstas:

BANCOS O CAJAS DE AHORRO (Con consentimiento de los afectados).

e) Transferencias internacionales previstas a terceros países:

No se realizan o no están previstos tratamientos de datos fuera del territorio del Espacio Económico Europeo.

f) Órganos responsables del fichero:

Col·legi Oficial de Pedagogia i Psicopedagogia de les Illes Balears.

g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Col·legi Oficial de Pedagogia i Psicopedagogia de les Illes Balears

C/ Tomas Forteza, 33, Entl. D, 07006 Palma de Mallorca.

h) Nivel de medidas de seguridad: Nivel Básico.