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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE CIUTADELLA

Núm. 144
Aprobación inicial de la primera modificación de la Ordenanza municipal reguladora de ocupación de la vía pública del municipio de Ciutadella de Menorca

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Texto

El Pleno del Ajuntament, en sesión ordinaria celebrada el día 11 de diciembre de 2014, en el punto nº 7 de la orden del día, tomó por unanimidad (20 votos de los miembros presentes), con la enmienda de viva voz del PSOE, el siguiente acuerdo:

Primero. Aprobar inicialmente la modificación de la Ordenanza reguladora de uso de la vía pública en el municipio de Ciutadella de Menorca, redactada el mes de septiembre de 2014, consistente en la introducción de un segundo párrafo en el apartado sexto del artículo 17, con la siguiente redacción:

«Para evitar interferencias en el tránsito de peatones y vehículos, en ningún caso se ocupará con mesas y sillas ni mercancías el espacio situado en la parte exterior de los pilares de ses Voltes por el que discurre la parte central de la calle entre la plaza Nova y la plaza de la Catedral.»

Segundo. Abrir un trámite de información pública con la previa inserción de un anuncio en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en el tablón de anuncios del Ajuntament de Ciutadella, por un plazo de 30 días hábiles, para que los vecinos y las personas interesadas puedan examinar el expediente y puedan formular las reclamaciones, objeciones y observaciones que consideren oportunas.

Tercero. Otorgar, durante un plazo idéntico, un trámite de audiencia previa a las asociaciones vecinales y de defensa de las personas consumidoras y usuarias establecidas en el ámbito territorial municipal que estén inscritas en el Registro municipal de asociaciones vecinales y cuyas finalidades tengan relación directa con el objeto de la Ordenanza.

Cuarto. Solicitar informe de impacto de género al Institut Balear de la Dona, de acuerdo con el artículo 7g) de la Ley 12/2006, de 20 de septiembre, para la mujer.

Quinto. Advertir de que, si no se presenta ninguna reclamación o sugerencia, el acuerdo inicialmente adoptado se considerará definitivamente aprobado sin necesidad de nuevo acuerdo expreso, todo ello de conformidad con el artículo 102.1.d) de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Illes Balears.

Por lo que les hago saber que la ordenanza modificada correspondiente estará expuesta al público por un período de 30 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente edicto en el BOIB, al efecto de presentación de reclamaciones por parte de las personas interesadas; todo ello de acuerdo con lo establecido al art. 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local y el art. 102 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Illes Balears.

   

Ciutadella de Menorca, a 8 de enero de 2015

  

El alcalde

Ramón Sampol Antich